{"ley":{"id":"morelos/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Morelos","abreviatura":"CCMOR","titulo":"Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos","jurisdiccion":"morelos","materia":"civil","publicacion_original":"1993-10-13","ultima_reforma":"2026-05-13","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos","fuente":"Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos — Marco Jurídico (Códigos)","fuente_url":"https://marcojuridico.morelos.gob.mx/categorias/3","archivo_url":"https://marcojuridico.morelos.gob.mx/documentos/1778/download","sha256":"726ea5750f811eef3ef6d368eff82cca1aa71795d89244819c8aceab786ff3fa","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-civil/","notas_verificacion":["65 rótulos que el PDF parte en dos líneas ('ARTICULO' / '12.-') se leen como uno.","8 encabezados (capítulo, título…) llevan un asterisco de reforma en la fuente; se omite.","986 bloques 'NOTAS:' de la Consejería Jurídica (reforma vigente, reformas sin vigencia y 'Antes decía') se publican literales en nota_reforma del artículo al que siguen.","1614 artículos abren con un rubro en mayúsculas ('AMBITO ESPACIAL DE APLICACION.'): se publica como epígrafe, sin el punto final.","acceso no directo: vercel-sandbox","Texto tomado del PDF oficial de la Consejería Jurídica; un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (tabla de aprobación y publicación, nombre del código, Consejería Jurídica, 'Última Reforma' y 'N de M').","El asterisco que la fuente pone antes del número de los artículos reformados ('ARTÍCULO *106.-') es una marca editorial: se publica el número sin él.","Rótulos con erratas en la fuente ('ARTCULO 54.-', 'ARRTICULO 2388.-', 'ARTICULO.1035.-', 'ARTICULO 2351.' sin guion, 'ARTÍCULO *1365' sin punto) se leen como rótulos.","El encabezado de página del PDF dice 'Última Reforma: Texto Original', pero las OBSERVACIONES GENERALES y las notas registran reformas hasta el Decreto No. 1129 (POEM 6558, 2026/05/13); la fecha de última reforma sale de esas observaciones."]},"articulo":{"numero":"52","clave":"52","slug":"52","epigrafe":"REGLAS SOBRE LOS EFECTOS RESTITUTORIOS DE LA NULIDAD","estado":"vigente","ubicacion":["DISPOSICIONES PRELIMINARES","TITULO SEGUNDO. DISPOSICIONES GENERALES PARA LOS ACONTECIMIENTOS JURIDICOS.","CAPITULO V. EFECTOS DE NULIDAD."],"texto":"En cuanto a la restitución en la nulidad se seguirán las siguientes reglas:\n\nI.- Será absoluta operando en forma retroactiva integral, para los efectos instantáneos susceptibles de reposición; II.- Será parcial, operando para el futuro, respecto de los actos de tracto sucesivo que no sean susceptibles de reposición; si lo fueren, se aplicará la regla anterior; III.- Será inoperante respecto a las partes en los actos que implican situaciones irreparablemente consumadas. En este caso se aplicarán las reglas del enriquecimiento sin causa, a fin de evitar que una parte se enriquezca a costa de la otra; IV.- La de las prestaciones no podrá hacerse en perjuicio de terceros de buena fe, pero se aplicará lo dispuesto en la parte final de la fracción anterior, para evitar un enriquecimiento sin causa; y V.- Será inoperante respecto de situaciones jurídicas consolidadas por la prescripción positiva, respecto de una de las partes o de ambas.\n\nLos efectos restitutorios consignados en este numeral se aplicarán tanto en los casos de nulidad absoluta, como de nulidad relativa, salvo que para la primera, la ley prevenga expresamente que el acto no producirá efecto legal alguno.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-civil/articulo-52/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-civil/articulo-52.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"sonora/codigo-civil","numero":"94","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-civil/articulo-94/"},{"ley":"puebla/codigo-civil","numero":"1944","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-civil/articulo-1944/"},{"ley":"coahuila/codigo-civil","numero":"2127","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/articulo-2127/"},{"ley":"guanajuato/codigo-civil","numero":"1354","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-1354/"},{"ley":"coahuila/codigo-civil","numero":"2126","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/articulo-2126/"}]}},"cita":"Artículo 52, Código Civil de Morelos (Morelos). Texto vigente, última reforma 13 may 2026. https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-civil/articulo-52/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}