{"ley":{"id":"quintana-roo/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Quintana Roo","abreviatura":"CCQROO","titulo":"Código Civil para el Estado de Quintana Roo","jurisdiccion":"quintana-roo","materia":"civil","publicacion_original":"1980-10-08","ultima_reforma":"2026-10-14","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo","fuente":"H. Congreso del Estado de Quintana Roo — Códigos Estatales","fuente_url":"https://www.congresoqroo.gob.mx/codigos/2","archivo_url":"https://documentos.congresoqroo.gob.mx/codigos/C2-XVIII-14102026-20261016T153718-C1820261014263-(1).pdf","sha256":"fa59437dfc0823b8fac6d7b80839965b7b5830684de9f34d2408b63d399a90ce","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-civil/","notas_verificacion":["Las notas de reforma de un encabezado ('Capítulo adicionado POE 19-07-2017', 'Denominación reformada POE …') no se asignan a ningún artículo.","68 rótulos de artículo impresos sin línea en blanco antes (bajo un encabezado o una nota) abren su propio párrafo.","38 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","1 encabezados impresos sin su rótulo ('DE LA PRELACION', sin 'CAPÍTULO …') se toman como encabezado de los artículos que siguen.","número de artículo repetido en la fuente: 1178 (orden 1216 y 1416); el segundo se publica con clave '1178-dup2'","número de artículo repetido en la fuente: 2009 (orden 2047 y 2949); el segundo se publica con clave '2009-dup2'","huecos en la numeración base de los rótulos del texto fuente (1..3207): [1378, 2909]","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (versión vigente de la línea de tiempo de reformas); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código y «Página N de M»).","Las notas de reforma que la fuente imprime después del texto ('Artículo reformado POE 23-06-2016') se conservan literales como párrafo propio del artículo; nota_reforma = null.","Rótulos 'ARTICULO 1°.-': se publica el número sin el ordinal ('1')."]},"articulo":{"numero":"799","clave":"799","slug":"799","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO TERCERO","SEGUNDA PARTE ESPECIAL. Del Derecho de Familia","TÍTULO PRIMERO. Del Matrimonio","CAPÍTULO SÉPTIMO. Del Divorcio"],"texto":"La persona cónyuge que desee promover el juicio de divorcio deberá acompañar a su demanda una propuesta de convenio para regular las consecuencias inherentes a la disolución del vínculo matrimonial.\n\nPárrafo reformado POE 31-05-2023\n\nEn caso de tratarse de divorcio por mutuo consentimiento, se deberá presentar de igual modo el documento que regule las consecuencias de la disolución del vínculo matrimonial, pero en este caso deberá ser presentado como convenio suscrito por ambos solicitantes.\n\nTanto la propuesta de convenio, como en su caso el convenio, deberá contener los siguientes requisitos:\n\nI. La designación de la persona que tendrá la guarda y custodia de las niñas, niños, adolescentes o incapaces;\n\nFracción reformada POE 31-05-2023\n\nII. Las modalidades bajo las cuales la persona progenitora, que no tenga la guarda y custodia, ejercerá el derecho de visitas, respetando los horarios de comidas, descanso y estudio de las niñas, niños y adolescentes, lo anterior tanto mientras dure el procedimiento como después de ejecutoriado. En su caso, deberá establecerse dicho derecho, en favor de los demás parientes de la niña, niño o adolescente, así como de aquellas personas que, sin encontrarse vinculadas familiarmente, resulten significativas para la niña, niño o adolescente;\n\nFracción reformada POE 23-03-2022, 31-05-2023\n\nIII. El modo de atender las necesidades de las niñas, niños y adolescentes y, en su caso, del cónyuge a quien deba darse alimentos, especificando la forma, lugar y fecha de pago de la obligación alimentaria, así como la garantía para asegurar su debido cumplimiento;\n\nFracción reformada POE 31-05-2023\n\nIV.- Designación del cónyuge al que corresponderá el uso del domicilio conyugal, en caso de que se hubiese establecido dicho domicilio, y del menaje;\n\nV.- La designación de los domicilios donde habitarán los cónyuges, tanto durante como después de ejecutoriado el divorcio;\n\nVI.- La manera de administrar los bienes de la sociedad conyugal durante el procedimiento y hasta que se liquide, así como la forma de liquidarla, exhibiendo para ese efecto, en su caso, las capitulaciones matrimoniales, el inventario, avalúo y el proyecto de partición, y\n\nVII.- En el caso de que los cónyuges hayan celebrado el matrimonio bajo el régimen de separación de bienes, deberá señalarse la compensación, en los términos del artículo 822 de este Código.\n\nArtículo reformado POE 10-12-2010, 04-07-2017","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-civil/articulo-799/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-civil/articulo-799.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"puebla/codigo-civil","numero":"443","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-civil/articulo-443/"},{"ley":"cdmx/codigo-civil","numero":"267","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-267/"},{"ley":"tamaulipas/codigo-civil","numero":"249","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-civil/articulo-249/"},{"ley":"cdmx/codigo-civil","numero":"287","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-287/"},{"ley":"jalisco/codigo-civil","numero":"337","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/jalisco/codigo-civil/articulo-337/"}]}},"cita":"Artículo 799, Código Civil de Quintana Roo (Quintana Roo). Texto vigente, última reforma 14 oct 2026. https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-civil/articulo-799/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}