{"ley":{"id":"quintana-roo/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Quintana Roo","abreviatura":"CPQROO","titulo":"Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo","jurisdiccion":"quintana-roo","materia":"penal","publicacion_original":null,"ultima_reforma":"2026-10-14","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo","fuente":"H. Congreso del Estado de Quintana Roo — Códigos Estatales","fuente_url":"https://www.congresoqroo.gob.mx/codigos/6","archivo_url":"https://documentos.congresoqroo.gob.mx/codigos/C6-XVIII-14102026-20261016T150309-C1820261014261-C%C3%B3digo-Penal.pdf","sha256":"ad61830b175c00008473ee659f090c194c7fcd4bd28c886033eb124e4fff6c89","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-penal/","notas_verificacion":["Las notas de reforma de un encabezado ('Capítulo adicionado POE 19-07-2017', 'Denominación reformada POE …') no se asignan a ningún artículo.","1 rótulos que el PDF parte en dos líneas ('ARTICULO' / '176.-') se leen como uno.","5 rótulos de artículo impresos sin línea en blanco antes (bajo un encabezado o una nota) abren su propio párrafo.","4 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (versión vigente de la línea de tiempo de reformas); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código y «Página N de M»).","Las notas de reforma que la fuente imprime después del texto ('Artículo reformado POE 23-06-2016') se conservan literales como párrafo propio del artículo; nota_reforma = null.","Rótulos 'ARTICULO 1°.-': se publica el número sin el ordinal ('1')."]},"articulo":{"numero":"195-Octies","clave":"195octies","slug":"195-octies","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO","PARTE ESPECIAL","TITULO CUARTO. Delitos contra el Libre Desarrollo de la Personalidad","CAPÍTULO VII. Delitos Contra la Orientación Sexual, Identidad o Expresión de Género de las Personas"],"texto":"Se impondrá de dos a seis años de prisión y multa de cien a doscientos veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, a la persona física que imparta, aplique, obligue, induzca, financie, someta a terapias de conversión, entendiéndose como estas a aquellas prácticas consistentes en sesiones psicológicas, psiquiátricas, métodos, practicas o tratamientos, que tenga por objeto la pretensión de modificar, reprimir, reorientar, menoscabar, restringir, anular, suprimir o cambiar la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, en las que se emplee cualquier tipo de violencia que atente contra la dignidad e integridad humana.\n\nSe aumentará al doble la sanción prevista en el párrafo anterior del presente artículo, en los casos en que las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de dieciocho años, personas mayores, personas con alguna discapacidad o personas que no cuenten con la capacidad de comprender el hecho.\n\nEn caso de que el padre, madre o tutor de la víctima sean quienes incurran en las conductas sancionadas, se les aplicará las sanciones de amonestación o apercibimiento y quince días de trabajo a favor de la comunidad, así también el juez podrá ordenar vista al juez competente de lo familiar a efecto de que se resuelva lo que conforme a derecho corresponda.\n\nLas sanciones señaladas en el primer párrafo de este artículo se aumentarán al doble de la que corresponda, cuando la persona autora tuviere para con la víctima, alguna de las relaciones que a continuación se enuncian o bien, se sitúen en alguno de los siguientes supuestos:\n\na) Relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima;\n\nb) Quien se valga de función pública para cometer el delito, y\n\nc) Cuando la persona autora emplee violencia física, psicológica o moral en contra de la víctima.\n\nEn los casos de los incisos a) y b), además de las sanciones señaladas, se castigará con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo o comisión o cualquiera otro de carácter público o similar, hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.\n\nTratándose del sujeto activo, una persona física con cédula profesional, se suspenderá dicha cédula profesional hasta por un tiempo igual a la pena impuesta. Este delito se perseguirá de oficio en los casos en que las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de dieciocho años, personas mayores, personas con alguna discapacidad o personas que no cuenten con la capacidad de comprender el hecho, en el caso de las demás personas que no encuadren en la hipótesis anterior de este párrafo, el delito se perseguirá por querella.\n\nArtículo adicionado POE 21-12-2023","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-penal/articulo-195-octies/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-penal/articulo-195-octies.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"tamaulipas/codigo-penal","numero":"276 Octies","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/articulo-276-octies/"},{"ley":"codigo-penal-federal","numero":"209 Quintus","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-penal-federal/articulo-209-quintus/"},{"ley":"michoacan/codigo-penal","numero":"248","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/michoacan/codigo-penal/articulo-248/"},{"ley":"chihuahua/codigo-penal","numero":"306","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-penal/articulo-306/"},{"ley":"puebla/codigo-penal","numero":"228 Quater","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-penal/articulo-228-quater/"}]}},"cita":"Artículo 195-Octies, Código Penal de Quintana Roo (Quintana Roo). Texto vigente, última reforma 14 oct 2026. https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-penal/articulo-195-octies/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}