{"ley":{"id":"ley-nacional-del-sistema-integral-de-justicia-penal-para-adolescentes","nombre":"Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes","abreviatura":"LNSIJPA","titulo":"Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes","jurisdiccion":"federal","materia":"procesal-penal","publicacion_original":"2016-06-16","ultima_reforma":"2022-12-20","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lnsijpa.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LNSIJPA.doc","sha256":"16150724c44ce8acc99636cb2e575afc204201719eb4d5e384eee7221304ed95","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/ley-nacional-del-sistema-integral-de-justicia-penal-para-adolescentes/","notas_verificacion":[]},"articulo":{"numero":"163","clave":"163","slug":"163","epigrafe":"Estancia domiciliaria","estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO TERCERO. PROCEDIMIENTO PARA ADOLESCENTES","TÍTULO VII. MEDIDAS DE SANCIÓN","CAPÍTULO III. MEDIDAS DE SANCIÓN PRIVATIVAS DE LA LIBERTAD"],"texto":"Consiste en la permanencia de la persona adolescente en su domicilio, con su familia.\n\nDe no poder cumplirse en su domicilio, por razones de inconveniencia o imposibilidad, se practicará en la casa de cualquier familiar. Cuando no se cuente con ningún familiar, podrá ordenarse la estancia domiciliaria en una vivienda o institución pública o privada, de comprobada idoneidad, que se ocupe de cuidarlo.\n\nLa estancia domiciliaria no deberá afectar su asistencia al trabajo o al centro educativo al que concurra la persona adolescente.\n\nLa Autoridad Administrativa hará los estudios pertinentes para informar al Juez si la familia de la persona adolescente está en posibilidad de hacerse cargo de la aplicación de esta medida o si ello resulta conveniente. La duración de esta medida no puede ser superior a un año.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-nacional-del-sistema-integral-de-justicia-penal-para-adolescentes/articulo-163/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-nacional-del-sistema-integral-de-justicia-penal-para-adolescentes/articulo-163.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"cdmx/codigo-civil","numero":"493","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-493/"},{"ley":"queretaro/codigo-civil","numero":"416","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-416/"},{"ley":"puebla/codigo-civil","numero":"601","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-civil/articulo-601/"},{"ley":"jalisco/codigo-civil","numero":"639 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/jalisco/codigo-civil/articulo-639-bis/"},{"ley":"jalisco/codigo-civil","numero":"586","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/jalisco/codigo-civil/articulo-586/"}]}},"cita":"Artículo 163, Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes. Texto vigente, última reforma DOF 20 dic 2022. https://articuladomx.com/ley-nacional-del-sistema-integral-de-justicia-penal-para-adolescentes/articulo-163/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}