{"ley":{"id":"nuevo-leon/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Nuevo León","abreviatura":"CPNL","titulo":"Código Penal para el Estado de Nuevo León","jurisdiccion":"nuevo-leon","materia":"penal","publicacion_original":"1990-03-26","ultima_reforma":"2026-06-15","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Nuevo León","fuente":"H. Congreso del Estado de Nuevo León — Leyes","fuente_url":"https://www.hcnl.gob.mx/trabajo_legislativo/leyes/codigos/codigo_penal_para_el_estado_de_nuevo_leon/","archivo_url":"https://www.hcnl.gob.mx/trabajo_legislativo/leyes/pdf/CODIGO%20PENAL%20PARA%20EL%20ESTADO%20DE%20%20NUEVO%20LEON.pdf?2026-06-15","sha256":"440f28ca7515f63c35e5e9034086e843e126bed75f6d07dfe1067537607c3d76","descargado":"2026-10-07","url":"https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-penal/","notas_verificacion":["hcnl.gob.mx no responde desde este host (timeout). Archivo obtenido de la copia Wayback de la misma URL oficial (https://web.archive.org/web/20261007075212id_/https://www.hcnl.gob.mx/trabajo_legislativo/leyes/pdf/CODIGO%20PENAL%20PARA%20EL%20ESTADO%20DE%20%20NUEVO%20LEON.pdf?2026-06-15), capturada con Save Page Now el 20261007; la página oficial capturada el mismo día (https://web.archive.org/web/20261007075304id_/https://www.hcnl.gob.mx/trabajo_legislativo/leyes/codigos/codigo_penal_para_el_estado_de_nuevo_leon/) declara 'Última Reforma: 15 de Junio 2026'. La vigencia también se confirmó leyendo la página oficial en vivo vía r.jina.ai el 2026-10-07.","Transitorios: 211 bloques con texto; 12 encabezados de decreto sin texto transitorio en la fuente (p. ej. fe de erratas) no se incluyen como bloque.","conteo_indice usa pdftotext (extractor distinto) pero comparte la expresión regular de rótulos con el parser; no hay índice publicado en la fuente.","Art. 452: la fuente abre el artículo con comillas (“ARTÍCULO 452.- …”); el rótulo y la comilla de apertura se omiten en el texto y se conserva la de cierre. La nota *N. de E. sobre la invalidez (AI 188/2020) va en la nota del artículo.","Párrafos derogados que la fuente marca solo con una nota (p. ej. '(DEROGADO SEGUNDO PÁRRAFO, P.O. …)') quedan en la nota del artículo, no en el texto."]},"articulo":{"numero":"129","clave":"129","slug":"129","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO PRIMERO. PARTE GENERAL","TITULO SEPTIMO. EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD PENAL","CAPÍTULO VII. PRESCRIPCIÓN, EXTEMPORANEIDAD Y ABANDONO DE LAS QUERELLAS"],"texto":"TRATANDOSE DE DELITOS QUE SOLO PUEDEN PERSEGUIRSE POR QUERELLA, ESTA DEBERA PRESENTARSE DENTRO DE UN PLAZO DE UN AÑO, CONTANDO DESDE EL DIA EN QUE LA PARTE OFENDIDA TENGA CONOCIMIENTO DEL DELITO Y DEL DELINCUENTE, Y EN TRES AÑOS, INDEPENDIENTEMENTE DE ESTA CIRCUNSTANCIA.\n\nPRESENTADA EN TIEMPO LA QUERELLA, SE OBSERVAN LAS REGLAS DE LA PRESCRIPCION PARA LOS DELITOS QUE SE PERSIGUEN DE OFICIO. LAS QUERELLAS PRESENTADAS FUERA DE TERMINO NO TENDRAN EFICACIA ALGUNA, Y POR TANTO EL MINISTERIO PUBLICO ESTARA IMPEDIDO PARA EJERCITAR LA ACCION PENAL.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-penal/articulo-129/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-penal/articulo-129.md"},"cita":"Artículo 129, Código Penal de Nuevo León (Nuevo León). Texto vigente, última reforma 15 jun 2026. https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-penal/articulo-129/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}