{"ley":{"id":"quintana-roo/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Quintana Roo","abreviatura":"CPQROO","titulo":"Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo","jurisdiccion":"quintana-roo","materia":"penal","publicacion_original":null,"ultima_reforma":"2026-10-14","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo","fuente":"H. Congreso del Estado de Quintana Roo — Códigos Estatales","fuente_url":"https://www.congresoqroo.gob.mx/codigos/6","archivo_url":"https://documentos.congresoqroo.gob.mx/codigos/C6-XVIII-14102026-20261016T150309-C1820261014261-C%C3%B3digo-Penal.pdf","sha256":"ad61830b175c00008473ee659f090c194c7fcd4bd28c886033eb124e4fff6c89","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-penal/","notas_verificacion":["Las notas de reforma de un encabezado ('Capítulo adicionado POE 19-07-2017', 'Denominación reformada POE …') no se asignan a ningún artículo.","1 rótulos que el PDF parte en dos líneas ('ARTICULO' / '176.-') se leen como uno.","5 rótulos de artículo impresos sin línea en blanco antes (bajo un encabezado o una nota) abren su propio párrafo.","4 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (versión vigente de la línea de tiempo de reformas); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código y «Página N de M»).","Las notas de reforma que la fuente imprime después del texto ('Artículo reformado POE 23-06-2016') se conservan literales como párrafo propio del artículo; nota_reforma = null.","Rótulos 'ARTICULO 1°.-': se publica el número sin el ordinal ('1')."]},"articulo":{"numero":"233","clave":"233","slug":"233","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO","PARTE ESPECIAL","TITULO CUARTO. Delitos Contra la Administración de Justicia","CAPITULO VI. Encubrimiento"],"texto":"Se aplicará de uno a tres años de prisión y de cincuenta a cien días multa, al que:\n\nPárrafo reformado POE 19-11-2014\n\nI.- No procure por los medios lícitos que tenga a su alcance impedir la consumación de los delitos que sabe que van a cometerse o se están cometiendo, o no denuncien los que ya se consumaron, si ellos son de los que se persiguen de oficio.\n\nSe exceptúan de sanción aquellos que no puedan cumplir tal obligación, sin peligro de su persona o intereses, o de la persona o bienes del cónyuge, concubina o concubinatario, o de algún pariente en línea recta o colateral dentro del segundo grado, o los que estén ligados por extrema gratitud, respeto o amistad y los que no puedan ser compelidos por las autoridades a revelar secretos que se les hubiese confiado en el ejercicio de su profesión o encargo, siempre y cuando no se trate de los delitos graves cometidos en contra de las personas menores de 18 años o que no tengan la capacidad para comprender el significado del hecho..\n\nFracción reformada POE 13-12-2010\n\nII.- No haya tomado las precauciones necesarias, a través de los medios legales idóneos como un contrato privado de compraventa, para asegurarse de que la persona de quien recibió una cosa mueble en venta o prenda, tiene el derecho para disponer de ella, y no resulte producto de un robo, extorsión o secuestro;\n\nFracción reformada POE 05-12-2012\n\nIII.- Requerido por las Autoridades, no dé auxilio para la investigación de los delitos o para la persecución de los sujetos activos. En relación con esta persecución rige la excepción a que se contrae el último párrafo de la fracción primera de este precepto;\n\nIV.- Preste auxilio o cooperación de cualquier especie al responsable de un delito, con conocimiento de esta circunstancia por acuerdo posterior a la ejecución del ilícito; y\n\nV.- Oculte al delincuente o los efectos, objetos o instrumentos del delito, o impida que se investigue éste.\n\nVI.- Encontrándose en una situación o estado de hecho con respecto bienes provenientes o productos del delito de extorsión o secuestro, no justifiquen legalmente o no exponga el motivo razonable de su posesión.\n\nFracción adicionada POE 05-12-2012\n\nNo configurará delito a quien exponiendo el motivo razonable de su posesión, revele datos ciertos, precisos y verificables del nombre o identidad de la persona de quien obtuvo la posesión del bien.\n\nPárrafo adicionado POE 05-12-2012\n\nTampoco se configura encubrimiento cuando se acredite que la persona haya servido o sirvió de instrumento inconsciente para la realización de ese acto o estado de posesión.\n\nPárrafo adicionado POE 05-12-2012","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-penal/articulo-233/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-penal/articulo-233.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"chiapas/codigo-penal","numero":"476","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-penal/articulo-476/"},{"ley":"queretaro/codigo-penal","numero":"306","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-penal/articulo-306/"},{"ley":"quintana-roo/codigo-penal","numero":"220-Ter","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-penal/articulo-220-ter/"},{"ley":"coahuila/codigo-penal","numero":"363","epigrafe":"Conductas punibles de particulares durante la investigación y persecución de delitos, o en un juicio penal","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-363/"},{"ley":"cdmx/codigo-penal","numero":"254","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-penal/articulo-254/"}]}},"cita":"Artículo 233, Código Penal de Quintana Roo (Quintana Roo). Texto vigente, última reforma 14 oct 2026. https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-penal/articulo-233/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}