{"ley":{"id":"michoacan/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Michoacán","abreviatura":"CCMICH","titulo":"Código Civil para el Estado de Michoacán de Ocampo","jurisdiccion":"michoacan","materia":"civil","publicacion_original":"2008-02-11","ultima_reforma":"2026-04-27","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo","fuente":"H. Congreso del Estado de Michoacán de Ocampo — Códigos","fuente_url":"https://congresomich.site/codigos_/codigo-civil-del-estado-de-michoacan/","archivo_url":"https://congresomich.site/wp-content/uploads/2026/09/CODIGO-CIVIL-REF-27-DE-ABRIL-DE-2026-DEC-433.pdf","sha256":"81f95f47ec188b02f54991ca0cabb4bffae40991654eae932503aec61554f0f8","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/michoacan/codigo-civil/","notas_verificacion":["6 notas de reforma que el PDF parte en dos líneas se leen como una.","8 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (entrada vigente de la lista de Códigos); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el número de página de cada hoja; un párrafo cortado por el salto de página se une.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. 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Salvo otra disposición expresa del testador, este derecho subsistirá en tanto no contraiga matrimonio;\n\nIV. A los ascendientes;\n\nV. A la persona con quien el testador vivió como si fuera su cónyuge durante los cinco años que precedieron inmediatamente a su muerte o con quien tuvo hijos, siempre que ambos hayan permanecido libres de matrimonio durante el concubinato y que el superviviente esté impedido para trabajar y no tenga bienes suficientes. Este derecho sólo subsistirá mientras la persona de que se trate no contraiga matrimonio o se una en concubinato. Si fueren varias las personas con quien el testador vivió como si fueran su cónyuge, ninguna de ellas tendrá derecho a alimentos; y,\n\n(REFORMADA, P.O. 8 DE DICIEMBRE DE 2010)\n\nVI. A los hermanos y demás parientes colaterales dentro del cuarto grado si son incapaces, si no tienen bienes para satisfacer sus necesidades.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/michoacan/codigo-civil/articulo-540/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/michoacan/codigo-civil/articulo-540.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"michoacan/codigo-civil","numero":"543","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/michoacan/codigo-civil/articulo-543/"},{"ley":"michoacan/codigo-civil","numero":"545","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/michoacan/codigo-civil/articulo-545/"},{"ley":"michoacan/codigo-civil","numero":"940","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/michoacan/codigo-civil/articulo-940/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"codigo-civil-federal","numero":"1368","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-civil-federal/articulo-1368/"},{"ley":"cdmx/codigo-civil","numero":"1368","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-1368/"},{"ley":"hidalgo/codigo-civil","numero":"1349","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-civil/articulo-1349/"},{"ley":"baja-california/codigo-civil","numero":"1255","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-1255/"},{"ley":"queretaro/codigo-civil","numero":"1261","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-1261/"}]}},"cita":"Artículo 540, Código Civil de Michoacán (Michoacán). Texto vigente, última reforma 27 abr 2026. https://articuladomx.com/estados/michoacan/codigo-civil/articulo-540/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}