{"ley":{"id":"nuevo-leon/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Nuevo León","abreviatura":"CPNL","titulo":"Código Penal para el Estado de Nuevo León","jurisdiccion":"nuevo-leon","materia":"penal","publicacion_original":"1990-03-26","ultima_reforma":"2026-06-15","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Nuevo León","fuente":"H. Congreso del Estado de Nuevo León — Leyes","fuente_url":"https://www.hcnl.gob.mx/trabajo_legislativo/leyes/codigos/codigo_penal_para_el_estado_de_nuevo_leon/","archivo_url":"https://www.hcnl.gob.mx/trabajo_legislativo/leyes/pdf/CODIGO%20PENAL%20PARA%20EL%20ESTADO%20DE%20%20NUEVO%20LEON.pdf?2026-06-15","sha256":"440f28ca7515f63c35e5e9034086e843e126bed75f6d07dfe1067537607c3d76","descargado":"2026-10-07","url":"https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-penal/","notas_verificacion":["hcnl.gob.mx no responde desde este host (timeout). Archivo obtenido de la copia Wayback de la misma URL oficial (https://web.archive.org/web/20261007075212id_/https://www.hcnl.gob.mx/trabajo_legislativo/leyes/pdf/CODIGO%20PENAL%20PARA%20EL%20ESTADO%20DE%20%20NUEVO%20LEON.pdf?2026-06-15), capturada con Save Page Now el 20261007; la página oficial capturada el mismo día (https://web.archive.org/web/20261007075304id_/https://www.hcnl.gob.mx/trabajo_legislativo/leyes/codigos/codigo_penal_para_el_estado_de_nuevo_leon/) declara 'Última Reforma: 15 de Junio 2026'. La vigencia también se confirmó leyendo la página oficial en vivo vía r.jina.ai el 2026-10-07.","Transitorios: 211 bloques con texto; 12 encabezados de decreto sin texto transitorio en la fuente (p. ej. fe de erratas) no se incluyen como bloque.","conteo_indice usa pdftotext (extractor distinto) pero comparte la expresión regular de rótulos con el parser; no hay índice publicado en la fuente.","Art. 452: la fuente abre el artículo con comillas (“ARTÍCULO 452.- …”); el rótulo y la comilla de apertura se omiten en el texto y se conserva la de cierre. La nota *N. de E. sobre la invalidez (AI 188/2020) va en la nota del artículo.","Párrafos derogados que la fuente marca solo con una nota (p. ej. '(DEROGADO SEGUNDO PÁRRAFO, P.O. …)') quedan en la nota del artículo, no en el texto."]},"articulo":{"numero":"296","clave":"296","slug":"296","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO. PARTE ESPECIAL","TITULO DECIMO CUARTO. DELITOS CONTRA LA PAZ Y. SEGURIDAD DE LAS PERSONAS","CAPITULO II. ALLANAMIENTO DE MORADA"],"texto":"A LOS RESPONSABLES DEL DELITO DE ALLANAMIENTO DE MORADA SE LES APLICARA SANCIÓN DE SEIS MESES A CUATRO AÑOS DE PRISIÓN Y MULTA DE DIEZ A CIENTO CINCUENTA CUOTAS.\n\nA QUIEN ADEMÁS DE LOS SEÑALADO EN EL ARTÍCULO 295, SE INTRODUZCA O PERMANEZCA SIN PERMISO DE UNA PERSONA AUTORIZADA EN EL DOMICILIO DE UNA PERSONA JURÍDICA COLECTIVA, PÚBLICA O PRIVADA, DESPACHO PROFESIONAL U OFICINA, O EN ESTABLECIMIENTO MERCANTIL LOCAL ABIERTO AL PÚBLICO FUERA DE LAS HORAS DE APERTURA, SE LE IMPONDRÁ LA SANCIÓN PREVISTA EN EL PÁRRAFO ANTERIOR, ESTA MODALIDAD DEL DELITO DE ALLANAMIENTO SE PERSEGUIRÁ POR QUERELLA.\n\nTAMBIÉN SE PERSEGUIRÁ POR QUERELLA DE PARTE CUANDO EL ACTIVO DEL DELITO TENGA PARENTESCO POR CONSANGUINEIDAD O AFINIDAD CON EL OFENDIDO O VICTIMA HASTA EL TERCER GRADO.\n\nSI EL DELITO SE COMETE DE NOCHE O SI EL MEDIO EMPLEADO FUERE LA VIOLENCIA, LA PENALIDAD SE AUMENTARA HASTA UNA MITAD MÁS.","nota":"(REFORMADO, P.O. 26 DE DICIEMBRE DE 2016)","url":"https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-penal/articulo-296/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-penal/articulo-296.md"},"cita":"Artículo 296, Código Penal de Nuevo León (Nuevo León). Texto vigente, última reforma 15 jun 2026. https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-penal/articulo-296/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}