{"ley":{"id":"queretaro/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Querétaro","abreviatura":"CCQRO","titulo":"Código Civil del Estado de Querétaro","jurisdiccion":"queretaro","materia":"civil","publicacion_original":"2009-10-02","ultima_reforma":"2025-03-07","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga»","fuente":"Poder Legislativo del Estado de Querétaro — Biblioteca «Manuel Septién y Septién» (Códigos)","fuente_url":"https://site.legislaturaqueretaro.gob.mx/CloudPLQ/InvEst/Codigos/","archivo_url":"https://site.legislaturaqueretaro.gob.mx/CloudPLQ/InvEst/Codigos/COD-ID-02.pdf","sha256":"a99bca54143a18827dcc6b0ea00a88a56ebf950abaa8d99d75a046ec52fe4e16","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/","notas_verificacion":["rótulos sin punto en la fuente, reconocidos por la mayúscula que sigue: ['139', '449', '494', '729', '2009']","Texto tomado del PDF oficial (no hay versión Word); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco en el PDF. Se omite la «Ficha Genealógica» inicial (tabla de reformas).","Las notas de reforma que la fuente imprime dentro del párrafo ('(Ref. P. O. No. 39, 27-V-22)') se conservan literales en el texto; nota_reforma = null.","La fuente advierte que solo la edición impresa del Periódico Oficial «La Sombra de Arteaga» tiene carácter oficial; este es el texto compilado por el Poder Legislativo del Estado."]},"articulo":{"numero":"223","clave":"223","slug":"223","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["Libro Primero. De las personas","Título Sexto. De la familia","Capítulo Noveno. De los matrimonios nulos o ilícitos"],"texto":"La acción que nace de esta clase de nulidad, puede ejercitarse por cualquiera de los cónyuges y por el Ministerio Público. (Ref. P. O. No. 64, 30-XI-16)\n\nLa acción de nulidad que nace del adulterio, podrá deducirse por el cónyuge ofendido o por el Ministerio Público en el caso de disolución del matrimonio anterior por causa de divorcio y sólo por el Ministerio Público si este matrimonio se ha disuelto por muerte del cónyuge ofendido.\n\nEn uno y en otro caso, la acción debe intentarse dentro de los seis meses siguientes a la celebración del matrimonio de los adúlteros.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-223/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-223.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"baja-california/codigo-civil","numero":"240","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-240/"},{"ley":"nuevo-leon/codigo-civil","numero":"243","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-civil/articulo-243/"},{"ley":"codigo-civil-federal","numero":"243","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-civil-federal/articulo-243/"},{"ley":"estado-de-mexico/codigo-civil","numero":"4.74","epigrafe":"Legitimación para deducir la nulidad por un matrimonio anterior","url":"https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-civil/articulo-4-74/"},{"ley":"guanajuato/codigo-civil","numero":"300","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-300/"}]}},"cita":"Artículo 223, Código Civil de Querétaro (Querétaro). Texto vigente, última reforma 7 mar 2025. https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-223/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}