{"ley":{"id":"puebla/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Puebla","abreviatura":"CPPUE","titulo":"Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla","jurisdiccion":"puebla","materia":"penal","publicacion_original":"1986-12-23","ultima_reforma":"2025-12-15","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Puebla","fuente":"H. Congreso del Estado de Puebla — Legislación (Códigos)","fuente_url":"https://www.congresopuebla.gob.mx/index.php?option=com_docman&task=cat_view&gid=23","archivo_url":"https://www.congresopuebla.gob.mx/index.php?option=com_docman&task=doc_download&gid=5928&Itemid=","sha256":"47b98cd5c3a8dcc6c75f914ca253f48b06943de2137a359f1c9aec0b6a9491b2","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-penal/","notas_verificacion":["64 notas al pie referidas a encabezados (denominación de libro, título, capítulo o sección) no se asignan a ningún artículo","La portada del documento oficial dice '16 DE JUNIO DE 2026' (fecha de actualización de la compilación); el decreto más reciente que reproduce la fuente se publicó el 2025-12-15 ('publicado en el Periódico Oficial del Estado, el lunes 15 de diciembre de 2025'). Se usa este como última reforma y la portada como fecha de corte.","Fuente única: el PDF oficial del Congreso (no hay versión Word). Los párrafos se arman con los bloques del PDF y el margen derecho del texto justificado; se omiten el encabezado y el número de página.","Las notas de reforma de la fuente son notas al pie (llamada en superíndice, p. ej. 'Artículo 7²'); la llamada se quita del texto y la nota va en nota_reforma del artículo.","La portada de la fuente advierte: 'El contenido del presente ordenamiento es de carácter informativo. La fuente original es la publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla.'","7 notas al pie fuera del articulado (transitorios) no se asignan a artículos"]},"articulo":{"numero":"347","clave":"347","slug":"347","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO DELITOS EN PARTICULAR","CAPÍTULO DÉCIMO SEXTO. DELITOS DE PELIGRO","SECCIÓN SEGUNDA. ABANDONO DE PERSONAS"],"texto":"Al que, sin motivo justificado, abandonare a quien tiene derecho de recibir alimentos de éste, sin recursos para atender sus necesidades de subsistencia, se le impondrán de seis meses a cuatro años de prisión o de noventa a trescientas sesenta Unidades de Medida y Actualización y suspensión o pérdida de los derechos de familia.\n\nPara los efectos de este artículo, se tendrá por consumado el delito aun cuando él o los acreedores alimentarios se dejen al cuidado o reciban ayuda de un tercero.","nota":"Artículo reformado el 02/sep/1998 y el 04/ene/2012.\n\nPárrafo reformado el 3/nov/2021.","url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-penal/articulo-347/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-penal/articulo-347.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"chihuahua/codigo-penal","numero":"188","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-penal/articulo-188/"},{"ley":"guanajuato/codigo-penal","numero":"215","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-penal/articulo-215/"},{"ley":"cdmx/codigo-penal","numero":"193","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-penal/articulo-193/"},{"ley":"jalisco/codigo-penal","numero":"183","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/jalisco/codigo-penal/articulo-183/"},{"ley":"ley-general-de-salud","numero":"464 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-salud/articulo-464-bis/"}]}},"cita":"Artículo 347, Código Penal de Puebla (Puebla). Texto vigente, última reforma 15 dic 2025. https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-penal/articulo-347/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}