{"ley":{"id":"oaxaca/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Oaxaca","abreviatura":"CPOAX","titulo":"Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca","jurisdiccion":"oaxaca","materia":"penal","publicacion_original":"1980-08-09","ultima_reforma":"2026-05-23","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca","fuente":"H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca — Legislación estatal","fuente_url":"https://www.congresooaxaca.gob.mx/legislaciones/legislacion_estatal.html","archivo_url":"https://www.congresooaxaca.gob.mx/docs66.congresooaxaca.gob.mx/legislacion_estatal/Codigo_Penal_para_el_Edo_de_Oax_(_Ref_dto_1494_aprob_por_la_LXVI_Legis_31_marzo_2026_PO_21_12a_secc_23_mayo_2026).pdf","sha256":"e9e70449e0f9b9c3c65d24f99f1238c83d9f2d1fd077300e7450d13f24c8c75a","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-penal/","notas_verificacion":["417 notas de reforma entre paréntesis que el PDF parte en dos o más líneas se leen como una.","19 notas de reforma sin el paréntesis de cierre en la fuente se conservan así, literales (p. ej. '(Título adicionado mediante decreto número 697, aprobado por la LXV Le'…).","46 notas de reforma impresas después de un encabezado (fuera de un artículo) no se asignan a ningún artículo.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (lista de Legislación estatal); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página («H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca», «LXVI Legislatura Constitucional», «DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA Y GACETA PARLAMENTARIA»), el pie «www.congresooaxaca.gob.mx» y el número de página.","Las notas de reforma que la fuente imprime entre paréntesis después del texto ('(Artículo reformado mediante Decreto Número …)') se conservan literales como párrafo propio del artículo; nota_reforma = null.","Rótulos 'Artículo 1°.-': se publica el número sin el ordinal ('1').","Rótulos con erratas de la fuente que se leen como rótulo: 'ARTÍCUILO 98 Bis.-', '240 BIS.-' (sin la palabra «ARTÍCULO») y 'ARTÍCULO 439.,-'."]},"articulo":{"numero":"412","clave":"412","slug":"412","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO.","TITULO VIGESIMO SEGUNDO.. Delitos contra el derecho a una vida libre de violencia","CAPÍTULO III. Feminicidio"],"texto":"A quien cometa el delito de feminicidio se le impondrá una sanción de cincuenta a sesenta años de prisión y multa de quinientos a mil veces el valor diario de la unidad de medida y actualización.\n\n(Párrafo reformado mediante decreto número 1626, aprobado por la LXIII Legislatura el 25 de septiembre del 2018 y publicado en el Periódico Oficial Número 45 Novena Sección del 10 de noviembre del 2018)\n\nSi entre el activo y la víctima existió una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, adopción, matrimonio, concubinato, relación de convivencia, noviazgo, amistad, laboral, docente, tutela, o cualquier otra que implique confianza, además de la pena que le corresponda, se le impondrá hasta un tercio más de la misma; además el sujeto activo en su caso, perderá la patria potestad, tutela, guarda y custodia, régimen de visitas y convivencias, el derecho de alimentos que le correspondiere por su relación con la víctima y el derecho que pudiere tener respecto de los bienes de ella.\n\n(Párrafo reformado mediante decreto número 1470, aprobado por la LXIII Legislatura el 15 de abril del 2018 y publicado en el Periódico Oficial Número 24 Segunda Sección del 16 de junio del 2018)\n\n(Párrafo reformado mediante decreto número 1626, aprobado por la LXIII Legislatura el 25 de septiembre del 2018 y publicado en el Periódico Oficial Número 45 Novena Sección del 10 de noviembre del 2018)\n\nCuando el sujeto activo se encuentre en servicio o se haya desempeñado dentro de los cinco años anteriores a la comisión del delito como servidor público integrante de las corporaciones de seguridad pública, de las instituciones de procuración e impartición de justicia o de las fuerzas armadas, se impondrá hasta dos tercios más de la pena impuesta.\n\n(Párrafo reformado mediante decreto número 1626, aprobado por la LXIII Legislatura el 25 de septiembre del 2018 y publicado en el Periódico Oficial Número 45 Novena Sección del 10 de noviembre del 2018)\n\nAsimismo, a quien dolosamente en el ejercicio de una función pública propicie, promueva o tolere la impunidad; así como omita, retarde o entorpezca la investigación, persecución y sanción del delito contemplado en este capítulo, se le impondrá pena de prisión de tres a ocho años y de quinientos a mil quinientos días multa, además será destituido e inhabilitado de tres a diez años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión en el servicio público.\n\n(Párrafo adicionado mediante decreto número 1470, aprobado por la LXIII Legislatura el 15 de abril del 2018 y publicado en el Periódico Oficial Número 24 Segunda Sección del 16 de junio del 2018)\n\nCuando la víctima sea niña, adolescente, persona adulta mayor, personas con discapacidad, se encuentre embarazada o el hecho se cometa frente a cualquier ofendido o víctima indirecta, además de la pena impuesta, ésta aumentará hasta un tercio más.\n\n(Párrafo adicionado mediante decreto número 1470, aprobado por la LXIII Legislatura el 15 de abril del 2018 y publicado en el Periódico Oficial Número 24 Segunda Sección del 16 de junio del 2018)\n\nEn caso de no tener elementos suficientes del feminicidio, se judicalizará por el delito de homicidio simple o calificado, según lo determine el Ministerio Público.\n\n(Párrafo adicionado mediante decreto número 1470, aprobado por la LXIII Legislatura el 15 de abril del 2018 y publicado en el Periódico Oficial Número 24 Segunda Sección del 16 de junio del 2018)","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-penal/articulo-412/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-penal/articulo-412.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"jalisco/codigo-penal","numero":"232-Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/jalisco/codigo-penal/articulo-232-bis/"},{"ley":"puebla/codigo-penal","numero":"338 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-penal/articulo-338-bis/"},{"ley":"oaxaca/codigo-penal","numero":"196","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-penal/articulo-196/"},{"ley":"coahuila/codigo-penal","numero":"188","epigrafe":"Tipo penal complementado de feminicidio","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-188/"},{"ley":"tamaulipas/codigo-penal","numero":"353","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/articulo-353/"}]}},"cita":"Artículo 412, Código Penal de Oaxaca (Oaxaca). Texto vigente, última reforma 23 may 2026. https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-penal/articulo-412/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}