{"ley":{"id":"queretaro/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Querétaro","abreviatura":"CCQRO","titulo":"Código Civil del Estado de Querétaro","jurisdiccion":"queretaro","materia":"civil","publicacion_original":"2009-10-02","ultima_reforma":"2025-03-07","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga»","fuente":"Poder Legislativo del Estado de Querétaro — Biblioteca «Manuel Septién y Septién» (Códigos)","fuente_url":"https://site.legislaturaqueretaro.gob.mx/CloudPLQ/InvEst/Codigos/","archivo_url":"https://site.legislaturaqueretaro.gob.mx/CloudPLQ/InvEst/Codigos/COD-ID-02.pdf","sha256":"a99bca54143a18827dcc6b0ea00a88a56ebf950abaa8d99d75a046ec52fe4e16","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/","notas_verificacion":["rótulos sin punto en la fuente, reconocidos por la mayúscula que sigue: ['139', '449', '494', '729', '2009']","Texto tomado del PDF oficial (no hay versión Word); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco en el PDF. Se omite la «Ficha Genealógica» inicial (tabla de reformas).","Las notas de reforma que la fuente imprime dentro del párrafo ('(Ref. P. O. No. 39, 27-V-22)') se conservan literales en el texto; nota_reforma = null.","La fuente advierte que solo la edición impresa del Periódico Oficial «La Sombra de Arteaga» tiene carácter oficial; este es el texto compilado por el Poder Legislativo del Estado."]},"articulo":{"numero":"2313","clave":"2313","slug":"2313","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["Libro Cuarto. De las obligaciones","Segunda Parte. De las diversas especies de contratos","Título Sexto. Del arrendamiento","Capítulo Segundo. De los derechos y obligaciones del arrendador"],"texto":"Corresponde al arrendador pagar las mejoras hechas por el arrendatario:\n\nI. Si en el contrato o posteriormente, lo autorizó para hacerlas y se obligó a pagarlas;\n\nII. Si se trata de mejoras útiles y por culpa del arrendador se rescindiere el contrato; y\n\nIII. Cuando el contrato fuere por tiempo indeterminado, si el arrendador autorizó al arrendatario para que hiciera mejoras y antes de que transcurra el tiempo necesario para que el arrendatario quede compensado con el uso de las mejoras de los gastos que hizo, da el arrendador por concluido el arrendamiento.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-2313/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-2313.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"queretaro/codigo-civil","numero":"2314","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-2314/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"codigo-civil-federal","numero":"2423","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-civil-federal/articulo-2423/"},{"ley":"chihuahua/codigo-civil","numero":"2322","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-civil/articulo-2322/"},{"ley":"guanajuato/codigo-civil","numero":"1921","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-1921/"},{"ley":"sonora/codigo-civil","numero":"2693","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-civil/articulo-2693/"},{"ley":"coahuila/codigo-civil","numero":"2860","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/articulo-2860/"}]}},"cita":"Artículo 2313, Código Civil de Querétaro (Querétaro). Texto vigente, última reforma 7 mar 2025. https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-2313/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}