{"ley":{"id":"morelos/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Morelos","abreviatura":"CPMOR","titulo":"Código Penal para el Estado de Morelos","jurisdiccion":"morelos","materia":"penal","publicacion_original":"1996-10-09","ultima_reforma":"2026-10-07","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos","fuente":"Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos — Marco Jurídico (Códigos)","fuente_url":"https://marcojuridico.morelos.gob.mx/categorias/3","archivo_url":"https://marcojuridico.morelos.gob.mx/documentos/1815/download","sha256":"ca1fada3932bb64f72f1cc62d1fadcd980c0d72716fe7ef42c5af1f2b2fe6175","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-penal/","notas_verificacion":["38 encabezados (capítulo, título…) llevan un asterisco de reforma en la fuente; se omite.","337 bloques 'NOTAS:' de la Consejería Jurídica (reforma vigente, reformas sin vigencia y 'Antes decía') se publican literales en nota_reforma del artículo al que siguen.","1 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","número de artículo repetido en la fuente: 272 Bis (orden 355 y 356); el segundo se publica con clave '272 Bis-dup2'","acceso no directo: vercel-sandbox","Texto tomado del PDF oficial de la Consejería Jurídica; un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (tabla de aprobación y publicación, nombre del código, Consejería Jurídica, 'Última Reforma' y 'N de M').","El asterisco que la fuente pone antes del número de los artículos reformados ('ARTÍCULO *106.-') es una marca editorial: se publica el número sin él.","Rótulos con erratas en la fuente ('ARTCULO 54.-', 'ARRTICULO 2388.-', 'ARTICULO.1035.-', 'ARTICULO 2351.' sin guion, 'ARTÍCULO *1365' sin punto) se leen como rótulos.","La fuente imprime el rótulo del artículo 211 Sextus sin texto; su nota dice que el decreto que lo adicionó quedó sin efectos (Nota Aclaratoria, POEM No. 5826, 26 de mayo de 2020). No se publica como artículo."]},"articulo":{"numero":"211","clave":"211","slug":"211","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO","PARTE ESPECIAL. DELITOS CONTRA EL INDIVIDUO","TÍTULO DÉCIMO PRIMERO. DELITOS CONTRA EL DESARROLLO, LA DIGNIDAD DE LA PERSONA Y LA IGUALDAD DE GÉNERO.","CAPÍTULO I. DE LAS PERSONAS MENORES DE EDAD Y DE QUIENES NO TIENEN LA CAPACIDAD PARA COMPRENDER EL SIGNIFICADO DEL HECHO"],"texto":"Comete el delito de corrupción de personas menores de edad y de personas que no tengan la capacidad para comprender el significado del hecho, quien habitual u ocasionalmente, por cualquier medio, procure, induzca o facilite que las personas antes señaladas realicen cualquiera de las siguientes conductas:\n\nI. Actos o exhibiciones eróticas o sexuales, públicas o privadas, sin fines de explotación, que puedan afectar su desarrollo;\n\nII. Consumo bebidas embriagantes, narcóticos tabaco, cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos que contengan nicotina o sustancias tóxicas que puedan alterar su salud o su desarrollo; y\n\nIII. La comisión de un hecho delictivo o formar parte de una asociación delictuosa o de la delincuencia organizada.\n\nA quien comete este delito se le impondrá una pena de cinco a diez años de prisión y de trescientos a quinientos días multa.\n\nCuando de la práctica reiterada del activo, el pasivo del delito adquiera los hábitos del alcoholismo o la farmacodependencia, o forme parte de una asociación delictuosa o de la delincuencia organizada las penalidades se aumentarán hasta el doble de la pena impuesta.","nota":"NOTAS: REFORMA VIGENTE.- Reformada la fracción II, por ARTÍCULO ÚNICO del Decreto No. 1132, publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, número 6558, de fecha 2026/05/13. Vigencia: 2026/05/14. Antes decía: ARTÍCULO *211.- … I. … II. Consumo bebidas embriagantes, narcóticos o sustancias tóxicas que puedan alterar su salud o su desarrollo; y III. … … … REFORMA VIGENTE.- Reformado por Artículo Segundo del Decreto No. 821, publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” No. 4625 de fecha 2008/07/09. Antes decía: Se aplicará prisión de dos a seis años al que mediante actos sexuales procure o facilite la corrupción de un menor de dieciocho años de edad o de una persona que no tenga capacidad para comprender el significado del hecho, o los incorpore en la práctica de la mendicidad, ebriedad, adicción a sustancias estupefacientes o psicotrópicas o al ejercicio de la prostitución, o los induzca a formar parte de una asociación delictuosa o a cometer cualquier delito. Cuando los actos de corrupción se realicen reiteradamente sobre el mismo menor o incapaz y, como consecuencia de ello, éstos adquieran las prácticas o incurran en los delitos mencionados en el párrafo anterior, la sanción se aumentará hasta en una mitad. Si el corruptor tiene alguna relación de autoridad, de hecho o de derecho, sobre el menor, se duplicará la sanción prevista en el primer párrafo de este artículo y el juez podrá privar al agente del ejercicio de la patria potestad, tutela o custodia y, en su caso, de los derechos sucesorios con respecto al ofendido.","url":"https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-penal/articulo-211/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-penal/articulo-211.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"morelos/codigo-penal","numero":"162 Ter","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-penal/articulo-162-ter/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"codigo-penal-federal","numero":"201","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-penal-federal/articulo-201/"},{"ley":"puebla/codigo-penal","numero":"217","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-penal/articulo-217/"},{"ley":"sonora/codigo-penal","numero":"168","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-penal/articulo-168/"},{"ley":"cdmx/codigo-penal","numero":"184","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-penal/articulo-184/"},{"ley":"codigo-penal-federal","numero":"202","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-penal-federal/articulo-202/"}]}},"cita":"Artículo 211, Código Penal de Morelos (Morelos). 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