{"ley":{"id":"queretaro/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Querétaro","abreviatura":"CCQRO","titulo":"Código Civil del Estado de Querétaro","jurisdiccion":"queretaro","materia":"civil","publicacion_original":"2009-10-02","ultima_reforma":"2025-03-07","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga»","fuente":"Poder Legislativo del Estado de Querétaro — Biblioteca «Manuel Septién y Septién» (Códigos)","fuente_url":"https://site.legislaturaqueretaro.gob.mx/CloudPLQ/InvEst/Codigos/","archivo_url":"https://site.legislaturaqueretaro.gob.mx/CloudPLQ/InvEst/Codigos/COD-ID-02.pdf","sha256":"a99bca54143a18827dcc6b0ea00a88a56ebf950abaa8d99d75a046ec52fe4e16","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/","notas_verificacion":["rótulos sin punto en la fuente, reconocidos por la mayúscula que sigue: ['139', '449', '494', '729', '2009']","Texto tomado del PDF oficial (no hay versión Word); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco en el PDF. Se omite la «Ficha Genealógica» inicial (tabla de reformas).","Las notas de reforma que la fuente imprime dentro del párrafo ('(Ref. P. O. No. 39, 27-V-22)') se conservan literales en el texto; nota_reforma = null.","La fuente advierte que solo la edición impresa del Periódico Oficial «La Sombra de Arteaga» tiene carácter oficial; este es el texto compilado por el Poder Legislativo del Estado."]},"articulo":{"numero":"494 Bis","clave":"494bis","slug":"494-bis","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["Libro Primero. De las personas","Título Décimo. De la tutela y la curaduría","Capítulo Quinto. De la tutela legítima de los menores desamparados y de los acogidos por alguna persona o depositados en instituciones de asistencia pública o privada (Ref. P. O. No. 19, 31-III-11)"],"texto":"Toda persona o institución de asistencia pública o privada que acoja a un menor, deberá notificarlo a la Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia del Estado, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes al acogimiento. (Ref. P. O. No. 19, 31-III-11)\n\nCuando un menor sea puesto a disposición de la Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia del Estado, ésta, dentro de los cuarenta y cinco días naturales siguientes al momento en que el menor sea puesto a su disposición, publicará un edicto, por única ocasión, en un periódico de mayor circulación en la Entidad, haciéndolo saber a posibles interesados, incluyendo los datos personales del menor si son conocidos, en caso de desconocerlos, se hará su descripción física y se publicarán los datos que se conozcan y que pudieran identificarlo. (Ref. P. O. No. 19, 31-III-11)","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-494-bis/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-494-bis.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"queretaro/codigo-civil","numero":"409","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-409/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"codigo-nacional-de-procedimientos-civiles-y-familiares","numero":"217","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-civiles-y-familiares/articulo-217/"},{"ley":"ley-general-de-los-derechos-de-ninas-ninos-y-adolescentes","numero":"30 Bis 6","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-los-derechos-de-ninas-ninos-y-adolescentes/articulo-30-bis-6/"},{"ley":"codigo-nacional-de-procedimientos-civiles-y-familiares","numero":"559","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-civiles-y-familiares/articulo-559/"},{"ley":"codigo-nacional-de-procedimientos-penales","numero":"325","epigrafe":"Extinción de la acción penal por incumplimiento del plazo","url":"https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-penales/articulo-325/"},{"ley":"ley-federal-de-procedimiento-contencioso-administrativo","numero":"56","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-procedimiento-contencioso-administrativo/articulo-56/"}]}},"cita":"Artículo 494 Bis, Código Civil de Querétaro (Querétaro). Texto vigente, última reforma 7 mar 2025. https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-494-bis/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}