{"ley":{"id":"queretaro/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Querétaro","abreviatura":"CCQRO","titulo":"Código Civil del Estado de Querétaro","jurisdiccion":"queretaro","materia":"civil","publicacion_original":"2009-10-02","ultima_reforma":"2025-03-07","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga»","fuente":"Poder Legislativo del Estado de Querétaro — Biblioteca «Manuel Septién y Septién» (Códigos)","fuente_url":"https://site.legislaturaqueretaro.gob.mx/CloudPLQ/InvEst/Codigos/","archivo_url":"https://site.legislaturaqueretaro.gob.mx/CloudPLQ/InvEst/Codigos/COD-ID-02.pdf","sha256":"a99bca54143a18827dcc6b0ea00a88a56ebf950abaa8d99d75a046ec52fe4e16","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/","notas_verificacion":["rótulos sin punto en la fuente, reconocidos por la mayúscula que sigue: ['139', '449', '494', '729', '2009']","Texto tomado del PDF oficial (no hay versión Word); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco en el PDF. Se omite la «Ficha Genealógica» inicial (tabla de reformas).","Las notas de reforma que la fuente imprime dentro del párrafo ('(Ref. P. O. No. 39, 27-V-22)') se conservan literales en el texto; nota_reforma = null.","La fuente advierte que solo la edición impresa del Periódico Oficial «La Sombra de Arteaga» tiene carácter oficial; este es el texto compilado por el Poder Legislativo del Estado."]},"articulo":{"numero":"503","clave":"503","slug":"503","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["Libro Primero. De las personas","Título Décimo. De la tutela y la curaduría","Capítulo Séptimo. De las personas inhábiles para el desempeño de la tutela y de las que deben ser separadas de ella"],"texto":"No pueden ser tutores, aunque estén anuentes a recibir el cargo:\n\nI. Los menores de edad;\n\nII. Los mayores de edad que se encuentren bajo tutela;\n\nIII. Los que hayan sido removidos de otra tutela por haberse conducido mal, ya respecto de la persona, ya respecto de la administración de los bienes del incapacitado;\n\nIV. Los que por sentencia que cause ejecutoria hayan sido condenados a la privación de este cargo o a la inhabilitación para obtenerlo;\n\nV. El que haya sido condenado por robo, abuso de confianza, fraude o por delito contra la honestidad;\n\nVI. Los que no tengan oficio o modo honesto y conocido de vivir o sean notoriamente de mala conducta;\n\nVII. Los que al conferírseles el cargo, tengan pleito pendiente con el incapacitado;\n\nVIII. Los deudores del incapacitado en cantidad considerable, a juicio del juez, a no ser que el que nombre tutor testamentario lo haya hecho con conocimiento de la deuda, declarándolo así expresamente al hacer el nombramiento;\n\nIX. Los jueces, magistrados y demás funcionarios o empleados de la administración de justicia;\n\nX. El que no esté domiciliado en el lugar en que deba ejercer la tutela;\n\nXI. Los empleados públicos dependientes de las oficinas de hacienda o finanzas, federales, estatales o municipales, que por razón de su cargo tengan responsabilidad pecuniaria actual o la hayan tenido y no la hubieran cubierto;\n\nXII. El que padezca enfermedad crónica contagiosa; y\n\nXIII. Los demás a quienes lo prohíba la ley.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-503/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-503.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"queretaro/codigo-civil","numero":"504","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-504/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"codigo-civil-federal","numero":"503","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-civil-federal/articulo-503/"},{"ley":"guanajuato/codigo-civil","numero":"557","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-557/"},{"ley":"cdmx/codigo-civil","numero":"503","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-503/"},{"ley":"chihuahua/codigo-civil","numero":"480","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-civil/articulo-480/"},{"ley":"jalisco/codigo-civil","numero":"654","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/jalisco/codigo-civil/articulo-654/"}]}},"cita":"Artículo 503, Código Civil de Querétaro (Querétaro). Texto vigente, última reforma 7 mar 2025. https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-503/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}