{"ley":{"id":"nayarit/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Nayarit","abreviatura":"CPNAY","titulo":"Código Penal para el Estado de Nayarit","jurisdiccion":"nayarit","materia":"penal","publicacion_original":"2014-09-06","ultima_reforma":"2026-03-06","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit","fuente":"H. Congreso del Estado de Nayarit — Legislación estatal (Códigos)","fuente_url":"https://congresonayarit.gob.mx/legislacion-estatal/","archivo_url":"https://congresonayarit.gob.mx/wp-content/uploads/QUE_HACEMOS/LEGISLACION_ESTATAL/codigos/codigo_penal_nuevo.pdf","sha256":"5efee01462841d524046a9dea2dfcec3e263fa36e87dc17433b6d9faf61689ad","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/nayarit/codigo-penal/","notas_verificacion":["3 fracciones impresas en el renglón siguiente al que cierra el párrafo anterior (sin línea en blanco) se publican como párrafo propio.","9 renglones justificados que el texto del PDF da palabra por palabra se leen como un solo renglón.","2 notas de reforma impresas en dos o más renglones se leen como una sola nota.","3 notas de editor sobre resoluciones de la Suprema Corte («NOTA DE EDITOR: De conformidad con la Acción de Inconstitucionalidad …» y su liga) se leen como un párrafo; impresas antes de un rótulo de artículo van en nota_reforma de ese artículo.","10 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","nota de editor impresa bajo un encabezado (fuera de un artículo) va en nota_reforma del artículo que sigue (art. 306).","2 notas de reforma de encabezados (denominación de capítulo, título, sección) no se asignan a ningún artículo.","1 encabezados impresos sin su rótulo ('DE LA PRELACION', sin 'CAPÍTULO …') se toman como encabezado de los artículos que siguen.","67 notas de reforma impresas entre un encabezado y el primer rótulo de artículo van en nota_reforma de ese artículo (no en el nombre del encabezado); las notas sobre el encabezado («REFORMADA SU DENOMINACIÓN», «ADICIONADO EL CAPÍTULO …») se conservan en el encabezado.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (Legislación estatal); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código, «Poder Legislativo del Estado de Nayarit», «Secretaría General» y número de página). Un párrafo cortado por el salto de página se une.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.","El índice que el PDF imprime al final (después de los transitorios de las reformas) no es texto de la ley y se omite."]},"articulo":{"numero":"68","clave":"68","slug":"68","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO PRIMERO","PARTE GENERAL","TÍTULO CUARTO. SANCIONES Y MEDIDAS DE SEGURIDAD","CAPÍTULO VII. REPARACIÓN DEL DAÑO"],"texto":"Salvo lo dispuesto en el artículo 65 de este código, la obligación de pagar el importe de la sanción pecuniaria es preferente y se cubrirá primero que cualquier otra de las obligaciones personales que se hubieren contraído con posterioridad al delito.\n\nSon terceros obligados a la reparación del daño:\n\nI. Los ascendientes por los delitos de sus descendientes que se hallaren bajo su patria potestad;\n\nII. Los tutores, curadores o custodios, por los delitos de los incapacitados que se hallen bajo su autoridad;\n\nIII. Los directores de talleres que reciban en su establecimiento discípulos o aprendices, por los delitos que éstos ejecuten durante el tiempo que se hallen bajo el cuidado y dirección de aquéllos, siempre y cuando acaezcan con motivo y en el desempeño de sus servicios;\n\nIV. Las personas físicas o jurídico-colectivas por los delitos que cometan sus obreros, jornaleros, empleados, domésticos o artesanos;\n\nV. Las personas jurídico-colectivas, por los delitos de sus socios, agentes o directores en los mismos términos en que, conforme a las leyes, sean responsables de las demás obligaciones que aquéllas contraigan, y\n\nVI. El Estado, los municipios y organismos descentralizados subsidiariamente por sus servidores públicos, cuando el delito se cometa con motivo o en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nayarit/codigo-penal/articulo-68/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/nayarit/codigo-penal/articulo-68.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"zacatecas/codigo-penal","numero":"25","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/zacatecas/codigo-penal/articulo-25/"},{"ley":"morelos/codigo-penal","numero":"157 Quater","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-penal/articulo-157-quater/"},{"ley":"coahuila/codigo-penal","numero":"44","epigrafe":"Punibilidad de los delitos culposos","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-44/"},{"ley":"morelos/codigo-penal","numero":"26","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-penal/articulo-26/"},{"ley":"tabasco/codigo-penal","numero":"188 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tabasco/codigo-penal/articulo-188-bis/"}]}},"cita":"Artículo 68, Código Penal de Nayarit (Nayarit). Texto vigente, última reforma 6 mar 2026. https://articuladomx.com/estados/nayarit/codigo-penal/articulo-68/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}