{"ley":{"id":"morelos/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Morelos","abreviatura":"CCMOR","titulo":"Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos","jurisdiccion":"morelos","materia":"civil","publicacion_original":"1993-10-13","ultima_reforma":"2026-05-13","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos","fuente":"Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos — Marco Jurídico (Códigos)","fuente_url":"https://marcojuridico.morelos.gob.mx/categorias/3","archivo_url":"https://marcojuridico.morelos.gob.mx/documentos/1778/download","sha256":"726ea5750f811eef3ef6d368eff82cca1aa71795d89244819c8aceab786ff3fa","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-civil/","notas_verificacion":["65 rótulos que el PDF parte en dos líneas ('ARTICULO' / '12.-') se leen como uno.","8 encabezados (capítulo, título…) llevan un asterisco de reforma en la fuente; se omite.","986 bloques 'NOTAS:' de la Consejería Jurídica (reforma vigente, reformas sin vigencia y 'Antes decía') se publican literales en nota_reforma del artículo al que siguen.","1614 artículos abren con un rubro en mayúsculas ('AMBITO ESPACIAL DE APLICACION.'): se publica como epígrafe, sin el punto final.","acceso no directo: vercel-sandbox","Texto tomado del PDF oficial de la Consejería Jurídica; un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (tabla de aprobación y publicación, nombre del código, Consejería Jurídica, 'Última Reforma' y 'N de M').","El asterisco que la fuente pone antes del número de los artículos reformados ('ARTÍCULO *106.-') es una marca editorial: se publica el número sin él.","Rótulos con erratas en la fuente ('ARTCULO 54.-', 'ARRTICULO 2388.-', 'ARTICULO.1035.-', 'ARTICULO 2351.' sin guion, 'ARTÍCULO *1365' sin punto) se leen como rótulos.","El encabezado de página del PDF dice 'Última Reforma: Texto Original', pero las OBSERVACIONES GENERALES y las notas registran reformas hasta el Decreto No. 1129 (POEM 6558, 2026/05/13); la fecha de última reforma sale de esas observaciones."]},"articulo":{"numero":"1367","clave":"1367","slug":"1367","epigrafe":"RESPONSABILIDAD POR RIESGO CREADO DE LOS PROPIETARIOS O POSEEDORES DE BIENES","estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO QUINTO. DE LAS OBLIGACIONES","TITULO PRIMERO. FUENTES DE LAS OBLIGACIONES","CAPITULO VI. DE LA RESPONSABILIDAD OBJETIVA O RIESGO CREADO"],"texto":"Los propietarios o poseedores de bienes muebles o inmuebles, responderán de los daños que causen:\n\nI.- Por la explosión de máquinas, o por la inflamación de substancias nucleares o explosivas, o por infiltración de materias corrosivas, aun cuando no haya culpa o se deba a caso fortuito o fuerza mayor; II.- Por el humo o gases que sean nocivos a las personas o a las propiedades; III.- Por la caída de sus árboles; IV.- Por las emanaciones de cloacas, expulsión de resíduos industriales o depósitos de materiales infectantes; V.- Por los depósitos de agua que humedezcan la pared del vecino o derramen sobre la propiedad de éste; y VI.- Por el peso o movimiento de las máquinas, por las aglomeraciones de materias o animales nocivos a la salud o por cualquiera otra causa que origine algún daño, aun cuando no haya culpa o se deba a caso fortuito.\n\nLa responsabilidad establecida en las fracciones II a V, existirá aun cuando no haya culpa o se deba a casos fortuitos ordinarios. En los casos fortuitos extraordinarios no existirá dicha responsabilidad. Es aplicable la enumeración contenida en el artículo 1922 de este Código, para determinar cuáles son los casos fortuitos extraordinarios, los demás casos se considerarán como ordinarios.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-civil/articulo-1367/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-civil/articulo-1367.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"sonora/codigo-civil","numero":"2111","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-civil/articulo-2111/"},{"ley":"puebla/codigo-civil","numero":"2090","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-civil/articulo-2090/"},{"ley":"guanajuato/codigo-civil","numero":"1422","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-1422/"},{"ley":"queretaro/codigo-civil","numero":"1820","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-1820/"},{"ley":"hidalgo/codigo-civil","numero":"1916","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-civil/articulo-1916/"}]}},"cita":"Artículo 1367, Código Civil de Morelos (Morelos). Texto vigente, última reforma 13 may 2026. https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-civil/articulo-1367/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}