{"ley":{"id":"morelos/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Morelos","abreviatura":"CCMOR","titulo":"Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos","jurisdiccion":"morelos","materia":"civil","publicacion_original":"1993-10-13","ultima_reforma":"2026-05-13","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos","fuente":"Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos — Marco Jurídico (Códigos)","fuente_url":"https://marcojuridico.morelos.gob.mx/categorias/3","archivo_url":"https://marcojuridico.morelos.gob.mx/documentos/1778/download","sha256":"726ea5750f811eef3ef6d368eff82cca1aa71795d89244819c8aceab786ff3fa","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-civil/","notas_verificacion":["65 rótulos que el PDF parte en dos líneas ('ARTICULO' / '12.-') se leen como uno.","8 encabezados (capítulo, título…) llevan un asterisco de reforma en la fuente; se omite.","986 bloques 'NOTAS:' de la Consejería Jurídica (reforma vigente, reformas sin vigencia y 'Antes decía') se publican literales en nota_reforma del artículo al que siguen.","1614 artículos abren con un rubro en mayúsculas ('AMBITO ESPACIAL DE APLICACION.'): se publica como epígrafe, sin el punto final.","acceso no directo: vercel-sandbox","Texto tomado del PDF oficial de la Consejería Jurídica; un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. 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DE LAS PERSONAS JURIDICAS COLECTIVAS."],"texto":"Las personas jurídicas colectivas pueden ejercitar todos los derechos que sean necesarios para realizar el fin para el cual fueron creadas.","nota":"NOTAS: REFORMA VIGENTE.- Reformado por Artículo Único del Decreto No. 1153, publicado en el LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS JURÍDICAS COLECTIVAS. Las personas jurídicas colectivas pueden ejercitar todos los derechos que sean necesarios para realizar el objeto social establecido en sus estatutos. REFORMA SIN VIGENCIA.- Adicionado por Artículo Único del Decreto No. 49 publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” No. 4497 de 2006/12/06. Vigencia 2006/12/07. REFORMA SIN VIGENCIA.- Derogado por Artículo Quinto Transitorio del Código Familiar para el Estado Libre y Soberano de Morelos, publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” No. 4481 Sección Segunda de 2006/09/06. Vigencia 2006/10/01. Antes decía: LIMITACIONES A LA PERSONALIDAD. La minoría de edad, el estado de interdicción y las demás incapacidades establecidas por la Ley, son restricciones a la personalidad jurídica que no deben menoscabar la dignidad de la persona ni atentar contra la integridad de la familia; pero los incapaces pueden ejercitar sus derechos o contraer obligaciones por medio de sus representantes.","url":"https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-civil/articulo-62/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-civil/articulo-62.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"sonora/codigo-civil","numero":"121","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-civil/articulo-121/"},{"ley":"estado-de-mexico/codigo-civil","numero":"2.11","epigrafe":"Derechos ejercitados por las personas jurídicas colectivas","url":"https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-civil/articulo-2-11/"},{"ley":"nuevo-leon/codigo-civil","numero":"25","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-civil/articulo-25/"},{"ley":"morelos/codigo-civil","numero":"63","epigrafe":"ÓRGANOS REPRESENTATIVOS DE LAS PERSONAS COLECTIVAS","url":"https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-civil/articulo-63/"},{"ley":"sonora/codigo-civil","numero":"122","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-civil/articulo-122/"}]}},"cita":"Artículo 62, Código Civil de Morelos (Morelos). 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