{"ley":{"id":"queretaro/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Querétaro","abreviatura":"CCQRO","titulo":"Código Civil del Estado de Querétaro","jurisdiccion":"queretaro","materia":"civil","publicacion_original":"2009-10-02","ultima_reforma":"2025-03-07","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga»","fuente":"Poder Legislativo del Estado de Querétaro — Biblioteca «Manuel Septién y Septién» (Códigos)","fuente_url":"https://site.legislaturaqueretaro.gob.mx/CloudPLQ/InvEst/Codigos/","archivo_url":"https://site.legislaturaqueretaro.gob.mx/CloudPLQ/InvEst/Codigos/COD-ID-02.pdf","sha256":"a99bca54143a18827dcc6b0ea00a88a56ebf950abaa8d99d75a046ec52fe4e16","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/","notas_verificacion":["rótulos sin punto en la fuente, reconocidos por la mayúscula que sigue: ['139', '449', '494', '729', '2009']","Texto tomado del PDF oficial (no hay versión Word); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco en el PDF. Se omite la «Ficha Genealógica» inicial (tabla de reformas).","Las notas de reforma que la fuente imprime dentro del párrafo ('(Ref. P. O. No. 39, 27-V-22)') se conservan literales en el texto; nota_reforma = null.","La fuente advierte que solo la edición impresa del Periódico Oficial «La Sombra de Arteaga» tiene carácter oficial; este es el texto compilado por el Poder Legislativo del Estado."]},"articulo":{"numero":"1944","clave":"1944","slug":"1944","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["Libro Cuarto. De las obligaciones","Primera Parte. De las obligaciones en general","Título Tercero. De la transmisión de las obligaciones","Capítulo Tercero. De la subrogación"],"texto":"La subrogación se verifica por ministerio de ley y sin necesidad de declaración alguna de los interesados:\n\nI. Cuando el que es acreedor pagó a otro acreedor preferente;\n\nII. Cuando el que paga tiene interés jurídico en el cumplimiento de la obligación;\n\nIII. Cuando un heredero pagó con sus bienes propios alguna deuda de la herencia; y\n\nIV. Cuando el que adquiere un inmueble paga a un acreedor que tiene sobre él un crédito anterior a la adquisición.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-1944/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-1944.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"codigo-civil-federal","numero":"2058","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-civil-federal/articulo-2058/"},{"ley":"cdmx/codigo-civil","numero":"2058","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-2058/"},{"ley":"chihuahua/codigo-civil","numero":"1941","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-civil/articulo-1941/"},{"ley":"guanajuato/codigo-civil","numero":"1549","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-1549/"},{"ley":"baja-california/codigo-civil","numero":"1933","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-1933/"}]}},"cita":"Artículo 1944, Código Civil de Querétaro (Querétaro). Texto vigente, última reforma 7 mar 2025. https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-1944/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}