{"ley":{"id":"quintana-roo/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Quintana Roo","abreviatura":"CPQROO","titulo":"Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo","jurisdiccion":"quintana-roo","materia":"penal","publicacion_original":null,"ultima_reforma":"2026-10-14","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo","fuente":"H. Congreso del Estado de Quintana Roo — Códigos Estatales","fuente_url":"https://www.congresoqroo.gob.mx/codigos/6","archivo_url":"https://documentos.congresoqroo.gob.mx/codigos/C6-XVIII-14102026-20261016T150309-C1820261014261-C%C3%B3digo-Penal.pdf","sha256":"ad61830b175c00008473ee659f090c194c7fcd4bd28c886033eb124e4fff6c89","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-penal/","notas_verificacion":["Las notas de reforma de un encabezado ('Capítulo adicionado POE 19-07-2017', 'Denominación reformada POE …') no se asignan a ningún artículo.","1 rótulos que el PDF parte en dos líneas ('ARTICULO' / '176.-') se leen como uno.","5 rótulos de artículo impresos sin línea en blanco antes (bajo un encabezado o una nota) abren su propio párrafo.","4 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (versión vigente de la línea de tiempo de reformas); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código y «Página N de M»).","Las notas de reforma que la fuente imprime después del texto ('Artículo reformado POE 23-06-2016') se conservan literales como párrafo propio del artículo; nota_reforma = null.","Rótulos 'ARTICULO 1°.-': se publica el número sin el ordinal ('1')."]},"articulo":{"numero":"238","clave":"238","slug":"238","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO","PARTE ESPECIAL","TITULO SEXTO. Delitos Contra la Administración Pública","CAPÍTULO I. Ejercicio ilícito de servicio público"],"texto":"Comete el delito de ejercicio ilícito de servicio público, el servidor público que:\n\nI. Ejerza las funciones de un empleo, cargo o comisión, sin haber tomado posesión legítima, o sin satisfacer todos los requisitos legales.\n\nII. Continúe ejerciendo las funciones de un empleo, cargo o comisión después de saber que se ha revocado su nombramiento o que se le ha suspendido o destituido.\n\nIII. Teniendo conocimiento por razón de su empleo, cargo o comisión de que pueden resultar gravemente afectados el patrimonio o los intereses de alguna dependencia o entidad de la administración pública estatal o municipal, centralizada, organismos descentralizados, empresa de participación estatal o municipal mayoritaria, asociaciones y sociedades asimiladas a éstas y fideicomisos públicos, de órganos públicos autónomos, del Congreso del Estado o del Poder Judicial, por cualquier acto u omisión y no informe por escrito a su superior jerárquico o lo evite si está dentro de sus facultades.\n\nIV. Por sí o por interpósita persona, sustraiga, destruya, oculte, utilice, o inutilice ilícitamente información o documentación que se encuentre bajo su custodia o a la cual tenga acceso, o de la que tenga conocimiento en virtud de su empleo, cargo o comisión.\n\nV. Por sí o por interpósita persona, cuando legalmente le sean requeridos, rinda informes en los que manifieste hechos o circunstancias falsas o niegue la verdad en todo o en parte sobre los mismos, y\n\nVI. Teniendo obligación por razones de empleo, cargo o comisión, de custodiar, vigilar, proteger o dar seguridad a personas, lugares, instalaciones u objetos, incumpliendo su deber, en cualquier forma propicié daño a las personas, o a los lugares, instalaciones u objetos, o pérdida o sustracción de objetos que se encuentren bajo su cuidado.\n\nVII. A quien, por cualquier medio, por si o por interpósita persona, revele, publique, transmita, exponga, distribuya, comercialice o comparta imágenes o videos de las lesiones o estado de salud y cuerpo de la víctima, se le impondrá prisión de dos a ocho años y de quinientos a mil días multa, así como la destitución e inhabilitación para desempeñar cualquier empleo, cargo o comisión público por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta. Si se trata de imágenes o videos de las lesiones o estado de salud y cuerpo de la víctima, tratándose de mujeres, niñas, niños y adolescentes, personas con discapacidad, personas de la diversidad sexual, adultos mayores, indígenas y personas afromexicanas, las penas previstas en esta fracción se incrementarán hasta en una mitad.\n\nFracción adicionada POE 07-09-2022\n\nAl que cometa alguno de los delitos a que se refieren las fracciones I y II de este artículo, se le impondrán de uno a tres años de prisión y de cien a doscientos días multa.\n\nAl infractor de las fracciones III, IV, V y VI se le impondrán de dos a siete años de prisión y de ciento cincuenta a trescientos días multa.\n\nPara efectos de la fracción VII, no se considerarán constitutivas de delito las acciones realizadas por las autoridades encargadas de la procuración de justicia en el desempeño de sus facultades, obligaciones y competencias establecidas en la Ley.\n\nPárrafo adicionado POE 07-09-2022\n\nArtículo reformado POE 19-07-2017","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-penal/articulo-238/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-penal/articulo-238.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"quintana-roo/codigo-penal","numero":"239","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-penal/articulo-239/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"codigo-penal-federal","numero":"214","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-penal-federal/articulo-214/"},{"ley":"morelos/codigo-penal","numero":"271","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-penal/articulo-271/"},{"ley":"cdmx/codigo-penal","numero":"259","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-penal/articulo-259/"},{"ley":"tamaulipas/codigo-penal","numero":"209","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/articulo-209/"},{"ley":"michoacan/codigo-penal","numero":"241","epigrafe":"Ejercicio ilícito de servicio público","url":"https://articuladomx.com/estados/michoacan/codigo-penal/articulo-241/"}]}},"cita":"Artículo 238, Código Penal de Quintana Roo (Quintana Roo). Texto vigente, última reforma 14 oct 2026. https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-penal/articulo-238/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}