{"ley":{"id":"nayarit/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Nayarit","abreviatura":"CPNAY","titulo":"Código Penal para el Estado de Nayarit","jurisdiccion":"nayarit","materia":"penal","publicacion_original":"2014-09-06","ultima_reforma":"2026-03-06","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit","fuente":"H. Congreso del Estado de Nayarit — Legislación estatal (Códigos)","fuente_url":"https://congresonayarit.gob.mx/legislacion-estatal/","archivo_url":"https://congresonayarit.gob.mx/wp-content/uploads/QUE_HACEMOS/LEGISLACION_ESTATAL/codigos/codigo_penal_nuevo.pdf","sha256":"5efee01462841d524046a9dea2dfcec3e263fa36e87dc17433b6d9faf61689ad","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/nayarit/codigo-penal/","notas_verificacion":["3 fracciones impresas en el renglón siguiente al que cierra el párrafo anterior (sin línea en blanco) se publican como párrafo propio.","9 renglones justificados que el texto del PDF da palabra por palabra se leen como un solo renglón.","2 notas de reforma impresas en dos o más renglones se leen como una sola nota.","3 notas de editor sobre resoluciones de la Suprema Corte («NOTA DE EDITOR: De conformidad con la Acción de Inconstitucionalidad …» y su liga) se leen como un párrafo; impresas antes de un rótulo de artículo van en nota_reforma de ese artículo.","10 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","nota de editor impresa bajo un encabezado (fuera de un artículo) va en nota_reforma del artículo que sigue (art. 306).","2 notas de reforma de encabezados (denominación de capítulo, título, sección) no se asignan a ningún artículo.","1 encabezados impresos sin su rótulo ('DE LA PRELACION', sin 'CAPÍTULO …') se toman como encabezado de los artículos que siguen.","67 notas de reforma impresas entre un encabezado y el primer rótulo de artículo van en nota_reforma de ese artículo (no en el nombre del encabezado); las notas sobre el encabezado («REFORMADA SU DENOMINACIÓN», «ADICIONADO EL CAPÍTULO …») se conservan en el encabezado.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (Legislación estatal); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código, «Poder Legislativo del Estado de Nayarit», «Secretaría General» y número de página). Un párrafo cortado por el salto de página se une.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.","El índice que el PDF imprime al final (después de los transitorios de las reformas) no es texto de la ley y se omite."]},"articulo":{"numero":"263","clave":"263","slug":"263","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO. DE LOS DELITOS EN PARTICULAR","TÍTULO NOVENO. DELITOS COMETIDOS EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Y EN OTROS RAMOS DEL PODER PÚBLICO","CAPÍTULO II. DELITOS DE ABOGADOS, PATRONOS Y LITIGANTES"],"texto":"Se impondrá prisión de uno a cinco años, multa de diez a treinta días y suspensión en el ejercicio profesional de tres meses a dos años, a los abogados, patronos o litigantes, cuando éstos últimos no sean ostensiblemente patrocinados por abogados, si cometen algunos de los delitos siguientes:\n\nI. Alegar, a sabiendas, hechos falsos o leyes inexistentes o derogadas;\n\nII. Pedir términos para probar lo que notoriamente no puede probarse o no ha de aprovechar a su parte; o promover artículos o incidentes con el fin de crear dilaciones o trámites innecesarios para el normal desarrollo del juicio, o recursos claramente improcedentes, o de cualquier otra manera, procurar dilaciones notoriamente indebidas.\n\nPara proceder a la iniciación de la averiguación penal será necesaria la previa calificación de los hechos a que se refiere esta fracción, realizada por el Juez o Tribunal que conozca del negocio, y\n\nIII. Presentar por sí mismo o aconsejar a su patrocinado, a que presente testigos o documentos falsos.\n\nEn el caso de esta fracción, las sanciones expresadas se impondrán sin perjuicio de las que correspondan por la participación del infractor en la comisión del delito de falsedad en declaraciones ante la Autoridad, falsificación de documentos o uso de los mismos.","nota":"(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 8 DE NOVIEMBRE DE 2016)","url":"https://articuladomx.com/estados/nayarit/codigo-penal/articulo-263/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/nayarit/codigo-penal/articulo-263.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"nayarit/codigo-penal","numero":"264","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nayarit/codigo-penal/articulo-264/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"codigo-penal-federal","numero":"231","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-penal-federal/articulo-231/"},{"ley":"jalisco/codigo-penal","numero":"156","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/jalisco/codigo-penal/articulo-156/"},{"ley":"quintana-roo/codigo-penal","numero":"196","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-penal/articulo-196/"},{"ley":"yucatan/codigo-penal","numero":"274","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/yucatan/codigo-penal/articulo-274/"},{"ley":"chiapas/codigo-penal","numero":"473","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-penal/articulo-473/"}]}},"cita":"Artículo 263, Código Penal de Nayarit (Nayarit). Texto vigente, última reforma 6 mar 2026. https://articuladomx.com/estados/nayarit/codigo-penal/articulo-263/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}