{"ley":{"id":"morelos/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Morelos","abreviatura":"CCMOR","titulo":"Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos","jurisdiccion":"morelos","materia":"civil","publicacion_original":"1993-10-13","ultima_reforma":"2026-05-13","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos","fuente":"Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos — Marco Jurídico (Códigos)","fuente_url":"https://marcojuridico.morelos.gob.mx/categorias/3","archivo_url":"https://marcojuridico.morelos.gob.mx/documentos/1778/download","sha256":"726ea5750f811eef3ef6d368eff82cca1aa71795d89244819c8aceab786ff3fa","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-civil/","notas_verificacion":["65 rótulos que el PDF parte en dos líneas ('ARTICULO' / '12.-') se leen como uno.","8 encabezados (capítulo, título…) llevan un asterisco de reforma en la fuente; se omite.","986 bloques 'NOTAS:' de la Consejería Jurídica (reforma vigente, reformas sin vigencia y 'Antes decía') se publican literales en nota_reforma del artículo al que siguen.","1614 artículos abren con un rubro en mayúsculas ('AMBITO ESPACIAL DE APLICACION.'): se publica como epígrafe, sin el punto final.","acceso no directo: vercel-sandbox","Texto tomado del PDF oficial de la Consejería Jurídica; un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (tabla de aprobación y publicación, nombre del código, Consejería Jurídica, 'Última Reforma' y 'N de M').","El asterisco que la fuente pone antes del número de los artículos reformados ('ARTÍCULO *106.-') es una marca editorial: se publica el número sin él.","Rótulos con erratas en la fuente ('ARTCULO 54.-', 'ARRTICULO 2388.-', 'ARTICULO.1035.-', 'ARTICULO 2351.' sin guion, 'ARTÍCULO *1365' sin punto) se leen como rótulos.","El encabezado de página del PDF dice 'Última Reforma: Texto Original', pero las OBSERVACIONES GENERALES y las notas registran reformas hasta el Decreto No. 1129 (POEM 6558, 2026/05/13); la fecha de última reforma sale de esas observaciones."]},"articulo":{"numero":"61","clave":"61","slug":"61","epigrafe":"PERSONAS COLECTIVAS","estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO. DE LAS PERSONAS","TITULO PRIMERO. DE LAS PERSONAS JURIDICAS","CAPITULO II. DE LAS PERSONAS JURIDICAS COLECTIVAS."],"texto":"Las personas jurídicas colectivas, también llamadas morales, son:\n\nI.- La Nación, los Estados y los Municipios; II.- Las demás corporaciones de carácter público reconocidas por la Ley; III.- Los sindicatos, las asociaciones profesionales y las demás a que se refieren las fracciones XVI, apartado A, y X, apartado B, del artículo 123 de la Constitución Federal IV.- Las sociedades mercantiles y las demás no civiles reguladas por las leyes federales; V.- Las sociedades y asociaciones civiles; VI.- Las asociaciones distintas de las enumeradas que se propongan fines políticos, científicos, mutualistas, artísticos, de recreo o cualquier otro fin lícito no económico, siempre que no fueren desconocidas por la Ley.","nota":"NOTAS REFORMA VIGENTE.- Adicionado por Artículo Único del Decreto No. 49 publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” No. 4497 de 2006/12/06. Vigencia 2006/12/07. REFORMA SIN VIGENCIA.- Derogado por Artículo Quinto Transitorio del Código Familiar para el Estado Libre y Soberano de Morelos, publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” No. 4481 Sección Segunda de 2006/09/06. Vigencia 2006/10/01. Antes decía: CAPACIDAD DE GOCE SU PROTECCION. La capacidad de goce de las personas jurídicas individuales se adquiere por el nacimiento y se pierde por la muerte, pero entran bajo la protección de la Ley desde el momento en que los individuos son concebidos; y si nacen viables, desde ese momento se les tiene por nacidos. Para los efectos legales, sólo se reputa nacido el feto que desprendido enteramente del seno materno, vive veinticuatro horas o es presentado vivo al Registro Civil. Faltando alguna de estas circunstancias nunca podrá entablarse demanda sobre la paternidad o maternidad.","url":"https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-civil/articulo-61/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-civil/articulo-61.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"morelos/codigo-civil","numero":"1837","epigrafe":"REVOCACION DE LA DONACION POR SUPERVENIENCIA DE HIJOS SUS EFECTOS LEGALES","url":"https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-civil/articulo-1837/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"sonora/codigo-civil","numero":"120","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-civil/articulo-120/"},{"ley":"baja-california/codigo-civil","numero":"25","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-25/"},{"ley":"chihuahua/codigo-civil","numero":"25","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-civil/articulo-25/"},{"ley":"hidalgo/codigo-civil","numero":"25","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-civil/articulo-25/"},{"ley":"cdmx/codigo-civil","numero":"25","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-25/"}]}},"cita":"Artículo 61, Código Civil de Morelos (Morelos). Texto vigente, última reforma 13 may 2026. https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-civil/articulo-61/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}