{"ley":{"id":"ley-general-para-prevenir-sancionar-y-erradicar-los-delitos-en-materia-de-trata-de-personas","nombre":"Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas","abreviatura":"LGPSEDMTP","titulo":"Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos","jurisdiccion":"federal","materia":"penal","publicacion_original":"2012-06-14","ultima_reforma":"2025-11-14","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgpsedmtp.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGPSEDMTP.doc","sha256":"f73c5b75655cfce73a9f5d8ec6008971dde584376b7f12f3c654c40618bfe713","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/ley-general-para-prevenir-sancionar-y-erradicar-los-delitos-en-materia-de-trata-de-personas/","notas_verificacion":[]},"articulo":{"numero":"114","clave":"114","slug":"114","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO. DE LA POLÍTICA DE ESTADO","TÍTULO TERCERO. FACULTADES Y COMPETENCIAS DE LAS AUTORIDADES DE LOS DISTINTOS ÓRDENES DE GOBIERNO","CAPÍTULO II. De las Autoridades de las Entidades Federativas y Municipales"],"texto":"Corresponden de manera exclusiva a las autoridades de las entidades federativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, las atribuciones siguientes:\n\nI. En concordancia con el Programa Nacional, formular políticas e instrumentar programas estatales para prevenir, sancionar y erradicar los delitos previstos en esta Ley, así como para la protección, atención, rehabilitación y recuperación del proyecto de vida de las víctimas y posibles víctimas, ofendidos y testigos de los mismos;\n\nII. Proponer a la Comisión Intersecretarial contenidos nacionales y regionales, para ser incorporados al Programa Nacional;\n\nIII. Prestar servicios de formación, actualización, capacitación y profesionalización con perspectiva de género, interculturalidad y atendiendo al interés superior de la niñez, para las y los actores institucionales que participan en los procesos de prevención y combate a los delitos previstos en esta Ley y de asistencia y protección de las víctimas, de conformidad con las disposiciones generales que las autoridades federales determinen;\n\nIV. Implementar, en coordinación con la Federación, programas y proyectos de atención, educación, capacitación e investigación en materia de esclavitud, trata de personas o explotación y demás delitos previstos en esta Ley;\n\nV. Impulsar programas para prevenir los factores de riesgo para posibles víctimas de los delitos previstos en esta Ley que incluyan programas de desarrollo local;\n\nVI. Creación de refugios, albergues y casas de medio camino adecuados al contexto específico para las víctimas, ofendidos y testigos de los delitos que esta Ley define como del fuero común, o apoyar a las organizaciones de la sociedad civil, para la creación y operación de los mismos, hasta la total recuperación de las víctimas, ofendidos y testigos de los delitos contenidos en la presente Ley;\n\nVII. Revisar y evaluar la eficacia de las políticas, programas y acciones con base en los lineamientos que para tal efecto desarrollen las autoridades federales;\n\nVIII. Proporcionar a las instancias encargadas de realizar estadísticas, la información necesaria para su elaboración;\n\nIX. Impulsar reformas legales para el cumplimiento de los objetivos de la presente Ley, y\n\nX. Las demás aplicables a la materia, que les confiera esta Ley u otros ordenamientos legales.","nota":"Párrafo reformado DOF 19-01-2018\nFracción reformada DOF 07-06-2024\nFracción reformada DOF 07-06-2024","url":"https://articuladomx.com/ley-general-para-prevenir-sancionar-y-erradicar-los-delitos-en-materia-de-trata-de-personas/articulo-114/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-general-para-prevenir-sancionar-y-erradicar-los-delitos-en-materia-de-trata-de-personas/articulo-114.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"ley-general-para-prevenir-sancionar-y-erradicar-los-delitos-en-materia-de-trata-de-personas","numero":"97","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-para-prevenir-sancionar-y-erradicar-los-delitos-en-materia-de-trata-de-personas/articulo-97/"},{"ley":"ley-general-de-victimas","numero":"118","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-victimas/articulo-118/"},{"ley":"ley-general-para-prevenir-sancionar-y-erradicar-los-delitos-en-materia-de-trata-de-personas","numero":"110","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-para-prevenir-sancionar-y-erradicar-los-delitos-en-materia-de-trata-de-personas/articulo-110/"},{"ley":"ley-general-de-victimas","numero":"114","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-victimas/articulo-114/"},{"ley":"ley-general-de-victimas","numero":"119","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-victimas/articulo-119/"}]}},"cita":"Artículo 114, Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas. Texto vigente, última reforma DOF 14 nov 2025. https://articuladomx.com/ley-general-para-prevenir-sancionar-y-erradicar-los-delitos-en-materia-de-trata-de-personas/articulo-114/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}