{"ley":{"id":"ley-nacional-de-ejecucion-penal","nombre":"Ley Nacional de Ejecución Penal","abreviatura":"LNEP","titulo":"Ley Nacional de Ejecución Penal","jurisdiccion":"federal","materia":"penal","publicacion_original":"2016-06-16","ultima_reforma":"2024-04-01","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lnep.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LNEP.doc","sha256":"54b9975e3e82d64f1578b1409a460d30a595e1bdcc04e9b686c749de93fe69c7","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/ley-nacional-de-ejecucion-penal/","notas_verificacion":[]},"articulo":{"numero":"55","clave":"55","slug":"55","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["TÍTULO SEGUNDO","Capítulo V. Traslados"],"texto":"Competencia para la resolución de un Traslado Internacional de Personas sentenciadas\n\nCuando la solicitud de traslado sea presentada por un extranjero que fue sentenciado por una autoridad judicial mexicana, corresponderá conocer y resolver de la petición de traslado al Juez de Ejecución del centro de reclusión donde se encuentre físicamente la persona sentenciada o, en su caso, el de la jurisdicción de emisión de sentencia.\n\nTratándose de solicitudes de traslado de ciudadanos mexicanos en el extranjero, será competente para conocer y resolver de la petición que se trate la Autoridad Penitenciaria competente, quien de resolver procedente el traslado también señalará el lugar de reclusión al cual deberá ingresar la persona trasladada y una vez ingresado al Centro Penitenciario lo hará del conocimiento inmediatamente del Juez de Ejecución competente para iniciar el procedimiento de ejecución de acuerdo con esta Ley.\n\nEn todo trámite de traslado internacional de sentenciados, la autoridad correspondiente que conozca del caso, únicamente verificará que se sigan las formalidades y requisitos que establece el tratado o convención aplicable y de no existir éste, los requisitos del artículo anterior.\n\nUna vez resuelta la procedencia de traslado, el Ejecutivo Federal, llevará a cabo las gestiones y logística necesarias para materializar y ejecutar el traslado correspondiente.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-nacional-de-ejecucion-penal/articulo-55/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-nacional-de-ejecucion-penal/articulo-55.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"ley-nacional-de-ejecucion-penal","numero":"54","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-nacional-de-ejecucion-penal/articulo-54/"},{"ley":"codigo-nacional-de-procedimientos-civiles-y-familiares","numero":"1182","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-civiles-y-familiares/articulo-1182/"},{"ley":"ley-de-migracion","numero":"102","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-migracion/articulo-102/"},{"ley":"coahuila/codigo-penal","numero":"178","epigrafe":"Interrupción de la prescripción de la pena o medida de seguridad","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-178/"},{"ley":"ley-general-para-prevenir-sancionar-y-erradicar-los-delitos-en-materia-de-trata-de-personas","numero":"79","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-para-prevenir-sancionar-y-erradicar-los-delitos-en-materia-de-trata-de-personas/articulo-79/"}]}},"cita":"Artículo 55, Ley Nacional de Ejecución Penal. Texto vigente, última reforma DOF 1 abr 2024. https://articuladomx.com/ley-nacional-de-ejecucion-penal/articulo-55/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}