{"ley":{"id":"ley-general-del-sistema-nacional-de-seguridad-publica","nombre":"Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública","abreviatura":"LGSNSP","titulo":"Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública","jurisdiccion":"federal","materia":"administrativo","publicacion_original":"2025-07-16","ultima_reforma":"2025-07-16","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgsnsp.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGSNSP.doc","sha256":"80877b558d6438363430430bb7aa567b7ae65f13b4d9e0f1ebc144a5b73600b5","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/ley-general-del-sistema-nacional-de-seguridad-publica/","notas_verificacion":[]},"articulo":{"numero":"98","clave":"98","slug":"98","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["TÍTULO QUINTO. DEL DESARROLLO DE LAS INSTITUCIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA Y SUS INTEGRANTES","Capítulo VI. Perfiles y requisitos para formar parte de las Instituciones de Procuración de Justicia"],"texto":"El ingreso al servicio profesional de carrera en las Instituciones de Procuración de Justicia se hará por convocatoria pública. Las personas aspirantes deberán cumplir, cuando menos, con los requisitos siguientes:\n\nA. Persona Agente del Ministerio Público:\n\nI. Ser de ciudadanía mexicana en pleno ejercicio de sus derechos;\n\nII. Contar con título de licenciatura en derecho expedido y registrado legalmente, con la correspondiente cédula profesional;\n\nIII. En su caso, tener acreditado el Servicio Militar Nacional;\n\nIV. No haber sido condenada por sentencia irrevocable como responsable de un delito doloso relacionado con las funciones a desempeñar;\n\nV. No estar suspendida ni inhabilitada por resolución firme como persona servidora pública;\n\nVI. Someterse a exámenes para comprobar la ausencia de abuso de sustancias que alteren el estado físico y mental, como el alcohol, sustancias psicotrópicas, estupefacientes u otras que produzcan efectos similares;\n\nVII. No haber participado, favorecido o encubierto, de ninguna forma, la comisión de violaciones graves a los derechos humanos, no contar con historial o antecedentes de ningún tipo como victimario de violencia contra las mujeres, niñas, niños, adolescentes o personas adultas mayores, ni haber cometido abuso o maltrato animal;\n\nVIII. Aprobar el curso de ingreso, formación inicial o básica que establezcan las leyes de la materia en la Federación o en las entidades federativas que correspondan;\n\nIX. Aprobar las evaluaciones de control de confianza previstas en las disposiciones aplicables;\n\nX. No tener en su contra sentencia ejecutoria que imponga la suspensión de la ciudadanía;\n\nXI. No tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos, y\n\nXII. No estar declarada persona deudora alimentaria morosa.\n\nB. Persona Perito:\n\nI. Ser de ciudadanía mexicana y en pleno ejercicio de sus derechos;\n\nII. Tener título legalmente expedido y registrado por autoridad competente que la faculte para ejercer la ciencia, técnica, arte o disciplina de que se trate, o acreditar plenamente los conocimientos correspondientes a la disciplina sobre la que deba dictaminar cuando de acuerdo con las normas aplicables no necesite título o cédula profesional para su ejercicio;\n\nIII. En su caso, tener acreditado el Servicio Militar Nacional;\n\nIV. Aprobar el curso de ingreso, formación inicial o básica que establezcan las leyes de la materia en la Federación o en las entidades federativas que correspondan;\n\nV. No haber sido condenada por sentencia irrevocable por delito doloso, ni estar sujeta a proceso penal;\n\nVI. No estar suspendida ni haber sido destituida o inhabilitada por resolución firme como servidora pública, ni estar sujeta a procedimiento de responsabilidad administrativa federal o local, en los términos de las normas aplicables;\n\nVII. Someterse a exámenes para comprobar la ausencia de abuso de sustancias que alteren el estado físico y mental, como el alcohol, sustancias psicotrópicas, estupefacientes u otras que produzcan efectos similares;\n\nVIII. No haber participado, favorecido o encubierto, de ninguna forma, la comisión de violaciones graves a los derechos humanos, no contar con historial o antecedentes de ningún tipo como victimario de violencia contra las mujeres, niñas, niños, adolescentes o personas adultas mayores, ni haber cometido abuso o maltrato animal;\n\nIX. Aprobar las evaluaciones de control de confianza;\n\nX. No tener en su contra sentencia ejecutoria que imponga la suspensión de la ciudadanía;\n\nXI. No tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos, y\n\nXII. No estar declarada persona deudora alimentaria morosa.\n\nLo dispuesto en este artículo aplicará sin perjuicio de otros requisitos que establezca la legislación federal y la de las entidades federativas, en sus respectivos ámbitos de competencia.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-del-sistema-nacional-de-seguridad-publica/articulo-98/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-general-del-sistema-nacional-de-seguridad-publica/articulo-98.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"ley-general-del-sistema-nacional-de-seguridad-publica","numero":"95","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-del-sistema-nacional-de-seguridad-publica/articulo-95/"},{"ley":"ley-general-de-victimas","numero":"171","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-victimas/articulo-171/"},{"ley":"ley-federal-del-trabajo","numero":"560","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-federal-del-trabajo/articulo-560/"},{"ley":"constitucion","numero":"102","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/constitucion/articulo-102/"},{"ley":"ley-federal-del-trabajo","numero":"532","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-federal-del-trabajo/articulo-532/"}]}},"cita":"Artículo 98, Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Texto vigente, última reforma DOF 16 jul 2025. https://articuladomx.com/ley-general-del-sistema-nacional-de-seguridad-publica/articulo-98/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}