{"ley":{"id":"nuevo-leon/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Nuevo León","abreviatura":"CPNL","titulo":"Código Penal para el Estado de Nuevo León","jurisdiccion":"nuevo-leon","materia":"penal","publicacion_original":"1990-03-26","ultima_reforma":"2026-06-15","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Nuevo León","fuente":"H. Congreso del Estado de Nuevo León — Leyes","fuente_url":"https://www.hcnl.gob.mx/trabajo_legislativo/leyes/codigos/codigo_penal_para_el_estado_de_nuevo_leon/","archivo_url":"https://www.hcnl.gob.mx/trabajo_legislativo/leyes/pdf/CODIGO%20PENAL%20PARA%20EL%20ESTADO%20DE%20%20NUEVO%20LEON.pdf?2026-06-15","sha256":"440f28ca7515f63c35e5e9034086e843e126bed75f6d07dfe1067537607c3d76","descargado":"2026-10-07","url":"https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-penal/","notas_verificacion":["hcnl.gob.mx no responde desde este host (timeout). Archivo obtenido de la copia Wayback de la misma URL oficial (https://web.archive.org/web/20261007075212id_/https://www.hcnl.gob.mx/trabajo_legislativo/leyes/pdf/CODIGO%20PENAL%20PARA%20EL%20ESTADO%20DE%20%20NUEVO%20LEON.pdf?2026-06-15), capturada con Save Page Now el 20261007; la página oficial capturada el mismo día (https://web.archive.org/web/20261007075304id_/https://www.hcnl.gob.mx/trabajo_legislativo/leyes/codigos/codigo_penal_para_el_estado_de_nuevo_leon/) declara 'Última Reforma: 15 de Junio 2026'. La vigencia también se confirmó leyendo la página oficial en vivo vía r.jina.ai el 2026-10-07.","Transitorios: 211 bloques con texto; 12 encabezados de decreto sin texto transitorio en la fuente (p. ej. fe de erratas) no se incluyen como bloque.","conteo_indice usa pdftotext (extractor distinto) pero comparte la expresión regular de rótulos con el parser; no hay índice publicado en la fuente.","Art. 452: la fuente abre el artículo con comillas (“ARTÍCULO 452.- …”); el rótulo y la comilla de apertura se omiten en el texto y se conserva la de cierre. La nota *N. de E. sobre la invalidez (AI 188/2020) va en la nota del artículo.","Párrafos derogados que la fuente marca solo con una nota (p. ej. '(DEROGADO SEGUNDO PÁRRAFO, P.O. …)') quedan en la nota del artículo, no en el texto."]},"articulo":{"numero":"192","clave":"192","slug":"192","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO. PARTE ESPECIAL","TITULO CUARTO. DELITOS CONTRA LA AUTORIDAD","CAPITULO IV. DELITOS COMETIDOS CONTRA. INSTITUCIONES OFICIALES Y SERVIDORES PUBLICOS"],"texto":"SE IMPONDRÁ UNA PENA DE DOS A QUINCE AÑOS DE PRISIÓN Y MULTA DE DOSCIENTAS A CUATROCIENTAS CUOTAS A QUIEN ACECHE O VIGILE O REALICE ACTOS TENDIENTES A OBTENER INFORMACIÓN SOBRE LA UBICACIÓN, LAS ACTIVIDADES, LOS OPERATIVOS O EN GENERAL LAS LABORES DE SEGURIDAD PÚBLICA, DE PERSECUCIÓN O SANCIÓN DEL DELITO O LA EJECUCIÓN DE PENAS.\n\nADEMÁS DE LAS PENAS PREVISTAS EN EL PÁRRAFO ANTERIOR, SE IMPONDRÁ DESDE UN TERCIO HASTA UNA MITAD MÁS DE LA SANCIÓN PRIVATIVA DE LIBERTAD QUE LE CORRESPONDA, AL QUE REALICE LA CONDUCTA DESCRITA EN ESTE ARTÍCULO UTILIZANDO PARA ELLO CUALQUIER VEHÍCULO DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS U OTRO QUE PRESTE UN SERVICIO SIMILAR O QUE POR SUS CARACTERÍSTICAS EXTERIORES SEA SIMILAR A LA APARIENCIA DE LOS VEHÍCULOS DESTINADOS AL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS.\n\nLAS PENAS SEÑALADAS EN ESTE ARTÍCULO, SE AUMENTARÁN DESDE UN TERCIO HASTA UN TANTO MÁS DE LA PENA QUE LE CORRESPONDA, Y SE IMPONDRÁ ADEMÁS DESTITUCIÓN DEL CARGO O COMISIÓN E INHABILITACIÓN DE TRES A DIEZ AÑOS PARA OCUPAR OTRO, CUANDO EL DELITO SEA COMETIDO POR SERVIDORES PÚBLICOS O POR EX SERVIDORES PÚBLICOS DE LAS FUERZAS ARMADAS, INSTITUCIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA O DE PROCURACIÓN DE JUSTICIA.","nota":"(REFORMADO, P.O. 25 DE JUNIO DE 2010)","url":"https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-penal/articulo-192/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-penal/articulo-192.md"},"cita":"Artículo 192, Código Penal de Nuevo León (Nuevo León). Texto vigente, última reforma 15 jun 2026. https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-penal/articulo-192/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}