{"ley":{"id":"michoacan/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Michoacán","abreviatura":"CPMICH","titulo":"Código Penal para el Estado de Michoacán de Ocampo","jurisdiccion":"michoacan","materia":"penal","publicacion_original":"2014-12-17","ultima_reforma":"2026-08-18","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo","fuente":"H. Congreso del Estado de Michoacán de Ocampo — Códigos","fuente_url":"https://congresomich.site/codigos_/codigo-penal-para-el-estado-de-michoacan/","archivo_url":"https://congresomich.site/wp-content/uploads/2026/09/CODIGO-PENAL-REF-18-DE-AGOSTO-DE-2026.pdf","sha256":"a66fc680641a9e7140f7a8fc940b4ed10679a18b577d88ef6eb85a896e4a161e","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/michoacan/codigo-penal/","notas_verificacion":["28 notas de reforma que el PDF parte en dos líneas se leen como una.","1 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","35 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","319 artículos traen el epígrafe en la línea del rótulo ('Artículo 1. Principio de legalidad'): se publica como epígrafe (44 lo cierran con punto: se publica sin el punto final).","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (entrada vigente de la lista de Códigos); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el número de página de cada hoja; un párrafo cortado por el salto de página se une.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.","Rótulos 'Artículo 1º.': se publica el número sin el ordinal ('1')."]},"articulo":{"numero":"135","clave":"135","slug":"135","epigrafe":"Circunstancias calificativas","estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO","PARTE ESPECIAL","TÍTULO PRIMERO. DELITOS CONTRA LA VIDA Y LA INTEGRIDAD CORPORAL","CAPÍTULO III. REGLAS COMUNES PARA LOS DELITOS DE HOMICIDIO Y LESIONES"],"texto":"El homicidio y las lesiones son calificadas cuando se cometen con ventaja, traición, alevosía, retribución, por el medio empleado, saña o en estado de alteración voluntaria.\n\nI. Existe ventaja:\n\na) Cuando el sujeto activo es superior en fuerza física al sujeto pasivo y éste no se encuentra armado;\n\nb) Cuando el sujeto activo es superior por las armas empleadas, por su mayor destreza en el manejo de éstas o por el número de personas que intervengan con él;\n\nc) Cuando el sujeto activo se vale de algún medio que debilita la defensa del sujeto pasivo;\n\nd) Cuando el sujeto pasivo se halla inerme o caído y el sujeto activo se encuentra armado o de pie; o,\n\ne) Cuando el sujeto activo sea miembro de un cuerpo de seguridad.\n\nII. Existe traición cuando el sujeto activo realiza el hecho quebrantando la confianza o seguridad que expresamente le había prometido al sujeto pasivo, o las mismas que de forma tácita debía éste esperar de aquel por las relaciones de confianza real y actual que existen entre ambos;\n\nIII. Existe alevosía cuando el agente realiza el hecho sorprendiendo intencionalmente a alguien de improviso, o empleando acechanza u otro medio que no le dé lugar a defenderse ni a evitar el mal que se le quería hacer;\n\nIV. Existe retribución cuando el agente comete el hecho por pago o prestación prometida o entregada;\n\nV. Por los medios empleados cuando se causen por inundación, incendio, minas, bombas o explosivos, o bien por envenenamiento, asfixia, tormento o por medio de cualquier otra sustancia nociva para la salud;\n\nVI. Existe saña cuando el sujeto activo actúa con crueldad; y,\n\nVII. Existe estado de alteración voluntaria cuando el sujeto activo comete el hecho en estado de ebriedad o bajo el influjo de estupefacientes o psicotrópicos u otras sustancias que produzcan efectos similares voluntariamente dados.\n\n(ADICIONADO, P.O. 22 DE ENERO DE 2021)\n\nTodo homicidio calificado será considerado feminicidio cuando la víctima sea mujer y exista una o varias razones de género sobre la base del reconocimiento de la particular situación de desventaja en la cual históricamente se han encontrado las mujeres y bajo la perspectiva de género que deben aplicar las autoridades durante la conducción de investigaciones e integración de carpetas de investigación, servicios periciales y procesos judiciales.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/michoacan/codigo-penal/articulo-135/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/michoacan/codigo-penal/articulo-135.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"cdmx/codigo-penal","numero":"138","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-penal/articulo-138/"},{"ley":"jalisco/codigo-penal","numero":"219","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/jalisco/codigo-penal/articulo-219/"},{"ley":"coahuila/codigo-penal","numero":"184","epigrafe":"Homicidio calificado","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-184/"},{"ley":"guanajuato/codigo-penal","numero":"153","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-penal/articulo-153/"},{"ley":"chihuahua/codigo-penal","numero":"136","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-penal/articulo-136/"}]}},"cita":"Artículo 135, Código Penal de Michoacán (Michoacán). Texto vigente, última reforma 18 ago 2026. https://articuladomx.com/estados/michoacan/codigo-penal/articulo-135/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}