{"ley":{"id":"queretaro/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Querétaro","abreviatura":"CCQRO","titulo":"Código Civil del Estado de Querétaro","jurisdiccion":"queretaro","materia":"civil","publicacion_original":"2009-10-02","ultima_reforma":"2025-03-07","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga»","fuente":"Poder Legislativo del Estado de Querétaro — Biblioteca «Manuel Septién y Septién» (Códigos)","fuente_url":"https://site.legislaturaqueretaro.gob.mx/CloudPLQ/InvEst/Codigos/","archivo_url":"https://site.legislaturaqueretaro.gob.mx/CloudPLQ/InvEst/Codigos/COD-ID-02.pdf","sha256":"a99bca54143a18827dcc6b0ea00a88a56ebf950abaa8d99d75a046ec52fe4e16","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/","notas_verificacion":["rótulos sin punto en la fuente, reconocidos por la mayúscula que sigue: ['139', '449', '494', '729', '2009']","Texto tomado del PDF oficial (no hay versión Word); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco en el PDF. Se omite la «Ficha Genealógica» inicial (tabla de reformas).","Las notas de reforma que la fuente imprime dentro del párrafo ('(Ref. P. O. No. 39, 27-V-22)') se conservan literales en el texto; nota_reforma = null.","La fuente advierte que solo la edición impresa del Periódico Oficial «La Sombra de Arteaga» tiene carácter oficial; este es el texto compilado por el Poder Legislativo del Estado."]},"articulo":{"numero":"305","clave":"305","slug":"305","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["Libro Primero. De las personas","Título Séptimo. Del parentesco, los alimentos y la violencia familiar","Capítulo Segundo. De los alimentos"],"texto":"Cesa la obligación de dar alimentos:\n\nI. Cuando el que la tiene carece de medios para cumplirla;\n\nII. Cuando el alimentista deja de necesitar los alimentos;\n\nIII. En caso de injuria, falta o daños graves inferidos por el alimentista contra el que debe prestarlos, salvo que se trate de menores cuyo deudor alimentario sea el padre o la madre o quien ejerza la patria potestad;\n\nIV. Cuando la necesidad de los alimentos dependa de la conducta viciosa o de la falta de aplicación al trabajo del alimentista, mientras subsistan esas causas, salvo que se trate de menores cuyo deudor alimentario sea el padre o la madre o quien ejerza la patria potestad; y\n\nV. Si el alimentista, sin consentimiento del que debe dar los alimentos, abandona la casa de éste por causas injustificadas.\n\nCuando el alimentista cumpla la mayoría de edad y no se encuentre en los supuestos del párrafo segundo del artículo 293 de este Código. (Adición P. O. No. 29, 8-VI-12)","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-305/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-305.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"codigo-civil-federal","numero":"320","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-civil-federal/articulo-320/"},{"ley":"chihuahua/codigo-civil","numero":"297","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-civil/articulo-297/"},{"ley":"jalisco/codigo-civil","numero":"451","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/jalisco/codigo-civil/articulo-451/"},{"ley":"baja-california/codigo-civil","numero":"317","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-317/"},{"ley":"guanajuato/codigo-civil","numero":"374","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-374/"}]}},"cita":"Artículo 305, Código Civil de Querétaro (Querétaro). Texto vigente, última reforma 7 mar 2025. https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-305/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}