{"ley":{"id":"ley-nacional-de-ejecucion-penal","nombre":"Ley Nacional de Ejecución Penal","abreviatura":"LNEP","titulo":"Ley Nacional de Ejecución Penal","jurisdiccion":"federal","materia":"penal","publicacion_original":"2016-06-16","ultima_reforma":"2024-04-01","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lnep.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LNEP.doc","sha256":"54b9975e3e82d64f1578b1409a460d30a595e1bdcc04e9b686c749de93fe69c7","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/ley-nacional-de-ejecucion-penal/","notas_verificacion":[]},"articulo":{"numero":"121","clave":"121","slug":"121","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["TÍTULO CUARTO. Del Procedimiento de Ejecución","Capítulo V. Procedimiento Jurisdiccional"],"texto":"Partes procesales\n\nEn los procedimientos ante el Juez de Ejecución podrán intervenir como partes procesales, de acuerdo a la naturaleza de la controversia:\n\nI. La persona privada de la libertad;\n\nII. El defensor público o privado;\n\nIII. El Ministerio Público;\n\nIV. La Autoridad Penitenciaria, el Director del Centro o quién los represente;\n\nV. El promovente de la acción o recurso, y\n\nVI. La víctima y su asesor jurídico, cuando el debate esté relacionado con la reparación del daño y cuando se afecte de manera directa o indirecta su derecho al esclarecimiento de los hechos y a la justicia.\n\nCuando se trate de controversias sobre duración, modificación o extinción de la pena o medidas de seguridad, sólo podrán intervenir las personas señaladas en las fracciones I, II, III, IV y VI, del presente artículo y en este último caso respecto de la reparación del daño.\n\nCuando el promovente no sea la persona privada de la libertad, el Juez de Ejecución podrá hacerlo comparecer a la audiencia si lo estima necesario.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-nacional-de-ejecucion-penal/articulo-121/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-nacional-de-ejecucion-penal/articulo-121.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"ley-nacional-de-ejecucion-penal","numero":"116","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-nacional-de-ejecucion-penal/articulo-116/"},{"ley":"chiapas/codigo-penal","numero":"8 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-penal/articulo-8-bis/"},{"ley":"codigo-nacional-de-procedimientos-penales","numero":"354","epigrafe":"Dirección del debate de juicio","url":"https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-penales/articulo-354/"},{"ley":"ley-nacional-de-ejecucion-penal","numero":"120","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-nacional-de-ejecucion-penal/articulo-120/"},{"ley":"codigo-nacional-de-procedimientos-penales","numero":"347","epigrafe":"Auto de apertura a juicio","url":"https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-penales/articulo-347/"}]}},"cita":"Artículo 121, Ley Nacional de Ejecución Penal. Texto vigente, última reforma DOF 1 abr 2024. https://articuladomx.com/ley-nacional-de-ejecucion-penal/articulo-121/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}