{"ley":{"id":"ley-general-del-sistema-nacional-de-seguridad-publica","nombre":"Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública","abreviatura":"LGSNSP","titulo":"Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública","jurisdiccion":"federal","materia":"administrativo","publicacion_original":"2025-07-16","ultima_reforma":"2025-07-16","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgsnsp.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGSNSP.doc","sha256":"80877b558d6438363430430bb7aa567b7ae65f13b4d9e0f1ebc144a5b73600b5","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/ley-general-del-sistema-nacional-de-seguridad-publica/","notas_verificacion":[]},"articulo":{"numero":"79","clave":"79","slug":"79","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["TÍTULO QUINTO. DEL DESARROLLO DE LAS INSTITUCIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA Y SUS INTEGRANTES","Capítulo II. Servicio Profesional de Carrera","Sección V. Terminación del Servicio Profesional de Carrera"],"texto":"La Federación y las entidades federativas establecerán en sus respectivas leyes los procedimientos de separación y remoción aplicables a las personas servidoras públicas de las Instituciones de Seguridad Pública, que cuando menos, comprenderán los siguientes aspectos:\n\nLa terminación del servicio profesional de carrera será:\n\nI. Ordinaria, que comprende:\n\na) Renuncia;\n\nb) Incapacidad permanente para el desempeño de las funciones;\n\nc) Muerte, y\n\nd) Jubilación o retiro;\n\nII. Extraordinaria, que comprende:\n\na) Separación por el incumplimiento de los requisitos de ingreso y permanencia o por mandamiento jurisdiccional, o\n\nb) Destitución por incurrir en causas de responsabilidad en el desempeño de sus funciones o incumplimiento de sus deberes, de conformidad con las disposiciones relativas al régimen disciplinario o por mandamiento judicial.\n\nAl concluir el servicio se deberá entregar a la persona servidora pública designada para tal efecto, toda la información, documentación, equipo, materiales, identificaciones, valores u otros recursos que hayan sido puestos bajo la responsabilidad o custodia de la persona integrante mediante acta de entrega recepción.\n\nEn el caso de terminación del servicio profesional de carrera por incapacidad permanente o por muerte, la Institución de Seguridad Pública deberá garantizar, al menos, pensión por invalidez o vida, seguros para sus familias y personas beneficiarias, apoyo para gastos funerarios, asistencia médica y de rehabilitación, según sea el caso.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-del-sistema-nacional-de-seguridad-publica/articulo-79/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-general-del-sistema-nacional-de-seguridad-publica/articulo-79.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"ley-general-del-sistema-nacional-de-seguridad-publica","numero":"92","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-del-sistema-nacional-de-seguridad-publica/articulo-92/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"ley-general-del-sistema-nacional-de-seguridad-publica","numero":"63","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-del-sistema-nacional-de-seguridad-publica/articulo-63/"},{"ley":"ley-general-del-sistema-nacional-de-seguridad-publica","numero":"78","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-del-sistema-nacional-de-seguridad-publica/articulo-78/"},{"ley":"ley-general-de-responsabilidades-administrativas","numero":"84","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-responsabilidades-administrativas/articulo-84/"},{"ley":"ley-general-del-sistema-nacional-de-seguridad-publica","numero":"51","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-del-sistema-nacional-de-seguridad-publica/articulo-51/"},{"ley":"ley-federal-para-la-prevencion-e-identificacion-de-operaciones-con-recursos-de-procedencia-ilicita","numero":"57","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-federal-para-la-prevencion-e-identificacion-de-operaciones-con-recursos-de-procedencia-ilicita/articulo-57/"}]}},"cita":"Artículo 79, Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Texto vigente, última reforma DOF 16 jul 2025. https://articuladomx.com/ley-general-del-sistema-nacional-de-seguridad-publica/articulo-79/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}