{"ley":{"id":"oaxaca/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Oaxaca","abreviatura":"CCOAX","titulo":"Código Civil para el Estado de Oaxaca","jurisdiccion":"oaxaca","materia":"civil","publicacion_original":"1944-11-25","ultima_reforma":"2026-08-01","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca","fuente":"H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca — Legislación estatal","fuente_url":"https://www.congresooaxaca.gob.mx/legislaciones/legislacion_estatal.html","archivo_url":"https://www.congresooaxaca.gob.mx/docs66.congresooaxaca.gob.mx/legislacion_estatal/Codigo_Civil_del_Estado_de_Oaxaca_(Ref_dto_1570_aprob_LXVI_Legis_7_julio_2026_PO_31_10a_secc_1_agosto_2026).pdf","sha256":"3de73a4909a0c188064dc167fc32cbd1e7e7ed97fc34266dd2a2cc0b7615a94f","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-civil/","notas_verificacion":["1403 notas de reforma entre paréntesis que el PDF parte en dos o más líneas se leen como una.","1 notas de reforma sin el paréntesis de cierre en la fuente se conservan así, literales (p. ej. '(Denominación del Capítulo III reformada mediante decreto número 1237,'…).","párrafo fuera de artículo omitido: 'Disposiciones Generales. Se deroga.'","85 notas de reforma impresas después de un encabezado (fuera de un artículo) no se asignan a ningún artículo.","número de artículo repetido en la fuente: 2517 (orden 2563 y 2663); el segundo se publica con clave '2517-dup2'","número de artículo repetido en la fuente: 2269 (orden 2315 y 2715); el segundo se publica con clave '2269-dup2'","huecos en la numeración base de los rótulos del texto fuente (1..2928): [338, 2617, 2669]","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (lista de Legislación estatal); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página («H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca», «LXVI Legislatura Constitucional», «DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA Y GACETA PARLAMENTARIA»), el pie «www.congresooaxaca.gob.mx» y el número de página.","Las notas de reforma que la fuente imprime entre paréntesis después del texto ('(Artículo reformado mediante Decreto Número …)') se conservan literales como párrafo propio del artículo; nota_reforma = null.","Rótulos 'Artículo 1°.-': se publica el número sin el ordinal ('1')."]},"articulo":{"numero":"86","clave":"86","slug":"86","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO PRIMERO. De las personas","TITULO CUARTO. Registro Civil","CAPITULO IV. De las actas de adopción"],"texto":"Dictada la resolución judicial definitiva que autorice la adopción, el Juez dentro de los tres días siguientes a la ejecutoria de ésta, remitirá copia certificada al Oficial del Registro Civil que corresponda, a fin de que, con la comparecencia del adoptante o adoptantes, se asiente el acta respectiva.\n\n(Primer párrafo del artículo reformado mediante decreto número 1585, aprobado por la LXIII Legislatura del Estado Libre y Soberano de Oaxaca el 18de septiembre del 2018 y publicado en el Periódico Oficial número 45 Octava sección del 10 de noviembre del 2018)\n\nLa falta de registro de la adopción no deja a ésta sin efectos legales. A los responsables se les impondrá una multa de catorce hasta veintiocho veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente, que hará efectiva el Oficial del Registro Civil correspondiente.\n\n(Artículo reformado mediante decreto número 1530, aprobado por la LXIV Legislatura del Estado el 15 de julio del 2020 y publicada en el Periódico Oficial número 37 Sexta Sección del 12 de septiembre del 2020)","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-civil/articulo-86/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-civil/articulo-86.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"estado-de-mexico/codigo-civil","numero":"3.23","epigrafe":"Plazo y documentos para levantar el acta de adopción","url":"https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-civil/articulo-3-23/"},{"ley":"puebla/codigo-civil","numero":"585","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-civil/articulo-585/"},{"ley":"cdmx/codigo-civil","numero":"84","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-84/"},{"ley":"codigo-civil-federal","numero":"84","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-civil-federal/articulo-84/"},{"ley":"tabasco/codigo-civil","numero":"112","epigrafe":"Inscripción","url":"https://articuladomx.com/estados/tabasco/codigo-civil/articulo-112/"}]}},"cita":"Artículo 86, Código Civil de Oaxaca (Oaxaca). Texto vigente, última reforma 1 ago 2026. https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-civil/articulo-86/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}