{"ley":{"id":"puebla/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Puebla","abreviatura":"CPPUE","titulo":"Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla","jurisdiccion":"puebla","materia":"penal","publicacion_original":"1986-12-23","ultima_reforma":"2025-12-15","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Puebla","fuente":"H. Congreso del Estado de Puebla — Legislación (Códigos)","fuente_url":"https://www.congresopuebla.gob.mx/index.php?option=com_docman&task=cat_view&gid=23","archivo_url":"https://www.congresopuebla.gob.mx/index.php?option=com_docman&task=doc_download&gid=5928&Itemid=","sha256":"47b98cd5c3a8dcc6c75f914ca253f48b06943de2137a359f1c9aec0b6a9491b2","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-penal/","notas_verificacion":["64 notas al pie referidas a encabezados (denominación de libro, título, capítulo o sección) no se asignan a ningún artículo","La portada del documento oficial dice '16 DE JUNIO DE 2026' (fecha de actualización de la compilación); el decreto más reciente que reproduce la fuente se publicó el 2025-12-15 ('publicado en el Periódico Oficial del Estado, el lunes 15 de diciembre de 2025'). Se usa este como última reforma y la portada como fecha de corte.","Fuente única: el PDF oficial del Congreso (no hay versión Word). Los párrafos se arman con los bloques del PDF y el margen derecho del texto justificado; se omiten el encabezado y el número de página.","Las notas de reforma de la fuente son notas al pie (llamada en superíndice, p. ej. 'Artículo 7²'); la llamada se quita del texto y la nota va en nota_reforma del artículo.","La portada de la fuente advierte: 'El contenido del presente ordenamiento es de carácter informativo. La fuente original es la publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla.'","7 notas al pie fuera del articulado (transitorios) no se asignan a artículos"]},"articulo":{"numero":"304 Quater","clave":"304quater","slug":"304-quater","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO DELITOS EN PARTICULAR","CAPÍTULO DÉCIMO CUARTO. DELITOS CONTRA LA PAZ, LA SEGURIDAD Y LAS GARANTÍAS DE LAS PERSONAS","SECCIÓN SÉPTIMA. VIOLENCIA EN EVENTOS DEPORTIVOS O DE ESPECTÁCULO"],"texto":"Comete el delito de violencia en eventos deportivos o de espectáculo quien, sin ser juez, jugador o parte del cuerpo técnico de los equipos contendientes en eventos deportivos que se lleven a cabo conforme la normativa de los organismos rectores del deporte, o quien, en otro tipo de espectáculo, encontrándose en el interior de los recintos donde se celebre el evento, en sus instalaciones anexas, en sus inmediaciones o en los medios de transporte organizados para acudir a los mismos, realice cualquiera de las siguientes conductas:\n\nI.- Lance objetos contundentes que por sus características pongan en riesgo la salud o la integridad de las personas. En este supuesto, se impondrán de seis meses a dos años de prisión y multa de cinco a treinta Unidades de Medida y Actualización;\n\nII.- Ingrese sin autorización a los terrenos de juego o áreas del desarrollo del espectáculo y agreda a las personas o cause daños materiales, y se le sancionará de seis meses a tres años de prisión y multa de diez a cuarenta Unidades de Medida y Actualización;\n\nIII.- Participe activamente en riñas, lo que se sancionará de seis meses a cuatro años de prisión y multa de diez a sesenta Unidades de Medida y Actualización;\n\nIV.- Incite o genere violencia; se considera incitador a quien dolosamente determine a otro u otros para que participen en riñas o agresiones físicas a las personas o los bienes;\n\nV.- Cause daños materiales en los bienes muebles o inmuebles que se encuentren en el propio recinto deportivo o del espectáculo, en sus instalaciones anexas o en las inmediaciones; o\n\nVI.- Introduzca al recinto o a sus instalaciones anexas, armas de fuego, explosivos o cualquier arma prohibida en términos de las leyes aplicables.\n\nA quien incurra en las conductas previstas en las fracciones IV, V y VI de este artículo, se le impondrá de dos a cuatro años de prisión y multa de veinte a noventa Unidades de Medida y Actualización.\n\nLas personas que, directa o indirectamente, realicen las conductas previstas en este artículo serán puestas inmediatamente a disposición de las autoridades competentes, para que se investigue su comisión o participación en el hecho y se garantice la reparación del daño.","nota":"Artículo adicionado el 04/ago/2016.\n\nFracción reformada el 3/nov/2021.\n\nFracción reformada el 3/nov/2021.\n\nFracción reformada el 3/nov/2021.\n\nPárrafo reformado el 3/nov/2021.","url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-penal/articulo-304-quater/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-penal/articulo-304-quater.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"puebla/codigo-penal","numero":"304 Quinquies","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-penal/articulo-304-quinquies/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"jalisco/codigo-penal","numero":"124-Ter","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/jalisco/codigo-penal/articulo-124-ter/"},{"ley":"puebla/codigo-penal","numero":"294","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-penal/articulo-294/"},{"ley":"hidalgo/codigo-penal","numero":"243 Quáter","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-penal/articulo-243-quater/"},{"ley":"queretaro/codigo-civil","numero":"1698","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-1698/"},{"ley":"guanajuato/codigo-civil","numero":"1307","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-1307/"}]}},"cita":"Artículo 304 Quater, Código Penal de Puebla (Puebla). Texto vigente, última reforma 15 dic 2025. https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-penal/articulo-304-quater/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}