{"ley":{"id":"oaxaca/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Oaxaca","abreviatura":"CCOAX","titulo":"Código Civil para el Estado de Oaxaca","jurisdiccion":"oaxaca","materia":"civil","publicacion_original":"1944-11-25","ultima_reforma":"2026-08-01","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca","fuente":"H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca — Legislación estatal","fuente_url":"https://www.congresooaxaca.gob.mx/legislaciones/legislacion_estatal.html","archivo_url":"https://www.congresooaxaca.gob.mx/docs66.congresooaxaca.gob.mx/legislacion_estatal/Codigo_Civil_del_Estado_de_Oaxaca_(Ref_dto_1570_aprob_LXVI_Legis_7_julio_2026_PO_31_10a_secc_1_agosto_2026).pdf","sha256":"3de73a4909a0c188064dc167fc32cbd1e7e7ed97fc34266dd2a2cc0b7615a94f","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-civil/","notas_verificacion":["1403 notas de reforma entre paréntesis que el PDF parte en dos o más líneas se leen como una.","1 notas de reforma sin el paréntesis de cierre en la fuente se conservan así, literales (p. ej. '(Denominación del Capítulo III reformada mediante decreto número 1237,'…).","párrafo fuera de artículo omitido: 'Disposiciones Generales. Se deroga.'","85 notas de reforma impresas después de un encabezado (fuera de un artículo) no se asignan a ningún artículo.","número de artículo repetido en la fuente: 2517 (orden 2563 y 2663); el segundo se publica con clave '2517-dup2'","número de artículo repetido en la fuente: 2269 (orden 2315 y 2715); el segundo se publica con clave '2269-dup2'","huecos en la numeración base de los rótulos del texto fuente (1..2928): [338, 2617, 2669]","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (lista de Legislación estatal); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página («H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca», «LXVI Legislatura Constitucional», «DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA Y GACETA PARLAMENTARIA»), el pie «www.congresooaxaca.gob.mx» y el número de página.","Las notas de reforma que la fuente imprime entre paréntesis después del texto ('(Artículo reformado mediante Decreto Número …)') se conservan literales como párrafo propio del artículo; nota_reforma = null.","Rótulos 'Artículo 1°.-': se publica el número sin el ordinal ('1')."]},"articulo":{"numero":"1040","clave":"1040","slug":"1040","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO. De los bienes","TITULO QUINTO. Del usufructo, del uso y de la habitación","CAPITULO IV. De los modos de extinguirse el usufructo"],"texto":"El usufructo se extingue:\n\nI. Por muerte del usufructuario;\n\nII. Por vencimiento del plazo por el cual se constituyó;\n\nIII. Por cumplirse la condición impuesta en el título constitutivo para la cesación de este derecho;\n\nIV. Por la reunión del usufructo y de la propiedad en una misma persona; mas si la reunión se verifica en una sola cosa o parte de lo usufructuado, en lo demás subsistirá el usufructo;\n\nV. Por prescripción, conforme a lo prevenido respecto de los derechos reales;\n\nVI. Por la renuncia expresa del usufructuario, salvo lo dispuesto respecto de las renuncias hechas en fraude de los acreedores;\n\nVII. Por la pérdida total de la cosa que era objeto del usufructo. Si la destrucción no es total, el derecho continúa sobre lo que de la cosa haya quedado;\n\nVIII. Por la cesación del derecho del que constituyó el usufructo, cuando teniendo un dominio revocable, llega el caso de la revocación;\n\nIX. Por no dar fianza el usufructuario por título gratuito, dentro del plazo de sesenta días, contados a partir de la fecha de su constitución, si el dueño no le ha eximido de esa obligación.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-civil/articulo-1040/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-civil/articulo-1040.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"oaxaca/codigo-civil","numero":"1012","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-civil/articulo-1012/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"codigo-civil-federal","numero":"1038","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-civil-federal/articulo-1038/"},{"ley":"cdmx/codigo-civil","numero":"1038","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-1038/"},{"ley":"michoacan/codigo-civil","numero":"310","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/michoacan/codigo-civil/articulo-310/"},{"ley":"sonora/codigo-civil","numero":"1208","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-civil/articulo-1208/"},{"ley":"queretaro/codigo-civil","numero":"1028","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-1028/"}]}},"cita":"Artículo 1040, Código Civil de Oaxaca (Oaxaca). Texto vigente, última reforma 1 ago 2026. https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-civil/articulo-1040/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}