{"ley":{"id":"morelos/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Morelos","abreviatura":"CCMOR","titulo":"Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos","jurisdiccion":"morelos","materia":"civil","publicacion_original":"1993-10-13","ultima_reforma":"2026-05-13","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos","fuente":"Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos — Marco Jurídico (Códigos)","fuente_url":"https://marcojuridico.morelos.gob.mx/categorias/3","archivo_url":"https://marcojuridico.morelos.gob.mx/documentos/1778/download","sha256":"726ea5750f811eef3ef6d368eff82cca1aa71795d89244819c8aceab786ff3fa","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-civil/","notas_verificacion":["65 rótulos que el PDF parte en dos líneas ('ARTICULO' / '12.-') se leen como uno.","8 encabezados (capítulo, título…) llevan un asterisco de reforma en la fuente; se omite.","986 bloques 'NOTAS:' de la Consejería Jurídica (reforma vigente, reformas sin vigencia y 'Antes decía') se publican literales en nota_reforma del artículo al que siguen.","1614 artículos abren con un rubro en mayúsculas ('AMBITO ESPACIAL DE APLICACION.'): se publica como epígrafe, sin el punto final.","acceso no directo: vercel-sandbox","Texto tomado del PDF oficial de la Consejería Jurídica; un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (tabla de aprobación y publicación, nombre del código, Consejería Jurídica, 'Última Reforma' y 'N de M').","El asterisco que la fuente pone antes del número de los artículos reformados ('ARTÍCULO *106.-') es una marca editorial: se publica el número sin él.","Rótulos con erratas en la fuente ('ARTCULO 54.-', 'ARRTICULO 2388.-', 'ARTICULO.1035.-', 'ARTICULO 2351.' sin guion, 'ARTÍCULO *1365' sin punto) se leen como rótulos.","El encabezado de página del PDF dice 'Última Reforma: Texto Original', pero las OBSERVACIONES GENERALES y las notas registran reformas hasta el Decreto No. 1129 (POEM 6558, 2026/05/13); la fecha de última reforma sale de esas observaciones."]},"articulo":{"numero":"1024","clave":"1024","slug":"1024","epigrafe":"REGULACION DEL EJERCICO DEL DERECHO DE CAZA","estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO CUARTO. DE LOS BIENES DE LOS DERECHOS REALES","TITULO CUARTO. DE LA PROPIEDAD","CAPITULO III. MEDIOS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD"],"texto":"El ejercicio del derecho de caza se regirá por los reglamentos administrativos y por las siguientes bases:\n\nI.- El cazador se hace dueño del animal que caza, por el acto de apoderarse de él, observándose lo dispuesto en la fracción III; II.- Se considera capturado el animal que ha sido muerto por el cazador durante el acto venatorio, y también el que está preso en redes; III.- Si la pieza herida muriese en terrenos ajenos, el propietario de éstos, o quien lo represente, deberá entregarla al cazador o permitir que entre a buscarla;\n\nIV.- El propietario que infrinja la fracción anterior pagará el valor de la pieza, y el cazador perderá ésta si entra a buscarla sin permiso de aquél; V.- El hecho de entrar los perros de caza en terreno ajeno sin la voluntad del cazador, sólo obliga a éste a la reparación de los daños causados; VI.- La pretensión para pedir la reparación prescribe a los treinta días contados desde la fecha en que se causó el daño; VII.- Es lícito a los labradores destruir en cualquier tiempo los animales bravíos o cerriles que perjudiquen sus sementeras o plantaciones; VIII.- El mismo derecho tienen respecto a las aves domésticas en los campos en que hubiere tierras sembradas de cereales y otros frutos pendientes, a los que pudieren perjudicar aquellas aves; y IX.- Se prohíbe absolutamente destruir en predios ajenos los nidos, huevos y crías de aves de cualquier especie.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-civil/articulo-1024/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-civil/articulo-1024.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"chihuahua/codigo-civil","numero":"825","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-civil/articulo-825/"},{"ley":"codigo-civil-federal","numero":"858","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-civil-federal/articulo-858/"},{"ley":"baja-california/codigo-civil","numero":"846","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-846/"},{"ley":"cdmx/codigo-civil","numero":"858","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-858/"},{"ley":"hidalgo/codigo-civil","numero":"930","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-civil/articulo-930/"}]}},"cita":"Artículo 1024, Código Civil de Morelos (Morelos). 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