{"ley":{"id":"queretaro/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Querétaro","abreviatura":"CCQRO","titulo":"Código Civil del Estado de Querétaro","jurisdiccion":"queretaro","materia":"civil","publicacion_original":"2009-10-02","ultima_reforma":"2025-03-07","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga»","fuente":"Poder Legislativo del Estado de Querétaro — Biblioteca «Manuel Septién y Septién» (Códigos)","fuente_url":"https://site.legislaturaqueretaro.gob.mx/CloudPLQ/InvEst/Codigos/","archivo_url":"https://site.legislaturaqueretaro.gob.mx/CloudPLQ/InvEst/Codigos/COD-ID-02.pdf","sha256":"a99bca54143a18827dcc6b0ea00a88a56ebf950abaa8d99d75a046ec52fe4e16","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/","notas_verificacion":["rótulos sin punto en la fuente, reconocidos por la mayúscula que sigue: ['139', '449', '494', '729', '2009']","Texto tomado del PDF oficial (no hay versión Word); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco en el PDF. Se omite la «Ficha Genealógica» inicial (tabla de reformas).","Las notas de reforma que la fuente imprime dentro del párrafo ('(Ref. P. O. No. 39, 27-V-22)') se conservan literales en el texto; nota_reforma = null.","La fuente advierte que solo la edición impresa del Periódico Oficial «La Sombra de Arteaga» tiene carácter oficial; este es el texto compilado por el Poder Legislativo del Estado."]},"articulo":{"numero":"1903","clave":"1903","slug":"1903","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["Libro Cuarto. De las obligaciones","Primera Parte. De las obligaciones en general","Título Segundo. Modalidades de las obligaciones","Capítulo Quinto. De las obligaciones de dar"],"texto":"En los casos en que la obligación de dar cosa cierta, importe la traslación de la propiedad de esa cosa y se pierde o deteriora en poder del deudor, se observarán las reglas siguientes:\n\nI. Si la pérdida fue por culpa del deudor, éste responderá al acreedor por el valor de la cosa y por los daños y perjuicios;\n\nII. Si la cosa se deteriorare por culpa del deudor, el acreedor puede optar por la rescisión del contrato y el pago de daños y perjuicios o recibir la cosa en el estado que se encuentre y exigir la reducción del precio y el pago de daños y perjuicios;\n\nIII. Si la cosa se perdiere por culpa del acreedor, el deudor queda libre de la obligación;\n\nIV. Si se deteriorare por culpa del acreedor, éste tiene obligación de recibir la cosa en el estado en que se halle; y\n\nV. Si la cosa se pierde por caso fortuito o de fuerza mayor, la obligación queda sin efecto y el dueño sufre la pérdida, a menos que otra cosa se haya convenido.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-1903/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-1903.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"cdmx/codigo-civil","numero":"2017","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-2017/"},{"ley":"guanajuato/codigo-civil","numero":"1505","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-1505/"},{"ley":"codigo-civil-federal","numero":"2017","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-civil-federal/articulo-2017/"},{"ley":"chihuahua/codigo-civil","numero":"1900","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-civil/articulo-1900/"},{"ley":"sonora/codigo-civil","numero":"2192","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-civil/articulo-2192/"}]}},"cita":"Artículo 1903, Código Civil de Querétaro (Querétaro). Texto vigente, última reforma 7 mar 2025. https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-1903/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}