{"ley":{"id":"michoacan/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Michoacán","abreviatura":"CCMICH","titulo":"Código Civil para el Estado de Michoacán de Ocampo","jurisdiccion":"michoacan","materia":"civil","publicacion_original":"2008-02-11","ultima_reforma":"2026-04-27","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo","fuente":"H. Congreso del Estado de Michoacán de Ocampo — Códigos","fuente_url":"https://congresomich.site/codigos_/codigo-civil-del-estado-de-michoacan/","archivo_url":"https://congresomich.site/wp-content/uploads/2026/09/CODIGO-CIVIL-REF-27-DE-ABRIL-DE-2026-DEC-433.pdf","sha256":"81f95f47ec188b02f54991ca0cabb4bffae40991654eae932503aec61554f0f8","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/michoacan/codigo-civil/","notas_verificacion":["6 notas de reforma que el PDF parte en dos líneas se leen como una.","8 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (entrada vigente de la lista de Códigos); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el número de página de cada hoja; un párrafo cortado por el salto de página se une.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.","Rótulos 'Artículo 1º.': se publica el número sin el ordinal ('1')."]},"articulo":{"numero":"2059","clave":"2059","slug":"2059","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO QUINTO. DE LAS OBLIGACIONES","SEGUNDA PARTE. DE LAS DIVERSAS ESPECIES DE CONTRATOS","TÍTULO DÉCIMOQUINTO. DE LA HIPOTECA","CAPÍTULO II. DE LA HIPOTECA VOLUNTARIA"],"texto":"El crédito puede cederse, en todo o en parte, siempre que la cesión se haga en la forma que para la constitución de la hipoteca previene el artículo 2050, se dé conocimiento al deudor y sea inscrita en el Registro.\n\nSi la hipoteca se ha constituido para garantizar obligaciones a la orden, puede transmitirse por endoso del título, sin necesidad de notificación al deudor, ni de registro. La hipoteca constituida para garantizar obligaciones al portador, se transmitirá por la simple entrega del título sin ningún otro requisito.\n\nLas instituciones del sistema bancario mexicano, actuando en nombre propio o como fiduciarias, las demás entidades financieras y los institutos de seguridad social podrán ceder sus créditos con garantía hipotecaria constando por escrito sin necesidad de notificación al deudor, ni de escritura pública ni de inscripción en el Registro Público de la Propiedad Raíz y del Comercio del Estado de Michoacán, siempre que el cedente lleve la administración de los créditos. En caso de que el cedente deje de llevar la administración, el cesionario deberá únicamente notificar por escrito la cesión al deudor.\n\nEn los supuestos previstos en los párrafos anteriores, la inscripción de la hipoteca a favor del acreedor original se considerará hecha a favor del o los cesionarios referidos en tales párrafos, quienes tendrán todos los derechos y acciones derivados de ésta.\n\nEn el caso de que se realice la cesión de la cartera hipotecaria, el deudor tendrá los mismos derechos y obligaciones contemplados en el contrato original.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/michoacan/codigo-civil/articulo-2059/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/michoacan/codigo-civil/articulo-2059.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"cdmx/codigo-civil","numero":"2926","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-2926/"},{"ley":"codigo-civil-federal","numero":"2926","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-civil-federal/articulo-2926/"},{"ley":"chihuahua/codigo-civil","numero":"2819","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-civil/articulo-2819/"},{"ley":"estado-de-mexico/codigo-civil","numero":"7.1132","epigrafe":"Cesión del crédito garantizado con hipoteca","url":"https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-civil/articulo-7-1132/"},{"ley":"quintana-roo/codigo-civil","numero":"3108","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-civil/articulo-3108/"}]}},"cita":"Artículo 2059, Código Civil de Michoacán (Michoacán). 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