{"ley":{"id":"puebla/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Puebla","abreviatura":"CCPUE","titulo":"Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla","jurisdiccion":"puebla","materia":"civil","publicacion_original":"1985-04-30","ultima_reforma":"2025-10-17","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Puebla","fuente":"H. Congreso del Estado de Puebla — Legislación (Códigos)","fuente_url":"https://www.congresopuebla.gob.mx/index.php?option=com_docman&task=cat_view&gid=23","archivo_url":"https://www.congresopuebla.gob.mx/index.php?option=com_docman&task=doc_download&gid=6011&Itemid=","sha256":"848c7b329868e238ed881f87f3aac3aeecf56fe7519dcf5455aef60b86237d89","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-civil/","notas_verificacion":["art. 61: llamada de nota 14 sin nota al pie en la fuente","art. 450: llamada de nota 122 sin nota al pie en la fuente","art. 452: llamada de nota 125 sin nota al pie en la fuente","art. 3329: llamada de nota 477 sin nota al pie en la fuente","art. 3347: llamada de nota 479 sin nota al pie en la fuente","9 notas al pie referidas a encabezados (denominación de libro, título, capítulo o sección) no se asignan a ningún artículo","huecos en la numeración base de los rótulos del texto fuente (1..3550): [879]","Fuente única: el PDF oficial del Congreso (no hay versión Word). Los párrafos se arman con los bloques del PDF y el margen derecho del texto justificado; se omiten el encabezado y el número de página.","Las notas de reforma de la fuente son notas al pie (llamada en superíndice, p. ej. 'Artículo 7²'); la llamada se quita del texto y la nota va en nota_reforma del artículo.","La portada de la fuente advierte: 'El contenido del presente ordenamiento es de carácter informativo. La fuente original es la publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla.'","4 notas al pie fuera del articulado (transitorios) no se asignan a artículos"]},"articulo":{"numero":"3116","clave":"3116","slug":"3116","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEXTO. SUCESIONES","CAPÍTULO V. LIBRE TESTAMENTIFACCIÓN Y TESTAMENTOS INOFICIOSOS"],"texto":"En el caso de hijos póstumos son aplicables las siguientes disposiciones:\n\nI. El nacimiento del hijo póstumo, a que se refiere la fracción I del artículo anterior, que sea preterido en el testamento de su padre, deja sin efecto ese testamento, debiéndose transmitir los bienes de aquél, según las disposiciones legales que regulan la sucesión legítima, a menos que el testador hubiese dispuesto expresamente refiriéndose al póstumo mismo, que es su voluntad que éste no lo herede; y,\n\nII. Por el nacimiento de los hijos póstumos, a que se refiere la fracción II del artículo anterior, caduca y queda sin efecto el testamento hecho por su padre o madre, y se considerará que ésta o aquél, en su caso murieron ab intestato.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-civil/articulo-3116/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-civil/articulo-3116.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"jalisco/codigo-civil","numero":"2707","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/jalisco/codigo-civil/articulo-2707/"},{"ley":"coahuila/codigo-civil","numero":"847","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/articulo-847/"},{"ley":"chihuahua/codigo-civil","numero":"1281","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-civil/articulo-1281/"},{"ley":"guanajuato/codigo-civil","numero":"2633","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-2633/"},{"ley":"codigo-civil-federal","numero":"1377","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-civil-federal/articulo-1377/"}]}},"cita":"Artículo 3116, Código Civil de Puebla (Puebla). Texto vigente, última reforma 17 oct 2025. https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-civil/articulo-3116/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}