{"ley":{"id":"morelos/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Morelos","abreviatura":"CCMOR","titulo":"Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos","jurisdiccion":"morelos","materia":"civil","publicacion_original":"1993-10-13","ultima_reforma":"2026-05-13","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos","fuente":"Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos — Marco Jurídico (Códigos)","fuente_url":"https://marcojuridico.morelos.gob.mx/categorias/3","archivo_url":"https://marcojuridico.morelos.gob.mx/documentos/1778/download","sha256":"726ea5750f811eef3ef6d368eff82cca1aa71795d89244819c8aceab786ff3fa","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-civil/","notas_verificacion":["65 rótulos que el PDF parte en dos líneas ('ARTICULO' / '12.-') se leen como uno.","8 encabezados (capítulo, título…) llevan un asterisco de reforma en la fuente; se omite.","986 bloques 'NOTAS:' de la Consejería Jurídica (reforma vigente, reformas sin vigencia y 'Antes decía') se publican literales en nota_reforma del artículo al que siguen.","1614 artículos abren con un rubro en mayúsculas ('AMBITO ESPACIAL DE APLICACION.'): se publica como epígrafe, sin el punto final.","acceso no directo: vercel-sandbox","Texto tomado del PDF oficial de la Consejería Jurídica; un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (tabla de aprobación y publicación, nombre del código, Consejería Jurídica, 'Última Reforma' y 'N de M').","El asterisco que la fuente pone antes del número de los artículos reformados ('ARTÍCULO *106.-') es una marca editorial: se publica el número sin él.","Rótulos con erratas en la fuente ('ARTCULO 54.-', 'ARRTICULO 2388.-', 'ARTICULO.1035.-', 'ARTICULO 2351.' sin guion, 'ARTÍCULO *1365' sin punto) se leen como rótulos.","El encabezado de página del PDF dice 'Última Reforma: Texto Original', pero las OBSERVACIONES GENERALES y las notas registran reformas hasta el Decreto No. 1129 (POEM 6558, 2026/05/13); la fecha de última reforma sale de esas observaciones."]},"articulo":{"numero":"1398","clave":"1398","slug":"1398","epigrafe":"ELECCION DEL ACREEDOR PERDIDA DE LOS DOS BIENES POR SU CULPA","estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO QUINTO. DE LAS OBLIGACIONES","TITULO SEGUNDO. MODALIDADES Y COMPLEJIDAD DE LAS OBLIGACIONES","CAPITULO III. DE LAS OBLIGACIONES CONJUNTIVAS ALTERNATIVAS"],"texto":"Si los dos bienes se pierden por culpa del acreedor y es de éste la elección, quedará a su arbitrio devolver el precio de uno de los bienes.\n\nEn el caso del párrafo anterior, si la elección es del deudor, este designará el bien cuyo precio debe pagar, y este precio se probará conforme a derecho en caso de desacuerdo.\n\nEn los casos de los dos párrafos que preceden, el acreedor está obligado al pago de los daños y perjuicios.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-civil/articulo-1398/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-civil/articulo-1398.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"estado-de-mexico/codigo-civil","numero":"7.213","epigrafe":"Pérdida de los bienes por culpa del acreedor","url":"https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-civil/articulo-7-213/"},{"ley":"codigo-civil-federal","numero":"1975","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-civil-federal/articulo-1975/"},{"ley":"baja-california/codigo-civil","numero":"1850","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-1850/"},{"ley":"cdmx/codigo-civil","numero":"1975","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-1975/"},{"ley":"chihuahua/codigo-civil","numero":"1858","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-civil/articulo-1858/"}]}},"cita":"Artículo 1398, Código Civil de Morelos (Morelos). Texto vigente, última reforma 13 may 2026. https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-civil/articulo-1398/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}