{"ley":{"id":"oaxaca/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Oaxaca","abreviatura":"CCOAX","titulo":"Código Civil para el Estado de Oaxaca","jurisdiccion":"oaxaca","materia":"civil","publicacion_original":"1944-11-25","ultima_reforma":"2026-08-01","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca","fuente":"H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca — Legislación estatal","fuente_url":"https://www.congresooaxaca.gob.mx/legislaciones/legislacion_estatal.html","archivo_url":"https://www.congresooaxaca.gob.mx/docs66.congresooaxaca.gob.mx/legislacion_estatal/Codigo_Civil_del_Estado_de_Oaxaca_(Ref_dto_1570_aprob_LXVI_Legis_7_julio_2026_PO_31_10a_secc_1_agosto_2026).pdf","sha256":"3de73a4909a0c188064dc167fc32cbd1e7e7ed97fc34266dd2a2cc0b7615a94f","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-civil/","notas_verificacion":["1403 notas de reforma entre paréntesis que el PDF parte en dos o más líneas se leen como una.","1 notas de reforma sin el paréntesis de cierre en la fuente se conservan así, literales (p. ej. '(Denominación del Capítulo III reformada mediante decreto número 1237,'…).","párrafo fuera de artículo omitido: 'Disposiciones Generales. Se deroga.'","85 notas de reforma impresas después de un encabezado (fuera de un artículo) no se asignan a ningún artículo.","número de artículo repetido en la fuente: 2517 (orden 2563 y 2663); el segundo se publica con clave '2517-dup2'","número de artículo repetido en la fuente: 2269 (orden 2315 y 2715); el segundo se publica con clave '2269-dup2'","huecos en la numeración base de los rótulos del texto fuente (1..2928): [338, 2617, 2669]","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (lista de Legislación estatal); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página («H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca», «LXVI Legislatura Constitucional», «DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA Y GACETA PARLAMENTARIA»), el pie «www.congresooaxaca.gob.mx» y el número de página.","Las notas de reforma que la fuente imprime entre paréntesis después del texto ('(Artículo reformado mediante Decreto Número …)') se conservan literales como párrafo propio del artículo; nota_reforma = null.","Rótulos 'Artículo 1°.-': se publica el número sin el ordinal ('1')."]},"articulo":{"numero":"24 Bis","clave":"24bis","slug":"24-bis","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO PRIMERO. De las personas","TITULO PRIMERO. De las personas físicas"],"texto":"La identidad es un derecho de las personas, será imprescriptible en términos de lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los Tratados Internacionales. Se consideran medios para acreditar la identidad aquellos documentos públicos ya sea en original o copia certificada, expedidos por autoridades competentes, de manera enunciativa y no limitativa los siguientes:\n\nI. En caso de menores de edad:\n\na) Acta de nacimiento.\n\nb) Carta de naturalización.\n\nc) Credencial con fotografía expedida por autoridades educativas que cuenten con autorización o reconocimiento de validez oficial.\n\nd) Clave Única de Registro de Población con datos biométricos\n\nII. En caso de los mayores de edad:\n\na) Credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral.\n\nb) Pasaporte.\n\nc) Matrícula consular mexicana.\n\nd) Licencia para conducir.\n\ne) Cartilla militar.\n\nf) Carta de naturalización.\n\ng) Derogado.\n\n(Artículo adicionado mediante decreto número 1413, aprobado por la LXIII Legislatura el 20 de marzo del 2018 y publicado en el Periódico Oficial Extra de fecha 11 de mayo del 2018)\n\n(Artículo reformado mediante decreto número 1570, aprobado por la LXVI Legislatura del Estado el 7 de julio del 2026 y publicado en el Periódico Oficial número 31 Décima Sección, de fecha 1 de agosto del 2026)","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-civil/articulo-24-bis/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-civil/articulo-24-bis.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"ley-de-migracion","numero":"36","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-migracion/articulo-36/"},{"ley":"ley-general-de-los-derechos-de-ninas-ninos-y-adolescentes","numero":"20","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-los-derechos-de-ninas-ninos-y-adolescentes/articulo-20/"},{"ley":"estado-de-mexico/codigo-civil","numero":"3.42","epigrafe":"Capacidad Legal","url":"https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-civil/articulo-3-42/"},{"ley":"ley-general-de-los-derechos-de-ninas-ninos-y-adolescentes","numero":"19","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-los-derechos-de-ninas-ninos-y-adolescentes/articulo-19/"},{"ley":"ley-de-nacionalidad","numero":"3","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-nacionalidad/articulo-3/"}]}},"cita":"Artículo 24 Bis, Código Civil de Oaxaca (Oaxaca). Texto vigente, última reforma 1 ago 2026. https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-civil/articulo-24-bis/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}