{"ley":{"id":"puebla/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Puebla","abreviatura":"CPPUE","titulo":"Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla","jurisdiccion":"puebla","materia":"penal","publicacion_original":"1986-12-23","ultima_reforma":"2025-12-15","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Puebla","fuente":"H. Congreso del Estado de Puebla — Legislación (Códigos)","fuente_url":"https://www.congresopuebla.gob.mx/index.php?option=com_docman&task=cat_view&gid=23","archivo_url":"https://www.congresopuebla.gob.mx/index.php?option=com_docman&task=doc_download&gid=5928&Itemid=","sha256":"47b98cd5c3a8dcc6c75f914ca253f48b06943de2137a359f1c9aec0b6a9491b2","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-penal/","notas_verificacion":["64 notas al pie referidas a encabezados (denominación de libro, título, capítulo o sección) no se asignan a ningún artículo","La portada del documento oficial dice '16 DE JUNIO DE 2026' (fecha de actualización de la compilación); el decreto más reciente que reproduce la fuente se publicó el 2025-12-15 ('publicado en el Periódico Oficial del Estado, el lunes 15 de diciembre de 2025'). Se usa este como última reforma y la portada como fecha de corte.","Fuente única: el PDF oficial del Congreso (no hay versión Word). Los párrafos se arman con los bloques del PDF y el margen derecho del texto justificado; se omiten el encabezado y el número de página.","Las notas de reforma de la fuente son notas al pie (llamada en superíndice, p. ej. 'Artículo 7²'); la llamada se quita del texto y la nota va en nota_reforma del artículo.","La portada de la fuente advierte: 'El contenido del presente ordenamiento es de carácter informativo. La fuente original es la publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla.'","7 notas al pie fuera del articulado (transitorios) no se asignan a artículos"]},"articulo":{"numero":"357","clave":"357","slug":"357","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO DELITOS EN PARTICULAR","CAPÍTULO DÉCIMO SÉPTIMO. DELITOS CONTRA EL HONOR Y LA DIGNIDAD","SECCIÓN SEGUNDA. DISCRIMINACIÓN"],"texto":"Se aplicarán prisión de uno a tres años y de cien a quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización de multa a todo aquél que, por razón del origen étnico o nacional, raza, género, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, preferencias sexuales, apariencia física, estado civil, creencia religiosa, ideología política, embarazo, trabajo o profesión, opiniones expresadas o cualquier otra que atente contra los derechos y la dignidad humana, la libertad o la igualdad:\n\nI.- Provoque o incite al odio o a la violencia;\n\nII.- Niegue a una persona un servicio o una prestación a la que tenga derecho. Para los efectos de esta fracción, se considera que toda persona tiene derecho a los servicios o prestaciones que se ofrecen al público en general;\n\nIII.- Veje o excluya persona alguna o grupo de personas; y\n\nIV.- Niegue o restrinja derechos laborales de cualquier tipo. Al servidor público que por las razones previstas en el primer párrafo de este artículo, niegue o retarde a una persona un trámite, servicio o prestación al que tenga derecho, se le aumentará en una mitad la pena prevista en este numeral, además se le impondrá destitución e inhabilitación para el desempeño de cualquier cargo, empleo o comisión públicos, por el mismo lapso de la privación de la libertad impuesta.\n\nCuando la conducta sea cometida en contra de médicos, cirujanos, personal de enfermería y demás profesionales similares y auxiliares, del sector privado o público del área de la salud, durante el periodo que comprenda la declaración de una emergencia sanitaria, la pena de prisión incrementará de tres a seis años.\n\nNo serán consideradas discriminatorias todas aquellas medidas tendientes a la protección de los grupos socialmente desfavorecidos.\n\nEste delito se perseguirá por querella de la parte ofendida.","nota":"Artículo reformado el 02/sep/1998, el 23/mar/2007, derogado el 23/feb/2011 y reformado el 27/jul/2012.\n\nPárrafo reformado el 13/oct/2020 y el 23/jun/2022.\n\nPárrafo reformado el 14/jul/2020.\n\nPárrafo reformado el 14/jul/2020.\n\nPárrafo adicionado el 14/jul/2020.","url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-penal/articulo-357/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-penal/articulo-357.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"puebla/codigo-penal","numero":"357 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-penal/articulo-357-bis/"},{"ley":"puebla/codigo-penal","numero":"358","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-penal/articulo-358/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"baja-california/codigo-penal","numero":"160 Ter","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-160-ter/"},{"ley":"cdmx/codigo-penal","numero":"206","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-penal/articulo-206/"},{"ley":"puebla/codigo-penal","numero":"228 Quater","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-penal/articulo-228-quater/"},{"ley":"estado-de-mexico/codigo-penal","numero":"211","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-penal/articulo-211/"},{"ley":"codigo-penal-federal","numero":"149 Ter","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-penal-federal/articulo-149-ter/"}]}},"cita":"Artículo 357, Código Penal de Puebla (Puebla). Texto vigente, última reforma 15 dic 2025. https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-penal/articulo-357/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}