{"ley":{"id":"puebla/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Puebla","abreviatura":"CCPUE","titulo":"Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla","jurisdiccion":"puebla","materia":"civil","publicacion_original":"1985-04-30","ultima_reforma":"2025-10-17","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Puebla","fuente":"H. 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Los párrafos se arman con los bloques del PDF y el margen derecho del texto justificado; se omiten el encabezado y el número de página.","Las notas de reforma de la fuente son notas al pie (llamada en superíndice, p. ej. 'Artículo 7²'); la llamada se quita del texto y la nota va en nota_reforma del artículo.","La portada de la fuente advierte: 'El contenido del presente ordenamiento es de carácter informativo. La fuente original es la publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla.'","4 notas al pie fuera del articulado (transitorios) no se asignan a artículos"]},"articulo":{"numero":"692","clave":"692","slug":"692","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO. FAMILIA","CAPÍTULO XI. TUTELA","SECCIÓN SEXTA. IMPEDIMENTOS, REMOCIÓN Y EXCUSAS DE LA TUTELA"],"texto":"No pueden ser tutores, aunque estén anuentes en recibir el cargo:\n\nI. Los menores de edad;\n\nII. Los mayores de edad que se encuentren bajo tutela;\n\nIII. Los que hayan sido separados de otra tutela, por la causa establecida en la fracción III del artículo siguiente;\n\nIV. Los que por sentencia que cause ejecutoria hayan sido privados de este cargo o inhabilitados para obtenerlo;\n\nV. Los que hayan sido condenados o estén procesados por delitos contra la propiedad o por delitos infamantes;\n\nVI. Los que no tengan oficio o modo de vivir honesto o sean notoriamente de mala conducta;\n\nVII. Los que al discernirse la tutela, tengan pleito pendiente con el incapacitado;\n\nVIII. Los deudores del incapacitado, en cantidad considerable, a juicio del Juez, a no ser que quien lo nombró tutor testamentario lo haya hecho con conocimiento de la deuda, declarándolo así expresamente al hacer el nombramiento;\n\nIX. Los jueces, magistrados y demás funcionarios o empleados de la administración de justicia;\n\nX. Los que no estén domiciliados en el lugar en que deba ejercerse la tutela;\n\nXI. Los empleados del Fisco, que por razón de su destino tengan responsabilidad pecuniaria actual, o la hayan tenido y no la hubieren cubierto;\n\nXII. Los que padezcan enfermedad crónica contagiosa;\n\nXIII. Los demás a quienes lo prohíba la ley.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-civil/articulo-692/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-civil/articulo-692.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"puebla/codigo-civil","numero":"693","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-civil/articulo-693/"},{"ley":"puebla/codigo-civil","numero":"695","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-civil/articulo-695/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"jalisco/codigo-civil","numero":"654","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/jalisco/codigo-civil/articulo-654/"},{"ley":"chihuahua/codigo-civil","numero":"480","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-civil/articulo-480/"},{"ley":"cdmx/codigo-civil","numero":"503","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-503/"},{"ley":"queretaro/codigo-civil","numero":"503","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-503/"},{"ley":"nuevo-leon/codigo-civil","numero":"503","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-civil/articulo-503/"}]}},"cita":"Artículo 692, Código Civil de Puebla (Puebla). Texto vigente, última reforma 17 oct 2025. https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-civil/articulo-692/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}