{"ley":{"id":"michoacan/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Michoacán","abreviatura":"CCMICH","titulo":"Código Civil para el Estado de Michoacán de Ocampo","jurisdiccion":"michoacan","materia":"civil","publicacion_original":"2008-02-11","ultima_reforma":"2026-04-27","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo","fuente":"H. Congreso del Estado de Michoacán de Ocampo — Códigos","fuente_url":"https://congresomich.site/codigos_/codigo-civil-del-estado-de-michoacan/","archivo_url":"https://congresomich.site/wp-content/uploads/2026/09/CODIGO-CIVIL-REF-27-DE-ABRIL-DE-2026-DEC-433.pdf","sha256":"81f95f47ec188b02f54991ca0cabb4bffae40991654eae932503aec61554f0f8","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/michoacan/codigo-civil/","notas_verificacion":["6 notas de reforma que el PDF parte en dos líneas se leen como una.","8 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (entrada vigente de la lista de Códigos); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el número de página de cada hoja; un párrafo cortado por el salto de página se une.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.","Rótulos 'Artículo 1º.': se publica el número sin el ordinal ('1')."]},"articulo":{"numero":"887","clave":"887","slug":"887","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO CUARTO. DE LAS SUCESIONES","TÍTULO QUINTO. DISPOSICIONES COMUNES A LAS SUCESIONES TESTAMENTARIA Y LEGÍTIMA","CAPÍTULO IV. DE LOS ALBACEAS"],"texto":"En toda sucesión testamentaria o legítima la posesión de los bienes corresponde a los herederos o legatarios en su caso, salvo disposición especial de la ley; pero quedará en poder del albacea la porción de bienes estrictamente necesaria para pagar las cargas y deudas hereditarias, más otras responsabilidades que hubieren sido a cargo del autor. Dicha porción se fijará por la mayoría de los herederos o de los legatarios, más aprobación judicial.\n\nUna vez dictada resolución declarando herederos de un intestado o que es legítimo un testamento, y previa autorización de la mayoría de los herederos o legatarios y del Juez, el albacea debe entregar al heredero o legatario que tenga derecho y que así lo solicite, los bienes de la masa que no sean evidentemente necesarios para el cumplimiento de sus funciones. La entrega pone fin a su derecho de administración respecto a esos bienes. En este caso los herederos o legatarios no podrán disponer de los bienes que reciban, antes de que sean cubiertos los créditos o legados. La enajenación que llevaren a cabo en contravención de este artículo, estará afectada de nulidad absoluta.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/michoacan/codigo-civil/articulo-887/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/michoacan/codigo-civil/articulo-887.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"sonora/codigo-civil","numero":"1803","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-civil/articulo-1803/"},{"ley":"sonora/codigo-civil","numero":"1727","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-civil/articulo-1727/"},{"ley":"chihuahua/codigo-civil","numero":"1190","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-civil/articulo-1190/"},{"ley":"morelos/codigo-civil","numero":"1462","epigrafe":"CESION A HERENCIA","url":"https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-civil/articulo-1462/"},{"ley":"chihuahua/codigo-civil","numero":"1186","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-civil/articulo-1186/"}]}},"cita":"Artículo 887, Código Civil de Michoacán (Michoacán). Texto vigente, última reforma 27 abr 2026. https://articuladomx.com/estados/michoacan/codigo-civil/articulo-887/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}