{"ley":{"id":"oaxaca/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Oaxaca","abreviatura":"CPOAX","titulo":"Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca","jurisdiccion":"oaxaca","materia":"penal","publicacion_original":"1980-08-09","ultima_reforma":"2026-05-23","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca","fuente":"H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca — Legislación estatal","fuente_url":"https://www.congresooaxaca.gob.mx/legislaciones/legislacion_estatal.html","archivo_url":"https://www.congresooaxaca.gob.mx/docs66.congresooaxaca.gob.mx/legislacion_estatal/Codigo_Penal_para_el_Edo_de_Oax_(_Ref_dto_1494_aprob_por_la_LXVI_Legis_31_marzo_2026_PO_21_12a_secc_23_mayo_2026).pdf","sha256":"e9e70449e0f9b9c3c65d24f99f1238c83d9f2d1fd077300e7450d13f24c8c75a","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-penal/","notas_verificacion":["417 notas de reforma entre paréntesis que el PDF parte en dos o más líneas se leen como una.","19 notas de reforma sin el paréntesis de cierre en la fuente se conservan así, literales (p. ej. '(Título adicionado mediante decreto número 697, aprobado por la LXV Le'…).","46 notas de reforma impresas después de un encabezado (fuera de un artículo) no se asignan a ningún artículo.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (lista de Legislación estatal); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página («H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca», «LXVI Legislatura Constitucional», «DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA Y GACETA PARLAMENTARIA»), el pie «www.congresooaxaca.gob.mx» y el número de página.","Las notas de reforma que la fuente imprime entre paréntesis después del texto ('(Artículo reformado mediante Decreto Número …)') se conservan literales como párrafo propio del artículo; nota_reforma = null.","Rótulos 'Artículo 1°.-': se publica el número sin el ordinal ('1').","Rótulos con erratas de la fuente que se leen como rótulo: 'ARTÍCUILO 98 Bis.-', '240 BIS.-' (sin la palabra «ARTÍCULO») y 'ARTÍCULO 439.,-'."]},"articulo":{"numero":"406","clave":"406","slug":"406","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO.","TITULO VIGESIMO SEGUNDO.. Delitos contra el derecho a una vida libre de violencia","CAPITULO I BIS. Violencia Vicaria"],"texto":"En los casos previstos en este Título, el Ministerio Público apercibirá al inculpado para que se abstenga de ejecutar cualquier tipo de violencia contra la víctima y decretará, de inmediato, bajo su más estricta responsabilidad, las órdenes de protección o medidas precautorias, necesarias para salvaguardar la integridad física y psíquica de la víctima durante la integración de la carpeta de investigación y hasta la conclusión de ésta. No proceden los acuerdos reparatorios como mecanismo para terminar la contienda en los casos previstos en este Título.\n\n(Párrafo reformado mediante decreto número 1582 aprobado por la LXIII Legislatura el 18 de septiembre del 2018, publicado en el Periódico Oficial número 45 Séptima Sección el 30 de enero de 2016)\n\n(Párrafo reformado mediante decreto número 1527 aprobado por la LXIV Legislatura del Estado el 15 de julio del 2020, publicado en el Periódico Oficial número 35 Quinta Sección el 29 de agosto del 2020)\n\nEn caso de determinarse el ejercicio de la acción penal, el Ministerio Público solicitará al Juez la confirmación, ampliación o cancelación, en su caso, de las órdenes de protección o medidas precautorias referidas en el párrafo que antecede, quién deberá resolver lo conducente sin dilación.\n\n(Artículo reformado mediante decreto número 1372, aprobado el 10 de diciembre de 2015 y publicado en el Periódico Oficial número 5 Cuarta Sección el 30 de enero de 2016)\n\nEn caso de tratarse de que el ejercicio de la acción penal recaiga sobre un hombre, este deberá ser canalizado al Centro de Reeducación para Hombres que Ejercen Violencia contra las Mujeres, medida que en ningún caso excederá del tiempo impuesto en la pena de prisión independientemente de las sanciones que correspondan por cualquier otro delito.\n\n(Artículo reformado mediante decreto número 734, aprobado por la LXIV Legislatura del Estado el 31 de julio del 2019 y publicado en el Periódico Oficial número 36 Cuarta Sección del 7 de septiembre del 2019)","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-penal/articulo-406/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-penal/articulo-406.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"hidalgo/codigo-penal","numero":"243 Sextus","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-penal/articulo-243-sextus/"},{"ley":"chiapas/codigo-penal","numero":"201","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-penal/articulo-201/"},{"ley":"tabasco/codigo-penal","numero":"208 Bis 2","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tabasco/codigo-penal/articulo-208-bis-2/"},{"ley":"cdmx/codigo-penal","numero":"202","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-penal/articulo-202/"},{"ley":"queretaro/codigo-penal","numero":"144 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-penal/articulo-144-bis/"}]}},"cita":"Artículo 406, Código Penal de Oaxaca (Oaxaca). Texto vigente, última reforma 23 may 2026. https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-penal/articulo-406/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}