{"ley":{"id":"queretaro/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Querétaro","abreviatura":"CPQRO","titulo":"Código Penal para el Estado de Querétaro","jurisdiccion":"queretaro","materia":"penal","publicacion_original":"1987-07-23","ultima_reforma":"2026-07-15","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga»","fuente":"Poder Legislativo del Estado de Querétaro — Biblioteca «Manuel Septién y Septién» (Códigos)","fuente_url":"https://site.legislaturaqueretaro.gob.mx/CloudPLQ/InvEst/Codigos/","archivo_url":"https://site.legislaturaqueretaro.gob.mx/CloudPLQ/InvEst/Codigos/COD-ID-07.pdf","sha256":"7ddbfd13dc1c1007317e7ed98ce09ca90350a55e7769d80a6a6a538a7ccdec5b","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-penal/","notas_verificacion":["Texto tomado del PDF oficial (no hay versión Word); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco en el PDF. Se omite la «Ficha Genealógica» inicial (tabla de reformas).","Las notas de reforma que la fuente imprime dentro del párrafo ('(Ref. P. O. No. 39, 27-V-22)') se conservan literales en el texto; nota_reforma = null.","La fuente advierte que solo la edición impresa del Periódico Oficial «La Sombra de Arteaga» tiene carácter oficial; este es el texto compilado por el Poder Legislativo del Estado."]},"articulo":{"numero":"34","clave":"34","slug":"34","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO PRIMERO","TÍTULO TERCERO. PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD","SUBTÍTULO PRIMERO. DE LAS PENAS","CAPÍTULO V. MULTA"],"texto":"La multa consiste en el pago de una cantidad de dinero al Estado, que se fijará por días multa, los cuales no podrán exceder de setecientos cincuenta, salvo los casos que la propia ley señale. El día multa equivale a la percepción neta diaria del inculpado en el momento de consumar el delito, tomando en cuenta todas sus percepciones. Para los efectos de este Código, el límite inferior del día multa será el equivalente al valor diario de la UMA vigente en el momento en que se consumó el delito. (Ref. P. O. No. 26, 28-III-18)\n\nPor lo que toca al delito continuado se atenderá al valor diario de la UMA en el momento consumativo de la última conducta; para el permanente, se considerará el valor diario de la UMA en vigor en el momento en que cesó la consumación. (Ref. P. O. No. 26, 28-III-18)\n\nCuando se acredite que el sentenciado no puede pagar la multa o solamente puede cubrir parte de ella, el órgano jurisdiccional podrá substituirla total o parcialmente por prestación de trabajo a favor de la comunidad. (Ref. P. O. No. 34, 17-VI-11)\n\nCada jornada de trabajo saldará un día multa. Cuando no sea posible o conveniente la substitución de la multa por la prestación de servicios, el órgano jurisdiccional podrá colocar al sentenciado en libertad bajo vigilancia que no excederá del número de días multa substituidos. (Ref. P. O. No. 34, 17-VI-11)\n\nSi el sentenciado se negare sin causa justificada a cubrir el importe de la multa, el Estado la exigirá mediante el procedimiento económico-coactivo.\n\nLa autoridad a quien corresponda el cobro de la multa, podrá fijar plazos para el pago de ésta.\n\nEn cualquier tiempo podrá cubrirse el importe de la multa descontándose de ésta, la parte proporcional a las jornadas de trabajo prestado en favor de la comunidad, o al tiempo de prisión que el reo hubiere cumplido, tratándose de la multa substitutiva de la pena privativa de libertad, caso en el cual la equivalencia será a razón de un día multa por día de prisión.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-penal/articulo-34/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-penal/articulo-34.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"codigo-penal-federal","numero":"29","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-penal-federal/articulo-29/"},{"ley":"estado-de-mexico/codigo-penal","numero":"24","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-penal/articulo-24/"},{"ley":"chihuahua/codigo-penal","numero":"41","epigrafe":"De la multa","url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-penal/articulo-41/"},{"ley":"baja-california/codigo-penal","numero":"29","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-29/"},{"ley":"morelos/codigo-penal","numero":"35","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-penal/articulo-35/"}]}},"cita":"Artículo 34, Código Penal de Querétaro (Querétaro). Texto vigente, última reforma 15 jul 2026. https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-penal/articulo-34/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}