{"ley":{"id":"nayarit/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Nayarit","abreviatura":"CPNAY","titulo":"Código Penal para el Estado de Nayarit","jurisdiccion":"nayarit","materia":"penal","publicacion_original":"2014-09-06","ultima_reforma":"2026-03-06","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit","fuente":"H. Congreso del Estado de Nayarit — Legislación estatal (Códigos)","fuente_url":"https://congresonayarit.gob.mx/legislacion-estatal/","archivo_url":"https://congresonayarit.gob.mx/wp-content/uploads/QUE_HACEMOS/LEGISLACION_ESTATAL/codigos/codigo_penal_nuevo.pdf","sha256":"5efee01462841d524046a9dea2dfcec3e263fa36e87dc17433b6d9faf61689ad","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/nayarit/codigo-penal/","notas_verificacion":["3 fracciones impresas en el renglón siguiente al que cierra el párrafo anterior (sin línea en blanco) se publican como párrafo propio.","9 renglones justificados que el texto del PDF da palabra por palabra se leen como un solo renglón.","2 notas de reforma impresas en dos o más renglones se leen como una sola nota.","3 notas de editor sobre resoluciones de la Suprema Corte («NOTA DE EDITOR: De conformidad con la Acción de Inconstitucionalidad …» y su liga) se leen como un párrafo; impresas antes de un rótulo de artículo van en nota_reforma de ese artículo.","10 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","nota de editor impresa bajo un encabezado (fuera de un artículo) va en nota_reforma del artículo que sigue (art. 306).","2 notas de reforma de encabezados (denominación de capítulo, título, sección) no se asignan a ningún artículo.","1 encabezados impresos sin su rótulo ('DE LA PRELACION', sin 'CAPÍTULO …') se toman como encabezado de los artículos que siguen.","67 notas de reforma impresas entre un encabezado y el primer rótulo de artículo van en nota_reforma de ese artículo (no en el nombre del encabezado); las notas sobre el encabezado («REFORMADA SU DENOMINACIÓN», «ADICIONADO EL CAPÍTULO …») se conservan en el encabezado.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (Legislación estatal); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código, «Poder Legislativo del Estado de Nayarit», «Secretaría General» y número de página). Un párrafo cortado por el salto de página se une.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.","El índice que el PDF imprime al final (después de los transitorios de las reformas) no es texto de la ley y se omite."]},"articulo":{"numero":"260","clave":"260","slug":"260","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO. DE LOS DELITOS EN PARTICULAR","TÍTULO NOVENO. DELITOS COMETIDOS EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Y EN OTROS RAMOS DEL PODER PÚBLICO","CAPÍTULO I. DELITOS COMETIDOS POR LOS SERVIDORES PUBLICOS"],"texto":"Se impondrá suspensión de tres meses a tres años o destitución del cargo y en ambos casos multa de diez a treinta días a los funcionarios, empleados o auxiliares de la administración de justicia que cometan algunos de los delitos siguientes:\n\nI. Conocer de negocios contra los cuales tengan impedimento legal o abstenerse de conocer de los que les correspondan sin tener impedimento para ello;\n\nII. Desempeñar algún otro empleo oficial o un puesto o cargo particular que la Ley les prohíba;\n\nIII. Litigar por sí o por interpósita persona cuando la Ley les prohíba el ejercicio de su profesión;\n\nIV. Dirigir o aconsejar a las personas que ante ellos litiguen;\n\nV. No cumplir, sin causa fundada para ello, una disposición que legalmente se les comunique por su superior competente;\n\nVI. Ejecutar actos o incurrir en omisiones que produzcan un daño o concedan una ventaja indebida a los interesados en un negocio, o a cualquiera otra persona;\n\nVII. Retardar o entorpecer maliciosamente o por negligencia la administración de justicia, y\n\nVIII. Alterar, destruir, perder o perturbar ilícitamente el lugar de los hechos, los indicios, huellas o vestigios del hecho delictuoso o los instrumentos, objetos o productos del delito.","nota":"(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 8 DE NOVIEMBRE DE 2016)","url":"https://articuladomx.com/estados/nayarit/codigo-penal/articulo-260/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/nayarit/codigo-penal/articulo-260.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"yucatan/codigo-penal","numero":"267","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/yucatan/codigo-penal/articulo-267/"},{"ley":"nayarit/codigo-penal","numero":"261","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nayarit/codigo-penal/articulo-261/"},{"ley":"coahuila/codigo-penal","numero":"381","epigrafe":"Quebrantamiento de inhabilitación, de libertad supervisada o de suspensión de derechos, impuestas como penas","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-381/"},{"ley":"chihuahua/codigo-penal","numero":"252","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-penal/articulo-252/"},{"ley":"ley-federal-del-trabajo","numero":"1005","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-federal-del-trabajo/articulo-1005/"}]}},"cita":"Artículo 260, Código Penal de Nayarit (Nayarit). Texto vigente, última reforma 6 mar 2026. https://articuladomx.com/estados/nayarit/codigo-penal/articulo-260/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}