{"ley":{"id":"puebla/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Puebla","abreviatura":"CCPUE","titulo":"Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla","jurisdiccion":"puebla","materia":"civil","publicacion_original":"1985-04-30","ultima_reforma":"2025-10-17","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Puebla","fuente":"H. Congreso del Estado de Puebla — Legislación (Códigos)","fuente_url":"https://www.congresopuebla.gob.mx/index.php?option=com_docman&task=cat_view&gid=23","archivo_url":"https://www.congresopuebla.gob.mx/index.php?option=com_docman&task=doc_download&gid=6011&Itemid=","sha256":"848c7b329868e238ed881f87f3aac3aeecf56fe7519dcf5455aef60b86237d89","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-civil/","notas_verificacion":["art. 61: llamada de nota 14 sin nota al pie en la fuente","art. 450: llamada de nota 122 sin nota al pie en la fuente","art. 452: llamada de nota 125 sin nota al pie en la fuente","art. 3329: llamada de nota 477 sin nota al pie en la fuente","art. 3347: llamada de nota 479 sin nota al pie en la fuente","9 notas al pie referidas a encabezados (denominación de libro, título, capítulo o sección) no se asignan a ningún artículo","huecos en la numeración base de los rótulos del texto fuente (1..3550): [879]","Fuente única: el PDF oficial del Congreso (no hay versión Word). Los párrafos se arman con los bloques del PDF y el margen derecho del texto justificado; se omiten el encabezado y el número de página.","Las notas de reforma de la fuente son notas al pie (llamada en superíndice, p. ej. 'Artículo 7²'); la llamada se quita del texto y la nota va en nota_reforma del artículo.","La portada de la fuente advierte: 'El contenido del presente ordenamiento es de carácter informativo. La fuente original es la publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla.'","4 notas al pie fuera del articulado (transitorios) no se asignan a artículos"]},"articulo":{"numero":"298","clave":"298","slug":"298","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO. FAMILIA","CAPÍTULO II. MATRIMONIO","SECCIÓN PRIMERA. GENERALIDADES"],"texto":"Son aplicables al concubinato las siguientes disposiciones:\n\nI. Los concubinos se deben mutuamente alimentos, en los mismos casos, términos y proporciones que la Ley señala para los cónyuges, mientras perdure su unión;\n\nII. El concubinato termina por muerte de uno de los concubinos, por voluntad de uno o ambos, o por cualquier otra causa que implique la cesación de la vida en común;\n\nIII. La terminación del concubinato o cesación de la vida en común, no origina derecho a reclamación alguna entre los concubinos, y\n\nIV. Los concubinos están obligados a coadyuvar de manera equitativa en el cuidado y la educación de sus menores hijos, así como en el mantenimiento del hogar, sin importar si realizan actividades diferentes al cuidado del hogar y si obtienen un sueldo o ganancias con motivo de las mismas.","nota":"Artículo reformado el 14/sep/1998.\n\nFracción reformada el 10/nov/2020.","url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-civil/articulo-298/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-civil/articulo-298.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"puebla/codigo-civil","numero":"415","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-civil/articulo-415/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"puebla/codigo-civil","numero":"493","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-civil/articulo-493/"},{"ley":"estado-de-mexico/codigo-civil","numero":"4.129","epigrafe":"Reglas sobre alimentos entre concubinos y los hijos.","url":"https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-civil/articulo-4-129/"},{"ley":"sonora/codigo-civil","numero":"1711","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-civil/articulo-1711/"},{"ley":"queretaro/codigo-civil","numero":"273","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-273/"},{"ley":"codigo-civil-federal","numero":"1635","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-civil-federal/articulo-1635/"}]}},"cita":"Artículo 298, Código Civil de Puebla (Puebla). Texto vigente, última reforma 17 oct 2025. https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-civil/articulo-298/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}