{"ley":{"id":"ley-general-de-victimas","nombre":"Ley General de Víctimas","abreviatura":"LGV","titulo":"Ley General de Víctimas","jurisdiccion":"federal","materia":"penal","publicacion_original":"2013-01-09","ultima_reforma":"2024-04-01","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgv.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGV.doc","sha256":"f15fb4c548e0fc302a05e021a7fb6759356d45ba093dfce83d9b602a480d9574","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-victimas/","notas_verificacion":[]},"articulo":{"numero":"84","clave":"84","slug":"84","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["TÍTULO SEXTO. SISTEMA NACIONAL DE ATENCIÓN A VÍCTIMAS","CAPÍTULO III. DE LA ESTRUCTURA OPERATIVA DEL SISTEMA NACIONAL DE ATENCIÓN A VÍCTIMAS"],"texto":"La Comisión Ejecutiva es un organismo con personalidad jurídica y patrimonio propios; con autonomía técnica, de gestión y contará con los recursos que le asigne el Presupuesto de Egresos de la Federación.\n\nLas medidas y reparaciones que dicte la Comisión Ejecutiva, serán determinadas por el Comisionado Ejecutivo en los términos de la fracción XIII del artículo 95 de esta Ley.\n\nLa Comisión Ejecutiva tendrá por objeto garantizar, promover y proteger los derechos de las víctimas del delito y de violaciones a derechos humanos, en especial los derechos a la asistencia, a la protección, a la atención, a la verdad, a la justicia, a la reparación integral y a la debida diligencia, en términos del artículo 2 de la Ley; así como desempeñarse como el órgano operativo del Sistema y las demás que esta Ley señale.\n\nEl domicilio de la Comisión Ejecutiva es en la Ciudad de México, y podrá establecer delegaciones y oficinas en otras entidades federativas, cuando así lo autorice la Junta de Gobierno, de acuerdo a su disponibilidad presupuestaria.\n\nEn la ejecución de las funciones, acciones, planes y programas previstos en esta Ley, la Comisión Ejecutiva garantizará la representación y participación directa de las víctimas y organizaciones de la sociedad civil, propiciando su intervención en la construcción de políticas públicas, así como el ejercicio de labores de vigilancia, supervisión y evaluación de las instituciones integrantes del Sistema con el objetivo de garantizar un ejercicio transparente de sus atribuciones.\n\nDe la Comisión Ejecutiva depende la Asesoría Jurídica Federal, el Registro Nacional de Víctimas y el área responsable de efectuar los pagos que, en su caso, corresponda efectuar a las víctimas por concepto de Recursos de Ayuda, asistencia, reparación integral y compensación, en términos de esta Ley, el Reglamento y demás disposiciones aplicables.\n\nA fin de garantizar el acceso efectivo de las víctimas a los derechos, garantías, mecanismos, procedimientos y servicios que establece esta Ley, el Gobierno Federal contará con un área responsable de efectuar los pagos que, en su caso, corresponda efectuar a las víctimas por concepto de Recursos de Ayuda, asistencia y reparación integral, una asesoría jurídica y un registro de víctimas, los cuales operarán a través de las instancias correspondientes, para la atención a víctimas en los términos dispuestos por esta Ley.\n\nLas entidades federativas contarán con una asesoría jurídica, un registro de víctimas y un Fondo estatal en los términos de esta Ley y de lo que disponga la legislación aplicable.","nota":"Párrafo reformado DOF 03-01-2017\nPárrafo adicionado DOF 03-01-2017\nPárrafo adicionado DOF 03-01-2017\nPárrafo adicionado DOF 03-01-2017\nPárrafo reformado DOF 06-11-2020\nPárrafo reformado DOF 06-11-2020\nPárrafo reformado DOF 03-01-2017\nArtículo reformado DOF 03-05-2013","url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-victimas/articulo-84/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-general-de-victimas/articulo-84.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"ley-general-de-victimas","numero":"84 Ter","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-victimas/articulo-84-ter/"},{"ley":"ley-general-de-victimas","numero":"88","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-victimas/articulo-88/"},{"ley":"ley-general-de-victimas","numero":"85","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-victimas/articulo-85/"},{"ley":"ley-general-para-prevenir-sancionar-y-erradicar-los-delitos-en-materia-de-trata-de-personas","numero":"89","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-para-prevenir-sancionar-y-erradicar-los-delitos-en-materia-de-trata-de-personas/articulo-89/"},{"ley":"ley-general-de-victimas","numero":"87","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-victimas/articulo-87/"}]}},"cita":"Artículo 84, Ley General de Víctimas. Texto vigente, última reforma DOF 1 abr 2024. https://articuladomx.com/ley-general-de-victimas/articulo-84/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}