{"ley":{"id":"queretaro/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Querétaro","abreviatura":"CPQRO","titulo":"Código Penal para el Estado de Querétaro","jurisdiccion":"queretaro","materia":"penal","publicacion_original":"1987-07-23","ultima_reforma":"2026-07-15","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga»","fuente":"Poder Legislativo del Estado de Querétaro — Biblioteca «Manuel Septién y Septién» (Códigos)","fuente_url":"https://site.legislaturaqueretaro.gob.mx/CloudPLQ/InvEst/Codigos/","archivo_url":"https://site.legislaturaqueretaro.gob.mx/CloudPLQ/InvEst/Codigos/COD-ID-07.pdf","sha256":"7ddbfd13dc1c1007317e7ed98ce09ca90350a55e7769d80a6a6a538a7ccdec5b","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-penal/","notas_verificacion":["Texto tomado del PDF oficial (no hay versión Word); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco en el PDF. Se omite la «Ficha Genealógica» inicial (tabla de reformas).","Las notas de reforma que la fuente imprime dentro del párrafo ('(Ref. P. O. No. 39, 27-V-22)') se conservan literales en el texto; nota_reforma = null.","La fuente advierte que solo la edición impresa del Periódico Oficial «La Sombra de Arteaga» tiene carácter oficial; este es el texto compilado por el Poder Legislativo del Estado."]},"articulo":{"numero":"210","clave":"210","slug":"210","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO","PARTE ESPECIAL","TÍTULO ÚNICO. DELITOS CONTRA LA FAMILIA","CAPÍTULO I. INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DE ASISTENCIA FAMILIAR"],"texto":"Al que sin motivo justificado incumpla con sus obligaciones alimenticias en favor de las personas con las que tenga ese deber legal, se le impondrá prisión de 1 a 5 años, suspensión hasta por seis meses o privación de los derechos de familia, en relación con el ofendido y pago, como reparación del daño, de las cantidades no suministradas oportunamente. Los concubinos quedan comprendidos en las disposiciones de este párrafo. (Ref. P. O. No. 28, 12-VI-13)\n\nPara efecto de la reparación del daño, cuando no sea posible demostrar los ingresos del deudor alimentario, el monto de la obligación alimentaria se determinará con base a la capacidad económica y nivel de vida que el deudor y los acreedores alimentarios hayan tenido en el año previo al incumplimiento. (Ref. P. O. No. 14, 7-III-12)","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-penal/articulo-210/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-penal/articulo-210.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"queretaro/codigo-penal","numero":"211","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-penal/articulo-211/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"baja-california/codigo-penal","numero":"235","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-235/"},{"ley":"guanajuato/codigo-penal","numero":"215","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-penal/articulo-215/"},{"ley":"cdmx/codigo-penal","numero":"193","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-penal/articulo-193/"},{"ley":"hidalgo/codigo-penal","numero":"230","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-penal/articulo-230/"},{"ley":"chihuahua/codigo-penal","numero":"188","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-penal/articulo-188/"}]}},"cita":"Artículo 210, Código Penal de Querétaro (Querétaro). Texto vigente, última reforma 15 jul 2026. https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-penal/articulo-210/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}