{"ley":{"id":"queretaro/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Querétaro","abreviatura":"CCQRO","titulo":"Código Civil del Estado de Querétaro","jurisdiccion":"queretaro","materia":"civil","publicacion_original":"2009-10-02","ultima_reforma":"2025-03-07","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga»","fuente":"Poder Legislativo del Estado de Querétaro — Biblioteca «Manuel Septién y Septién» (Códigos)","fuente_url":"https://site.legislaturaqueretaro.gob.mx/CloudPLQ/InvEst/Codigos/","archivo_url":"https://site.legislaturaqueretaro.gob.mx/CloudPLQ/InvEst/Codigos/COD-ID-02.pdf","sha256":"a99bca54143a18827dcc6b0ea00a88a56ebf950abaa8d99d75a046ec52fe4e16","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/","notas_verificacion":["rótulos sin punto en la fuente, reconocidos por la mayúscula que sigue: ['139', '449', '494', '729', '2009']","Texto tomado del PDF oficial (no hay versión Word); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco en el PDF. Se omite la «Ficha Genealógica» inicial (tabla de reformas).","Las notas de reforma que la fuente imprime dentro del párrafo ('(Ref. P. O. No. 39, 27-V-22)') se conservan literales en el texto; nota_reforma = null.","La fuente advierte que solo la edición impresa del Periódico Oficial «La Sombra de Arteaga» tiene carácter oficial; este es el texto compilado por el Poder Legislativo del Estado."]},"articulo":{"numero":"2494","clave":"2494","slug":"2494","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["Libro Cuarto. De las obligaciones","Segunda Parte. De las diversas especies de contratos","Título Noveno. Del mandato","Capítulo Sexto. De los diversos modos de terminar el mandato"],"texto":"El mandante puede revocar el mandato cuando y como le parezca; menos en aquellos casos en que su otorgamiento se hubiere estipulado como una condición en un contrato bilateral o como un medio para cumplir una obligación contraída.\n\nEn estos casos, tampoco puede el mandatario renunciar el poder.\n\nLa parte que revoque o renuncie el mandato en tiempo inoportuno, debe indemnizar a la otra de los daños y perjuicios que le cause.\n\nEl mandato irrevocable no termina por la muerte del mandante, salvo lo dispuesto en el artículo siguiente.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-2494/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-2494.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"sonora/codigo-civil","numero":"2877","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-civil/articulo-2877/"},{"ley":"baja-california/codigo-civil","numero":"2470","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-2470/"},{"ley":"codigo-civil-federal","numero":"2596","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-civil-federal/articulo-2596/"},{"ley":"cdmx/codigo-civil","numero":"2596","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-2596/"},{"ley":"hidalgo/codigo-civil","numero":"2586","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-civil/articulo-2586/"}]}},"cita":"Artículo 2494, Código Civil de Querétaro (Querétaro). Texto vigente, última reforma 7 mar 2025. https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-2494/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}