{"ley":{"id":"oaxaca/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Oaxaca","abreviatura":"CCOAX","titulo":"Código Civil para el Estado de Oaxaca","jurisdiccion":"oaxaca","materia":"civil","publicacion_original":"1944-11-25","ultima_reforma":"2026-08-01","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca","fuente":"H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca — Legislación estatal","fuente_url":"https://www.congresooaxaca.gob.mx/legislaciones/legislacion_estatal.html","archivo_url":"https://www.congresooaxaca.gob.mx/docs66.congresooaxaca.gob.mx/legislacion_estatal/Codigo_Civil_del_Estado_de_Oaxaca_(Ref_dto_1570_aprob_LXVI_Legis_7_julio_2026_PO_31_10a_secc_1_agosto_2026).pdf","sha256":"3de73a4909a0c188064dc167fc32cbd1e7e7ed97fc34266dd2a2cc0b7615a94f","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-civil/","notas_verificacion":["1403 notas de reforma entre paréntesis que el PDF parte en dos o más líneas se leen como una.","1 notas de reforma sin el paréntesis de cierre en la fuente se conservan así, literales (p. ej. '(Denominación del Capítulo III reformada mediante decreto número 1237,'…).","párrafo fuera de artículo omitido: 'Disposiciones Generales. Se deroga.'","85 notas de reforma impresas después de un encabezado (fuera de un artículo) no se asignan a ningún artículo.","número de artículo repetido en la fuente: 2517 (orden 2563 y 2663); el segundo se publica con clave '2517-dup2'","número de artículo repetido en la fuente: 2269 (orden 2315 y 2715); el segundo se publica con clave '2269-dup2'","huecos en la numeración base de los rótulos del texto fuente (1..2928): [338, 2617, 2669]","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (lista de Legislación estatal); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página («H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca», «LXVI Legislatura Constitucional», «DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA Y GACETA PARLAMENTARIA»), el pie «www.congresooaxaca.gob.mx» y el número de página.","Las notas de reforma que la fuente imprime entre paréntesis después del texto ('(Artículo reformado mediante Decreto Número …)') se conservan literales como párrafo propio del artículo; nota_reforma = null.","Rótulos 'Artículo 1°.-': se publica el número sin el ordinal ('1')."]},"articulo":{"numero":"44","clave":"44","slug":"44","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO PRIMERO. De las personas","TITULO CUARTO. Registro Civil","CAPITULO I. Disposiciones generales"],"texto":"Al asentar las actas en los formatos del Registro Civil, se observarán las prevenciones siguientes:\n\nI. Las actas se numerarán en orden progresivo y se colocarán una a continuación de otra, sin dejar entre ellas ningún formato en blanco;\n\nII. Tanto el número ordinal como el de las fechas o cualquier otro, se escribirán en cifras aritméticas y además en palabras, con excepción de la Clave Unica del Registro de Población o alguna otra que no forme parte del texto del acta;\n\nIII. No se emplearán abreviaturas al asentarse nombres de personas físicas;\n\nIV. No se hará raspadura alguna ni tampoco se permitirá borrar lo escrito. Cuando sea necesario testar alguna palabra se pasará sobre ella una línea de manera que quede legible. En el caso del Artículo 385 primer párrafo, la testadura se hará por completo advirtiéndose al final del acta la causa por que se ha hecho. La infracción de esta disposición se sancionará conforme lo establezcan las disposiciones normativas aplicables en la materia;\n\nV. Al fin de cada acta se salvará con toda claridad lo entrerrenglonado y testado;\n\nVI. Se deroga.\n\nVII. Extendida el acta, ésta será leída por el Oficial del Registro Civil a los interesados y testigos; la firmarán todos y si alguno no puede hacerlo imprimirá su huella en el espacio expresamente señalado en el formato. También se expresará que el acta fue leída y quedaron conformes los interesados con su contenido. El Oficial entregará un tanto del acta al interesado;\n\nVIII. Si alguno de los interesados quisiera imponerse por sí mismo del tenor del acta, podrá hacerlo, y si no supiere leer, uno de los testigos, designado por él leerá aquella y la firmará si el interesado no supiere hacerlo;\n\nIX. Los Apuntes dados por los interesados y los documentos que presenten se anotarán poniéndoles el número del acta y el sello del registro y se agregarán al apéndice respectivo.\n\n(Artículo reformado mediante decreto número 874, aprobado por la LXVI Legislatura del estado el 26 de noviembre del 2025 y publicado en el Periódico Oficial número 50 Décimo sexta sección, de fecha 13 de diciembre del 2025)","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-civil/articulo-44/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-civil/articulo-44.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"guerrero/codigo-civil","numero":"313","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-civil/articulo-313/"},{"ley":"guanajuato/codigo-civil","numero":"43","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-43/"},{"ley":"queretaro/codigo-civil","numero":"129","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-129/"},{"ley":"quintana-roo/codigo-civil","numero":"657","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-civil/articulo-657/"},{"ley":"oaxaca/codigo-civil","numero":"42","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-civil/articulo-42/"}]}},"cita":"Artículo 44, Código Civil de Oaxaca (Oaxaca). Texto vigente, última reforma 1 ago 2026. https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-civil/articulo-44/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}